NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 128
TEXTO PAGINA: 50
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G36/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de setiembre de 2004 Visto el Expediente con escrito de registro Nº CE- 05723003 del 2 de agosto del 2004, presentado por la em- presa OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A. re- presentante legal en el Perú del armador japonés KABUS-HIKI KAISHA FUKUSHIMA GYOGYO CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 505-2003-PRO- DUCE del 18 de diciembre del 2003, se establece un Régi-men Provisional para la extracción comercial del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), cuya vigencia será desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del 2004; Que mediante Resolución Ministerial Nº 134-2004-PRO- DUCE del 30 de marzo del 2004, se prorroga hasta el 31 de julio del 2004, la vigencia del Régimen Provisional parala extracción comercial del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), establecido en el artículo 1º de la Reso- lución Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE; Que mediante Resolución Ministerial Nº 283-2004-PRO- DUCE del 27 de julio del 2004, se prorroga hasta el 31 de diciembre del 2004, la vigencia del Régimen Provisionalpara la extracción comercial del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) establecido por la Resolución Mi- nisterial Nº 505-2003-PRODUCE y prorrogado por la Re-solución Ministerial Nº 134-2004-PRODUCE; y asimismo, se establece el monto a pagar por concepto de derechos de pesca a razón de US$ 65.00 (Sesenta y cinco y 00/100dólares americanos) por cada unidad de tonelaje neto (TN) de la embarcación, así como, el monto a pagarse por cada tonelada métrica de captura nominal transbordada a US$15.00 (Quince y 00/100 dólares americanos); Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesqueracalamarera de bandera extranjera denominada "SOHO MARU Nº 58", en la extracción del recurso Calamar Gigan- te o Pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales pe-ruanas, así como licencia para la operación de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la misma, para desa- rrollar la actividad de congelado; Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expedien- te, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos porla normatividad pesquera vigente, por lo que procede otor- gar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce- samiento Pesquero mediante el Informe Nº 189-2004-PRO- DUCE/DNEPP-Dch, y con la opinión favorable de la Ofici-na General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca-; su Reglamento, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; las Re-soluciones Ministeriales Nº 505-2003-PRODUCE, Nº 134- 2004-PRODUCE y Nº 283-2004-PRODUCE y el procedi- miento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Administra-tivos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decre- to Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empresa OVER- SEAS BUSINESS CORPORATION S.A., representada porLUIS TAKEHARA SHIROTA, en representación del armador japonés KABUSHIKI KAISHA FUKUSHIMA GYOGYO, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa cuyascaracterísticas se detallan a continuación, en la extracción del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas mari-nas de la línea de costa, así como la licencia para la operación de su respectiva planta de congelado a bordo; a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución y por el períodode un mes (30 días calendario), para el buque: NOM- T.N. INDI- CAPAC. CAPAC. ARTE ARMADOR BRE CATIVO ALMACEN. CONGE- DE E/P INTERNAC. (m3) LADO PESCA (TM/día) SOHO 336 JMWH 1000 98 LI NEAS KABUSHIKI MARU POTERAS KAISHA Nº 58 FUKUSHIMA GYOGYOArtículo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el artí- culo precedente está sujeto al Reglamento del Ordenamien- to Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, en lo que le sea aplica-ble y a las condiciones y compromisos asumidos confor- me a la Resolución Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE, que establece el régimen provisional para la extraccióncomercial del calamar gigante o pota y las Resoluciones Ministeriales Nº 134-2004-PRODUCE y Nº 283-2004-PRO- DUCE que prorrogan dicho régimen. Artículo 3º.- OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A., deberá operar su planta de procesamiento de pro- ductos hidrobiológicos (congelado) con sujeción a las nor-mas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como a las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguri-dad industrial pesquera que aseguren el desarrollo soste- nido de la actividad. Asimismo, deberá implementar su sis- tema de control del proceso que garantice la óptima cali-dad del producto, así como cumplir con las normas y pro- cedimientos para evitar la contaminación marina. Artículo 4º.- El inicio de las operaciones de pesca y procesamiento pesquero a bordo de la embarcación pes- quera calamarera citada en el artículo 1º de la presente resolución, está condicionada a la entrada en vigencia delpermiso de pesca y a la comunicación que efectúe la Di- rección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesque- ro del Ministerio de la Producción a la Dirección Generalde Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, después de la Inspección Técnica Sanitaria de la Direc- ción Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero einstalación del Sistema de Seguimiento Satelital - SISES- AT a bordo de la referida embarcación. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO AREVALO Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 15932 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 233-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 12 de agosto de 2004 Visto el Expediente con escrito de registro Nº CE- 05725003 del 2 de agosto del 2004, presentado por la em- presa OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A. re- presentante legal en el Perú de la empresa HARUKI SUI-SAN CO., LTD. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 505-2003-PRO- DUCE del 18 de diciembre del 2003, se establece un Régi- men Provisional para la extracción comercial del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), cuya vigenciaserá desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del 2004; Que mediante Resolución Ministerial Nº 134-2004-PRO- DUCE del 30 de marzo del 2004, se prorroga hasta el 31de julio del 2004, la vigencia del Régimen Provisional para la extracción comercial del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), establecido en el artículo 1º de la Reso-lución Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE; Que mediante Resolución Ministerial Nº 283-2004-PRO- DUCE del 27 de julio del 2004, se prorroga hasta el 31 dediciembre del 2004, la vigencia del Régimen Provisional para la extracción comercial del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) establecido por la Resolución Mi-nisterial Nº 505-2003-PRODUCE y prorrogado por la Re- solución Ministerial Nº 134-2004-PRODUCE; y asimismo, se establece el monto a pagar por concepto de derechosde pesca a razón de US$ 65.00 (Sesenta y cinco y 00/100 dólares americanos) por cada unidad de tonelaje neto (TN) de la embarcación, así como, el monto a pagarse por cadatonelada métrica de captura nominal transbordada a US$ 15.00 (Quince y 00/100 dólares americanos); Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera