Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2004 (02/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Disposicion Final de la Ley Nº 27728 - Ley del Martillero Publico, por lo que procede realizar su formalizacion; Que, de acuerdo al articulo 8º de la Ley Nº 27728, la Sunarp es la entidad encargada del Registro de Martilleros Publicos; Atendiendo a ello, de conformidad con lo establecido en los literales v) y w) del articulo 7º del Estatuto de la Sunarp, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a don Witman MORDAZA MORDAZA MORDAZA a ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel nacional con excepcion de MORDAZA y Callao, con sujecion a las disposiciones vigentes sobre la materia. Articulo Segundo.- Conceder a don Witman MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la habilitacion para que ejerza sus funciones hasta la culminacion del MORDAZA semestre del ano 2004. Articulo Tercero.- Precisar que la presente Resolucion constituye el titulo respectivo, debiendo inscribirse en el Registro de Martilleros Publicos de la MORDAZA Registral Nº IX sede Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos (e) 15870

Que, en el Gobierno Regional del Callao debe existir una instancia regional de coordinacion, concertacion y organizacion donde diferentes sectores de nuestra Provincia Constitucional tales como produccion, pesqueria, agricultura e industria, aunan esfuerzos y recursos para plantear lineamientos regionales sectoriales para promover el desarrollo empresarial y economico de manera integral sostenible con equidad, eficiencia y calidad, basado en las micro y pequenas empresas; Que, el inciso a. del Articulo 3º del Reglamento Interno del Consejo Regional senala que una de las atribuciones del Consejo Regional es la de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, a traves de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales; Estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, del dia 27 de agosto del 2004, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao: Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- CREAR en el Gobierno Regional del Callao el Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa -COREMYPE-. Articulo Segundo.- De acuerdo al MORDAZA legal vigente y a las caracteristicas del Callao, el Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa -COREMYPE-. en el Gobierno Regional del Callao estara integrado por: - Un representante del Gobierno Regional del Callao, quien lo presidira. - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico. - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. - Un representante de la Direccion Regional Sectorial de Trabajo y Promocion del Empleo del Callao. - Un representante de la Camara de Comercio del Callao. - Cuatro representantes de los gremios empresariales organizados del Callao. - Un representante de los gremios no organizados en MORDAZA de formalizacion. - Un representante de la Municipalidad Provincial del Callao. - Un representante de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA Reynoso. - Un representante de la Municipalidad Distrital de La Perla. - Un representante de la Municipalidad Distrital de La Punta. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Articulo Tercero.- OTORGAR un plazo no mayor de 60 dias para la constitucion e instalacion del Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa del Gobierno Regional del Callao. Encargandose a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Economico y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementacion y cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- El Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa del Gobierno Regional del Callao, luego de su instalacion debera proponer para su aprobacion su Reglamento de Organizacion y Funciones, teniendo en consideracion las especificaciones que la Ley y su Reglamento precisa. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulacion de la Region. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Crean el Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa - COREMYPE
ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2004-REGION CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion; la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y demas Normas Modificatorias y Complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Comision Regional de Desarrollo Economico del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en su Dictamen Nº 001-2004-GRC-CR-COMISION DE DESARROLLO ECONOMICO acordo por unanimidad proponer al Pleno del Consejo Regional la creacion e instalacion en el Gobierno Regional del Callao el Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa; Que, el Articulo 7º de la Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa -Ley Nº 28015- crea el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa ­ CODEMYPE-, como organo adscrito al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. En dicho CODEMYPE participan conforme a ley, los representantes de todos los sectores, empresarios, gobiernos regionales, gobiernos locales, representantes de pequenos y microempresarios entidades que participan en actividades de inversion publica y privada; Que, la Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa -Ley Nº 28015- en su Articulo 9º, concordante con el Articulo 12º del Decreto Supremo Nº 009-2003TR ­ Reglamento de la Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa, senala que en cada region los Gobiernos Regionales crearan un Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa -COREMYPE-, con el objeto de promover el desarrollo, la formalizacion y la competitividad de la micro y pequena empresa en su ambito geografico y su articulacion con los planes y programas nacionales;

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