Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2004 (05/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, MORDAZA 5 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, ante ello se hace necesario complementar mediante Ordenanza Municipal las Leyes Nºs. 27157, 27333 y D.S. Nº 008-2000-MTC, a fin de facilitar y promocionar la regularizacion de las edificaciones; Que, del Informe Nº 592-2004-OAJ/MVES, de fecha 4.6.2004, el Gerente de Asesoria Juridica precisa que es procedente el pedido y que este se sujeta a los Arts. 191º y 192º, Incs. 2, 3 y 5 de la Constitucion Politica del Peru y Art. 9º, Incs. 8, 9 y 29 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, asi mismo da su conformidad al Presupuesto que generaria la MORDAZA de difusion y efectivizacion de la misma; Estando a lo informado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA Articulo 1º.- Suspender por un periodo de 4 meses la aplicacion de la multa senalada en el punto 8.1 del Art. 8º de la Ley Nº 27333 para las edificaciones construidas a partir de la vigencia de la Ley Nº 27157 hasta el 31.12.2003, siempre y cuando hasta el termino del plazo MORDAZA cumplido con efectuar los tramites de regularizacion de dichas edificaciones segun la normatividad vigente. Articulo 2º.- Los vecinos que hubieren construido hasta 31.12.2003, sin el uso del procedimiento senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, referido licencia de obra nueva y/ o regularizacion de obra sin licencia, no se les exigira la MORDAZA del recibo de pago de la multa de 10% del valor de la obra ejecutada, salvo el valor establecido en el Art. 4º de la presente Ordenanza, segun sea el caso. Si no se concluyera el tramite de regularizacion y no se obtuvo la licencia de obra en via de regularizacion, dentro de los plazos previstos en esta Ordenanza, le sera exigida posteriormente la multa o el saldo de la multa segun corresponda. Tambien podran acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza los expedientes en tramite referidos a regularizacion de obra sin licencia de construccion. No se devolveran las multas pagadas con anterioridad. Articulo 3º.- Reducir por un periodo de 4 meses, los porcentajes afectos para derechos municipales de licencias de obras nuevas y en via de regularizacion d e o b r a s e s t a bl e c i d o s e n e l T U PA , i t e m 6 5 , procedimiento de licencia de obra y de regularizacion de obra construida sin licencia, segun lo establece el Articulo 4º de la presente ordenanza. Articulo 4º.- Se establece como beneficios para quienes se acojan a la presente Ordenanza reducir por un periodo de 4 meses, lo siguiente: A) PARA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS MENORES A 100 m2 Exoneracion Total de Multas para aquellas que hubieran constr uido sin licencia de obra entre el 22.7.1999 y el 31.12.2003. Reduccion derechos por regularizacion hasta el 25% del valor establecido en el TUPA. B) PARA CONSTRUCCION DE VIVIENDA MAYORES A 100 m2 Exoneracion Parcial de Multas para aquellas que hubieran construido sin licencia de obra entre el 22.7.1999 y 31.12.2003 del 10% al 2%. Reduccion derechos por regularizacion hasta el 50% del valor establecido en el TUPA. C) PARA EDIFICACIONES COMERCIALES E INDUSTRIALES MENORES A 1000 m2 Exoneracion Parcial de Multas para aquellas que hubieran construido sin licencia de obra entre el 22.7.1999 y 31.12.2003 del 10% al 2%. Reduccion derechos por regularizacion hasta el 50% del valor establecido en el TUPA.

D) PARA OBRAS EN GENERAL QUE SE ENCUENTREN EN EJECUCION A LA EMISION DE LA ORDENANZA Solo se les incorporara a esta ordenanza si paralizaran la obra inmediatamente e iniciaran la regularizacion de su obra dentro de un plazo de 30 dias de publicada la ordenanza, cuyo beneficio se ampliaria a un descuento de multas hasta el 50% y reduccion de derechos hasta el 50% en condiciones distintas, sera de aplicacion la normatividad legal vigente. En ese MORDAZA de reduccion no cuenta los correspondientes a Revision de Proyectos que corresponden a los pagos a los delegados de los Colegios profesionales y los que corresponden a Inspeccion Tecnica. Articulo 5º.- Encarguese a la Alcaldia, Gerencia Municipal, Secretaria General del Concejo, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion Tributaria y Agencias Municipales de Desarrollo el cumplimiento de la presente Ordenanza, emitiendo las disposiciones y ejecutando las acciones que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16053

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Precisan Comisarias y Delegaciones Policiales beneficiarias de la Ordenanza Nº 000003
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000024

Callao, 31 de agosto de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000003 de fecha 21 de enero de 2004 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de enero de 2004, se aprueba el procedimiento para el pago de deuda tributaria o administrativa por contribucion a la Seguridad Ciudadana, por el cual las personas naturales o juridicas que mantengan adeudos u obligaciones por concepto de tributos y/o multas administrativas, cuya administracion corresponda a la Municipalidad Provincial del Callao, podran cancelar hasta el diez por ciento (10%) del total de los mismos, a traves de la entrega de bienes y/o ejecucion de servicios, destinados al mejoramiento de la infraestructura de las Comisarias y Delegaciones policiales de la Policia Nacional del Peru y en general de la optimizacion del sistema de Seguridad Ciudadana dentro de la jurisdiccion del Cercado del Callao; Que, el articulo MORDAZA de la citada Ordenanza establece que mediante Decreto de Alcaldia se senalaran a las Comisarias y Delegaciones Policiales que seran beneficiarias de los proyectos de desarrollo, con preferencia de los sectores de extrema pobreza; Que, mediante Oficio Nº 014-2004-DIRTEPOL-L/DIVPRO-C-SEC el MORDAZA PNP Jefe de la Division Provincial del Callao, remite la relacion de las Sub Unidades,

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