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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (10/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G31/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 10 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Re- glamento de Organización y Funciones aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover las exporta- ciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posicionamien- to y consolidación de los bienes y servicios en el mercado internacional, a través de una acción concertada con el sec- tor privado y las diferentes instituciones públicas relaciona- das con el comercio exterior del país, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y di- versificación de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y la apertura y conso- lidación de los mercados de exportación; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promoción de las exportaciones de bienes y servi- cios peruanos y mejora de la oferta exportable, se encuen- tra su participación conjuntamente con empresas exportado- ras peruanas, en Ferias Especializadas Internacionales, como es el caso de la 2ª Feria Internacional de la Amazonía; Que, en tal sentido, PROMPEX ha programado conjun- tamente con la Oficina Comercial del Perú en Sao Paulo, el Ministerio de Relaciones Exteriores y PROMPERU, la par- ticipación en la 2ª Feria Internacional de la Amazonía, que se realizará en la ciudad de Manaos - Brasil, del 11 al 20 de setiembre del 2004, con el objetivo de presentar la ofer- ta exportable peruana de productos de los sectores alimen- tos, textil confecciones, manufacturas diversas y artesanías, a los países miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica, así como al MERCOSUR; Que, PROMPEX ha propuesto que se autorice la partici- pación de su representante en dicho evento, con la finali- dad de realizar las coordinaciones técnicas y logísticas para la implementación del stand nacional, así como realizar acciones destinadas a la recopilación de información so- bre la oferta y demanda de los productos ofertados en este evento, identificación y captación de potenciales compra- dores, entre otras; Que, la Comisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX, es un Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, conforme al literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Mario Figallo Rivadeneyra, Funcionario de la Gerencia Central de Re- giones y Desarrollo, de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a la ciudad de Manaos - Bra- sil, del 11 al 20 de setiembre 2004, para los fines expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Pro- moción de Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exte- rior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Pro- moción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 1,800.00 Pasajes : US$ 917.02 Tarifa CORPAC : US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el representante de PROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de la pre- sente Resolución, presentará al Titular de la entidad un in- forme detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en el evento al que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 16389/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G30/G2D/G32/G30/G30/G30/G2D/G4D/G49/G54/G49/G4E/G2D /G43/G49/G2F/G56/G4D/G54/G2F/G44/G4E/G54/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G2D/G72/G69/G7A/GF3/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G65/G67/G6F/G73/G64/G65/G20/G63/G61/G73/G69/G6E/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F /G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 372-2004-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 26 de agosto de 2004 Visto, el Expediente Nº 000675-2004-MINCETUR, de fecha 4.6.2004, presentado por la empresa Bruce Grupo Diversión S.A.C., en el que solicita la modificación de la autorización expresa concedida por la sala de juegos de casino del Hotel Cinco Estrellas: “Bruce Hotel & Casino”, ubicado en la Calle Bolognesi Nº 171, distrito de Miraflo- res, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 080-2000-MI- TINCI/VMT/DNT, se otorgó a la solicitante Autorización Ex- presa para explotar juegos de casino en la Sala de Juegos del Hotel Cinco Estrellas: “Bruce Hotel”; Que, al amparo de lo establecido en el artículo 12º, lite- ral b) del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, mediante Expediente Nº 000675- 2004-MINCETUR, de fecha 4.6.2004, la empresa solicita el incremento de dos (2) mesas de Punto y Banca (Midi Bacarat) y el retiro de una (1) mesa de Póker Americano y una (1) mesa de Pai Gow Póker; Que, la modalidad del juego de casino del Punto y Ban- ca fue registrada y autorizada por la Dirección Nacional de Turismo mediante la Resolución Directoral Nº 204-1999- MITINCI/VMT/DNT; Que, la documentación e información requerida para efectuar el incremento de mesas de juego se encuentra establecida en el Procedimiento Nº 03, literal b) del T.U.P.A. del MINCETUR, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa, se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para aprobar su solicitud; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y los Decretos Supremos Nºs. 009-2002-MINCE- TUR y 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en el Infor- me Legal Nº 441-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 080-2000-MITINCI/VMT/DNT, en los térmi- nos siguientes: “Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la Empre- sa Bruce Grupo Diversión S.A.C., la explotación de diecinue- ve (19) mesas de juego de casino en la Sala de Juegos del Hotel Cinco Estrellas: “Bruce Hotel & Casino”, ubicado en la Calle Bolognesi Nº 171, distrito de Miraflores, provincia y de- partamento de Lima, según el siguiente detalle: Nº de Modalidad Autorización Resolución Directoral Mesas y Registro 04 Ruleta (tipo francesa) JC0002 R.D. Nº 200-1999-MITINCI/VMT/DNT 06 Black Jack JC0001 R.D Nº 199-1999-MITINCI/VMT/DNT 01 Craps JC0007 R.D. Nº 205-1999-MITINCI/VMT/DNT 01 Punto y Banca JC0006 R.D. Nº 204-1999-MITINCI/VMT/DNT 04 Punto y Banca (Midi) JC0006 R.D. Nº 204-1999-MITINCI/VMT/DNT 01 Pai Gow Póker JC0004 R.D. Nº 202-1999-MITINCI/VMT/DNT 02 Póker Caribeño JC0008 R.D. Nº 206-1999-MITINCI/VMT/DNT Total de mesas de juegos autorizadas: Diecinueve (19) Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 16305