Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (05/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G38/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 5 de setiembre de 2004 Que, ante ello se hace necesario complementar mediante Ordenanza Municipal las Leyes Nºs. 27157,27333 y D.S. Nº 008-2000-MTC, a fin de facilitar ypromocionar la regularización de las edificaciones; Que, del Informe Nº 592-2004-OAJ/MVES, de fe- cha 4.6.2004, el Gerente de Asesoría Jurídica preci-sa que es procedente el pedido y que este se sujetaa los Arts. 191º y 192º, Incs. 2, 3 y 5 de la Constitu-ción Política del Perú y Art. 9º, Incs. 8, 9 y 29 de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 27972, así mis-mo da su conformidad al Presupuesto que generaríala campaña de difusión y efectivización de la misma; Estando a lo informado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972 y contando con el Voto Unánime del Con-cejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA Artículo 1º.- Suspender por un período de 4 me- ses la aplicación de la multa señalada en el punto8.1 del Art. 8º de la Ley Nº 27333 para las edificacio-nes construidas a partir de la vigencia de la Ley Nº27157 hasta el 31.12.2003, siempre y cuando hastael término del plazo haya cumplido con efectuar lostrámites de regularización de dichas edificacionessegún la normatividad vigente. Artículo 2º.- Los vecinos que hubieren construi- do hasta 31.12.2003, sin el uso del procedimiento se-ñalado en el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos vigente, referido licencia de obra nueva y/o regularización de obra sin licencia, no se les exigi-rá la presentación del recibo de pago de la multa de10% del valor de la obra ejecutada, salvo el valor es-tablecido en el Art. 4º de la presente Ordenanza, se-gún sea el caso. Si no se concluyera el trámite deregularización y no se obtuvo la licencia de obra envía de regularización, dentro de los plazos previstosen esta Ordenanza, le será exigida posteriormente lamulta o el saldo de la multa según corresponda. También podrán acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza los expedientes en trámite refe-ridos a regularización de obra sin licencia de cons-trucción. No se devolverán las multas pagadas con anteriori- dad. Artículo 3º.- Reducir por un período de 4 meses, los porcentajes afectos para derechos municipales delicencias de obras nuevas y en vía de regularizaciónde obras establecidos en el TUPA, ítem 65,procedimiento de licencia de obra y de regularizaciónde obra construida sin licencia, según lo establece elArtículo 4º de la presente ordenanza. Artículo 4º.- Se establece como beneficios para quienes se acojan a la presente Ordenanza reducirpor un período de 4 meses, lo siguiente: A) PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS ME- NORES A 100 m2 Exoneración Total de Multas para aquellas que hu- bieran construido sin licencia de obra entre el22.7.1999 y el 31.12.2003. Reducción derechos por regularización hasta el 25% del valor establecido en el TUPA. B) PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA MAYO- RES A 100 m2 Exoneración Parcial de Multas para aquellas que hubieran construido sin licencia de obra entre el22.7.1999 y 31.12.2003 del 10% al 2%. Reducción derechos por regularización hasta el 50% del valor establecido en el TUPA. C) PARA EDIFICACIONES COMERCIALES E INDUSTRIALES MENORES A 1000 m2 Exoneración Parcial de Multas para aquellas que hubieran construido sin licencia de obra entre el22.7.1999 y 31.12.2003 del 10% al 2%. Reducción derechos por regularización hasta el 50% del valor establecido en el TUPA.D) PARA OBRAS EN GENERAL QUE SE EN- CUENTREN EN EJECUCIÓN A LA EMISIÓN DE LAORDENANZA Sólo se les incorporará a esta ordenanza si parali- zaran la obra inmediatamente e iniciaran la regulari-zación de su obra dentro de un plazo de 30 días depublicada la ordenanza, cuyo beneficio se ampliaríaa un descuento de multas hasta el 50% y reducciónde derechos hasta el 50% en condiciones distintas,será de aplicación la normatividad legal vigente. En ese proceso de reducción no cuenta los corres- pondientes a Revisión de Proyectos que correspon-den a los pagos a los delegados de los Colegios pro-fesionales y los que corresponden a Inspección Téc-nica. Artículo 5º.- Encárguese a la Alcaldía, Gerencia Municipal, Secretaría General del Concejo, Gerenciade Desarrollo Urbano, Gerencia de AdministraciónTributaria y Agencias Municipales de Desarrollo elcumplimiento de la presente Ordenanza, emitiendolas disposiciones y ejecutando las acciones que seannecesarias para el cumplimiento de la presente Orde-nanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 16053 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G61/G72/GED/G61/G73/G20/G79/G20/G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G50/G6F/G6C/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G2D /G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G30/G30/G33 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000024 Callao, 31 de agosto de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000003 de fecha 21 de enero de 2004 publicada en el Diario OficialEl Peruano el 23 de enero de 2004, se aprueba el proce-dimiento para el pago de deuda tributaria o administrati-va por contribución a la Seguridad Ciudadana, por el cuallas personas naturales o jurídicas que mantengan adeu-dos u obligaciones por concepto de tributos y/o multasadministrativas, cuya administración corresponda a la Mu-nicipalidad Provincial del Callao, podrán cancelar hastael diez por ciento (10%) del total de los mismos, a travésde la entrega de bienes y/o ejecución de servicios, des-tinados al mejoramiento de la infraestructura de las Co-misarías y Delegaciones policiales de la Policía Nacio-nal del Perú y en general de la optimización del sistemade Seguridad Ciudadana dentro de la jurisdicción delCercado del Callao; Que, el artículo sexto de la citada Ordenanza estable- ce que mediante Decreto de Alcaldía se señalarán a lasComisarías y Delegaciones Policiales que serán benefi-ciarias de los proyectos de desarrollo, con preferenciade los sectores de extrema pobreza; Que, mediante Oficio Nº 014-2004-DIRTEPOL-L/DIV- PRO-C-SEC el Coronel PNP Jefe de la División Provin-cial del Callao, remite la relación de las Sub Unidades,