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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (10/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

PÆg. 276173 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de setiembre de 2004 Autorizan a empresa la ejecución de obras de habilitación urbana de terre-no ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1023 Ate, 5 de agosto de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Expediente Nº 24481-2002 y Anexo Nº 2199- 2004 seguido por la Compañía Inmobiliaria Promotora “Cordi- llera Blanca” S.A. - CIPCORSA, por el que solicitan el acogi-miento al Silencio Administrativo Positivo de la Regularizaciónde la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial deDensidad Media R-4, del terreno con un área de 4,800.00 m 2, constituido por la U. C. Nº 10710, ubicado en el ex fundo Gloria Baja, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; el Infor- me Nº 23-AA/MDA-04 de la Asesoría de Alcaldía; el Informe Nº1213-04-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y losInformes Nºs. 572 y 660-04-SGPUC-GDU/MDA de la Subge-rencia de Planificación Urbana y Catastro; y, CONSIDERANDO: Que, los administrados, con fecha 17 de octubre del 2002, presentaron ante la Municipalidad Distrital de Ate, su pedidosobre acogimiento a la Regularización de Habilitación UrbanaEjecutada, amparándose en lo dispuesto en la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas; Que, mediante Anexo Nº 1529-2004 de fecha 23 de abril del 2004, la solicitante peticiona a la Municipalidad Distrital deAte la aprobación del presente trámite por efecto del SilencioAdministrativo Positivo, señalando que ha transcurrido el plazode Ley para el pronunciamiento respectivo por parte de la Mu- nicipalidad Distrital; Que, el artículo 4º del numeral 1, párrafo final de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, señala que laMunicipalidad Distrital debe pronunciarse en un plazo máximode 60 días útiles de presentada la solicitud y que vencido dichoplazo operará el Silencio Administrativo Positivo; Que, mediante los Informes Legales Nº 23-AA/MDA-04 y Nº 1213-04-GAJ/MDA de fechas 6 de mayo y 17 de mayo del2004 respectivamente, determinan que en el presente trámiteha operado el Silencio Administrativo Positivo; conforme seseñala en el artículo 3º de la Ley General de HabilitacionesUrbanas, correspondiéndole a esta Corporación Municipal rea- lizar las liquidaciones respectivas y expedir la Resolución co- rrespondiente; Que, en el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobada medianteDecreto Supremo Nº 011-98-MTC, en su artículo 23º; esta-blece el procedimiento administrativo de Regularización de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, indicándose que dicho trámite es procedente siempre y cuando no tengan Resolu-ción de Estudios Preliminares o Proyectos Definitivos de Ha-bilitación Urbana, y además si el 50% del área total del te-rreno en cuestión se encuentre ocupada por viviendas cu-yas características cumplan con los requisitos establecidos en la R.M. Nº 179-99-MTC/15.04; por lo cual para el acogi- miento del mencionado trámite no se exige la existencia dealgún servicio básico de Habilitación Urbana; Que, mediante Valorización Nº 013-2004-SGPUC-GDU/ MDA se efectuó la Liquidación referente a Proyectos y Controlde Obra de acuerdo con lo estipulado en el artículo II-XXI-4 del Reglamento Nacional de Construcciones, ascendente a un monto total de S/. 1,801.32 Nuevos Soles; y con el recibo conliquidación Nº 0001152977, pagados en la tesorería de estaCorporación Municipal han acreditado la cancelación de la men-cionada Valorización; así como también, han cumplido con losderechos administrativos correspondientes; Estando a los fundamentos expuestos en la parte conside- rativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1.del Capítulo II del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipa-lidades Nº 27972, conforme a las disposiciones de la Ley Ge-neral de Habilitaciones Urbanas y el Texto Único Ordenado desu Reglamento, aprobados por Ley Nº 26878 y D.S. Nº 011-98- MTC y a la Ley Nº 27444, artículo 32º, por estar sujeto a fisca- lización posterior;SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, por Silencio Administrativo Posi- tivo, la Regularización del Proyecto de la Habilitación UrbanaEjecutada conforme el Plano signado con el Nº 032-04-SGPUC-GDU/MDA para Uso Residencial de Densidad Media R-4, co- rrespondiente al terreno con un área de 4,800.00 m 2, constitui- do por la U.C. Nº 10710, del Sector Gloria, ubicado en el ex fundo Gloria Baja, distrito de Ate, provincia y departamento deLima, y en consecuencia dejar sin efecto los actuados admi-nistrativos seguidos con posterioridad al plazo establecido parala aplicación del Silencio Administrativo Positivo, quedando sujeto a fiscalización posterior. Artículo 2º.- AUTORIZAR, a la COMPAÑÍA INMOBI- LIARIA PROMOTORA “CORDILLERA BLANCA” S.A. CIP-CORSA, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) me-ses, contados a partir de la fecha de notificación de la pre-sente Resolución, las obras de Habilitación Urbana; tenien- do en cuenta las características y especificaciones técni- cas de las obras de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO:ÁREA BRUTA TOTAL : 4,800.00 m 2 ÁREA ÚTIL TOTAL : 2,595.57 m2 ÁREA RECREACIÓN PÚBLICA : 480.00 m2 ÁREA DE VÍAS : 1,724.43 m2 ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secunda-rias de energía eléctrica publica y domiciliaria, los cualesserán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión dedicha compañía. TELEFONÍA: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones te- lefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Ge-rencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compa-ñía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Quedarán supeditadas al otorga- miento de la factibilidad correspondiente y para la ejecu- ción de las obras deberán aprobarse previamente los pro-yectos por SEDAPAL, y solicitar la autorización respectivaa esta Corporación Municipal. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: Luego de la aprobación de los proyectos sanitarios, de- berán solicitar a esta Entidad Edilicia el permiso correspon- diente para la Ejecución de las Obras de Pavimentación. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la COMPAÑÍA INMOBILIA- RIA PROMOTORA “CORDILLERA BLANCA” S.A. CIPCOR- SA a celebrar Contratos de Venta Garantizada con respecto alos lotes que constituyen el área de la Habilitación, dejando asalvo el derecho de los adquirientes de exigir al Habilitador Ven-dedor las Garantías previstas en la Legislación Vigente paraasegurar la culminación de las obras de Habilitación. Artículo 4º.- AUTORIZAR, a la COMPAÑÍA INMOBILIA- RIA PROMOTORA “CORDILLERA BLANCA” S.A. CIPCOR-SA a la construcción simultánea en los lotes cuya inscripciónindividualizada se aprueba, para lo cual los interesados debe-rán presentar sus proyectos de edificación para la obtenciónde la respectiva licencia de construcción ante la Subgerencia de Obras Privadas de esta Corporación Municipal. Artículo 5º.- AUTORIZAR, la inscripción individualiza- da de los lotes que conforman la Habilitación Urbana apro-bada, en el Registro de Propiedad Inmueble de Lima y lalibre disponibilidad de los mismos sin requerirse la recep-ción de obras de la Habilitación. Artículo 6º.- RESERVAR, los lotes Nºs. 4 y 5 de la manzana “A” en garantía de pago en efectivo del déficit deaportes al Ministerio de Educación y Parques Zonales res-pectivamente, correspondiéndole a cada uno el déficit de100.00 m 2, los mismos que deberán ser cancelados antes de la Recepción de las Obras de Habilitación Urbana.