NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (10/09/2004)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G31/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 10 de setiembre de 2004 Visto el Informe Nº 070-2004-CEA del 1 de septiembre de 2004, de la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición de la procesada CARMEN MARIA POZO GAMARRA o CARMEN POZO GAMARRA, formulada por la Cuarta Sala Especiali- zada en lo Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima (Exp. Nº 873-2001); CONSIDERANDO:Que, por Resolución del 31 de agosto de 2004, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Re- pública, declaró procedente la solicitud de extradición de la procesada CARMEN MARIA POZO GAMARRA o CARMEN POZO GAMARRA, por el delito contra la salud pública - tráfi- co ilícito de drogas, en agravio del Estado (Exp. Nº 36-2004); Que, mediante el Informe Nº 070-2004-CEA, del 1 de septiembre de 2004, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición de la referida procesada; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Orde- nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa de la procesada CARMEN MARIA POZO GAMARRA o CARMEN POZO GAMARRA, formulada por la Cuarta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declara- do procedente por la Corte Suprema de Justicia de la Re- pública, por la comisión del delito contra la salud pública - tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado; y disponer su presentación por vía diplomática, a la República Argen- tina, de conformidad al Tratado de la materia vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 16428 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G73 /G69/G6E/G64/G65/G62/G69/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/G72/G65/G2D /G64/G69/G61/G6C/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 436-2004-JUS Lima, 8 de setiembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1640-2004-JUS-PPMJ, de fecha 12 de julio del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO:Que, el Informe Nº 019-2003-02-4147, de fecha 12 de diciembre del 2003, de Auditoría Interna del Registro Pre-dial Urbano "Examen Especial verificación de gastos de alimentación por representación que hayan superado los límites autorizados en la Directiva Nº 002-97/RPU-JEF y de Alimentación diaria de los funcionarios del RPU", deter- mina que al ex Jefe del Registro Predial Urbano, se le re- conoció indebidamente gastos personales y de alimentos; Que, mediante Oficio Nº 0259-2004- SUNARP-RPU- GAL/JEF, de fecha 26 de mayo del 2004, el Jefe del Regis- tro Predial Urbano (e) remitió a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Informe Nº 019-2003-02-4147, Informe Nº 055-2004-SU- NARP-RPU/GAL y demás antecedentes, a efecto que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciar las acciones legales correspondientes; Que, habiéndose efectuado la liquidación por los gas- tos personales y de alimentos reconocidos indebidamente, corresponde autorizar al Procurador Público, para que en representación y defensa de los intereses del Estado inter- ponga las acciones judiciales pertinentes, a fin de recupe- rar los pagos indebidos al ex funcionario referido en el Exa- men Especial; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artícu- lo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 16309 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 437-2004-JUS Lima, 8 de setiembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1642-2004-JUS/PPMJ, de fecha 12 de julio del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante las Memorandas Nºs. 100, 099, 098, 095, 094, 091, 089, 047, 026 y 025-2004-SUNARP-Z.R.Nº IX- GBM, la Gerencia de Bienes Muebles da cuenta a la Ofici- na Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima, la presen- tación de documentos supuestamente falsificados presen- tados ante el Registro de Propiedad Vehicular, en las soli- citudes de inscripción de los Títulos Nºs. 215831, 186988, 243727, 229420, 231503, 242200, 224659, 215223 del año 2003 y 1618, 2640 del año 2004; Que, mediante Informe Nº 003-2004-SUNARP-Z.R.Nº IX/OL, de fecha 1 de junio del 2004, la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima remitió a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, los respectivos antecedentes de las citadas soli- citudes de inscripción de Títulos con indicios de comisión de delito, a efecto que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra las perso- nas que resulten responsables por la presunta comisión de los delitos contra la Fe Pública en las modalidades de