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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (10/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 276161 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de setiembre de 2004 Que, en dicho documento se menciona que median- te Resolución de Gerencia General Nº 070-2003-GG/ONP de fecha 8 de julio de 2003 se aprobó la DirectivaNº 007-2003-GG/ONP, referente a "Estándar de Soft-ware", con el propósito de establecer el estándar desoftware institucional que permita la correcta adminis- tración y uso, una adecuada interconexión y optimiza- ción de los procesos de la Oficina de NormalizaciónPrevisional, indicando en el punto 4 "Estandarizaciónde la Plataforma de Software" lo siguiente: "... 4.3 Soft-ware de Base de Datos, 4.3.1 Alcance RDBMS, 4.3.2Antecedentes: La ONP cuenta con sistemas de misión crítica, como son NSP, NSBR y SAE, soportados por sistemas de base de datos basadas en productos Ora-cle, 4.3.3 Estándar: Oracle 9i."; Que, de igual modo, en el referido Memorándum Nº 240-2004-GD/ONP se manifiesta que la Oficina de Nor-malización Previsional, en los servicios de outsourcing así como en otros contratados con la finalidad de de- sarrollar el software a medida para la institución, cuen-ta con un conjunto de Sistemas bajo Plataforma Ora-cle, cuyas licencias requieren del servicio que permitacontar con el soporte y actualizaciones del fabricante; Que, en consecuencia, en el presente caso al producirse una situación enmarcada en los términos establecidos en el inciso f) del Artículo 19º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, resulta procedente autorizarla contratación del referido Servicio de Soporte Técni- co Oracle, mediante el proceso de Menor Cuantía, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º de lanorma acotada y según el procedimiento que determi-nan los Artículos 105º y 116º de su Reglamento; Que, mediante el Informe Nº 116-2004-GL.AL.24/ ONP, la Gerencia Legal considera que resulta proce- dente la exoneración del Concurso Público para con- tratar el Servicio de Soporte Técnico Oracle, en virtudque ésta se encuentra enmarcada dentro de las dispo-siciones establecidas en las normas sobre Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y en uso de lasfacultades conferidas por la Resolución Suprema Nº018-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la exoneración del Pro- ceso de Concurso Público, al haberse configurado lacausal a que se refiere el inciso f) del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para contratar el Servicio de Soporte Téc-nico Oracle, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administración a contratar el Servicio de Soporte Téc- nico Oracle, mediante el proceso de Menor Cuantía, cuyo valor referencial es de US$ 151,500.00 (CientoCincuenta y Un Mil Quinientos Dólares Americanos),por el período de doce (12) meses, afectándose a laFuente de Financiamiento de Recursos DirectamenteRecaudados. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administración remita copia de la presente Resolucióny de los informes que sustentan esta exoneración a laContraloría General de la República, dentro de los diez(10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba-ción, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BERNARDO PENNY PESTANA Jefe 16335OSINERG Autorizan el arrendamiento de inmue- ble ubicado en el departamento de Lima, mediante adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 084-2004-OS/PRES Lima, 27 agosto de 2004 VISTOS: El Informe Técnico Económico contenido en el Memo- rando Nº ST/JARU-516-2003 de fecha 10 de agosto de 2004, de la Secretaría Técnica de la Junta de Apelacionesde Reclamos de Usuarios - JARU de OSINERG, el Memo-rando Nº OAF-650-2004 de fecha 11 de agosto de 2004 dela Oficina de Administración y Finanzas de OSINERG y elInforme Legal Nº GL-012-2004 de fecha 23 de agosto de 2004, de la Gerencia Legal. CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido por el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas de losprocesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adju-dicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones ycontrataciones cuando los bienes y servicios no admitensustitutos; Que, mediante el Memorando Nº M/ST-JARU-516-2003 de fecha 10 de agosto de 2004, la Secretaría Técnica de laJARU solicitó a la Oficina de Administración y Finanzasiniciar el procedimiento para el arrendamiento de un localacorde con sus requerimientos; Que, de acuerdo a lo señalado por la Secretaría Técnica de la JARU, la solicitud de arrendamiento, obedece a la ne- cesidad de contar con un local que tenga una mejor ubica-ción geográfica y cuente con una mayor fluidez de líneas detransporte masivo, a efectos de que se facilite el traslado delos usuarios para la realización de sus trámites, mejorándo-se de esta manera la atención de los reclamos; Que, del Informe Técnico Económico presentado por la Secretaría Técnica de la JARU, se aprecia que el local ubi-cado en la Av. Javier Prado Oeste Nº 270 – San Isidro,cumple con dichos requerimientos, debido a que se en-cuentra en una avenida interdistrital con una considerableafluencia de servicios de transporte público; cuenta tam- bién con espacios y ambientes acordes con las necesida- des institucionales y con una red de cómputo lista y enoperación, así como estacionamientos y acceso directopara la atención del público; Que, en lo concerniente a los costos de arrendamiento, se aprecia que el referido local representa para OSINERG menores costos y mínimos gastos de implementación, en comparación con otras propuestas analizadas en el Infor-me Técnico Económico de la Secretaría Técnica de laJARU; Que, de acuerdo al Memorando Nº OAF-650-2004, de la Oficina de Administración y Finanzas de fecha 11 de agosto de 2004, el requerimiento contenido en el Informe Técnico Económico de la Secretaría Técnica de la JARUse encuentra incluido en el PAAC-2004, por lo cual cuentacon disponibilidad presupuestal; De conformidad con los incisos f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Oficina de Administración y Finan-zas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Concurso Público, para el arrendamiento del local ubicado