Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2004 (10/09/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 276133

que interponga las acciones Judiciales de Nulidad de Resolucion Administrativa y de indemnizacion, previstas en los Arts. 140º, 219º y 1969º del Codigo Civil, respectivamente. Asi como las acciones penales, por la comision del delito de Abuso de Autoridad, contra los funcionarios de la Municipalidad Provincial de Satipo: MORDAZA Valdarrago MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Desarrollo MORDAZA y Rural, Subgerente de Estudios y Obras y Subgerente de Desarrollo MORDAZA, respectivamente, por haber emitido la resolucion administrativa y la notificacion conminatoria, en contravencion a la Constitucion Politica del Estado y contra las Leyes. Sin perjuicio de las medidas cautelares previas que la Ley le faculta y que aseguren el pago de la indemnizacion respectiva. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica del Sector, los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 16358

INTERIOR
Modifican el Decreto Supremo Nº 015B -87-IN estableciendo que la administracion del FOSPOLI estara a cargo de la Direccion de Sanidad de la Policia Nacional del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 014-2004-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 36º de la Ley Nº 27238 -Ley Organica de la Policia Nacional del Peru-, y sus modificatorias, son derechos del personal policial, el tratamiento y la asistencia medica por cuenta del Estado hasta su total recuperacion, derecho que se hace extensivo al conyuge, a los hijos y a los padres del titular; Que, con Decreto Supremo Nº 015-B-87-IN se creo el Fondo de Salud para el personal de la Policia Nacional del Peru y Sanidad, cuya finalidad es garantizar la atencion integral del personal de la Policia Nacional del Peru, otorgando una atencion que es complementaria a la que presta el servicio de Sanidad de las Fuerzas Policiales, el mismo que esta compuesto por el aporte del Estado equivalente al 6% de las remuneraciones mensuales del personal policial en situacion de actividad, disponibilidad y retiro, tomando como referencia el ingreso minimo mensual hasta un tope de diez veces el mismo, otros aportes o donaciones que reciba y por los intereses que obtenga de sus colocaciones financieras, y esta administrado por un Consejo de Administracion y un Consejo de Vigilancia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2003-IN se declaro en reestructuracion al Fondo de Salud para el personal de la Policia Nacional y Sanidad - FOSPOLI, disponiendose que el Ministerio del Interior conformara una Comision encargada de llevar a cabo la reestructuracion del mismo, formulando y proponiendo los planes, proyectos de normas y reglamentos necesarios para viabilizar dicho MORDAZA, la misma que es designada por Resolucion Ministerial Nº 1735-2003-INT que conforma la Comision encargada de llevar a cabo la Reestructuracion de la Sanidad y FOSPOLI, con plazo de funcionamiento de 3 meses; Que, la mencionada Comision en su plazo de trabajo efectuo una serie de recomendaciones respecto al FOSPOLI y revelo una serie de deficiencias, negligencias e irregularidades en el manejo del mismo que merecian un tratamiento urgente con el fin de no perjudicar a la familia policial; Que, por Resolucion Ministerial Nº 060-2004-IN/0103 del 30 de enero de 2004 se crea la comision encargada de

implementar las recomendaciones para la reestructuracion de la Sanidad y FOSPOLI, y una de las tareas de la mencionada Comision, es la de redefinir la estructura de la Direccion de Sanidad - DIRSAL para hacerla mas eficiente; Que, la Resolucion Directoral Nº 2368-2003-DIRGEN/ DIREMG del 31 de diciembre de 2003, donde se aprueba el cuadro de organizacion de la Policia Nacional del Peru para el ano 2004, dispone que el Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru se encuentra dentro de la estructura de la Direccion de Salud de la Policia Nacional del Peru, dependiendo de esta; Que, asimismo, el Comite Tecnico de la Comision de Reestructuracion de la Sanidad y FOSPOLI recomendo en su informe final presentado al despacho viceministerial el dia 29 de diciembre de 2003, como parte de las medidas destinadas a hacer mas eficiente a la DIRSAL, que los recursos de esta y de FOSPOLI MORDAZA administrados por una misma division dependiente de la DIRSAL a fin de coordinar y armonizar las actividades de la Direccion de Salud con la labor complementaria que cumple FOSPOLI; Que, con el fin de ejecutar la referida recomendacion, es necesario que el FOSPOLI sea administrado por la Direccion de Sanidad de la Policia Nacional del Peru, debiendo modificarse el Decreto Supremo de creacion del mencionado fondo; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Organica del Ministerio del Interior, y la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de la Administracion del FOSPOLI Modifiquese el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 015B-IN modificado por el Decreto Supremo Nº 0001-91-IN, cuyo texto sera el siguiente: "Articulo 4º.- La administracion del FOSPOLI estara a cargo de la Direccion de Sanidad de la Policia Nacional del Peru". Articulo 2º.- Plazo de adecuacion El Reglamento del FOSPOLI debera ser adecuado a la modificacion dispuesta en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, a traves de Resolucion Ministerial, en un plazo no mayor a 20 dias. Articulo 3º.- Derogacion Deroguense las disposiciones que se opongan a la presente norma. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de setiembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Ministro de Economia y Finanzas 16418

JUSTICIA
Acceden a pedido de extradicion activa de procesada por delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas, y disponen su MORDAZA a la Republica MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 210-2004-JUS MORDAZA, 9 de setiembre de 2004

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.