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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (10/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

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PÆg. 276162 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de setiembre de 2004 en la Av. Javier Prado Oeste Nº 270 – San Isidro, por ser un bien que no admite sustitutos. Dicha contratación, de-berá efectuarse mediante el proceso de Adjudicación deMenor Cuantía. Artículo 2º.- El plazo de contratación del local será por tres años. El monto de la merced conductiva será de US$ 3,500.00 (Tres Mil Quinientos y 00/100 Dólares America- nos) mensual, incluidos los impuestos de ley. Artículo 3º.- La fuente de financiamiento se realizará con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG y la con-tratación estará a cargo de la Oficina de Administración yFinanzas de OSINERG. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución y de los Informes Técnicos Económico y Legal sustentato-rios a la Contraloría General de la República, así como pro-ceder a la publicación de la presente Resolución en el Dia-rio Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. HUGO SOLOGUREN CALMET Presidente (e) del Consejo Directivo 16087 SUNARP Designan representante y establecen conformación del Tercer Consejo Con- sultivo de la Zona Registral N” XIII -Sede Tacna 2004-2005 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 386-2004-SUNARP/SN Lima, 7 de setiembre de 2004CONSIDERANDO: Que, es política de la SUNARP fomentar la participa- ción de la sociedad civil, a fin de contar con mayores cana-les de opinión y diálogo que coadyuven a optimizar el cum-plimiento de los fines institucionales de la SUNARP dentrode una política de apertura y promoción de la participación ciudadana; Que, mediante Ley Nº 26366, se creó la Superintenen- cia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, comoun organismo descentralizado autónomo y ente rector delSistema Nacional de los Registros Públicos; Que, mediante Resolución Nº 360-2001-SUNARP/SN, de fecha 20 de diciembre de 2001, se crea el Consejo Con- sultivo para la Oficina Registral José Carlos Mariátegui,hoy Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna; Que, por Resolución Nº 599-2002-SUNARP/SN, de fecha 12 de diciembre de 2002, se precisó que el man-dato de sus miembros será de un año, computados a partir de la fecha de instalación del Consejo Consultivo correspondiente, pudiendo ser renovado por un períodosimilar; Que, a través de la Resolución Nº 355-2003-SUNARP/ SN, de fecha 21 de julio de 2003, se designó al señor Al-berto Zeballos Ale, como representante de la SUNARP ante el Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, por el período de un año; Que, mediante Oficio Nº 629-2004/Z.R.Nº XIII-JZ, de fecha 17 de agosto de 2004, el Jefe de la Zona Registral NºXIII - Sede Tacna propone renovar, por un período similar,la designación del representante de la SUNARP ante el Consejo Consultivo de dicha Zona Registral; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Re-solución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Agradecer a los señores integran- tes del Segundo Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, por la gestión realizada mientras duró su designación para el período 2003-2004. Artículo Segundo.- Designar al señor abogado Alber- to Zevallos Ale, Decano de la Facultad de Derecho y Cien-cias Políticas de la Universidad Privada de Tacna, como representante de la SUNARP ante el Tercer Consejo Con-sultivo de la Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, por elperíodo 2004-2005. Artículo Tercero.- El Tercer Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna 2004-2005, quedará conformado de la siguiente manera: REPRESENTANTE INSTITUCIÓN Arq. Domingo Banda Ortiz Colegio de Arquitectos Ing. Jesús Bayona Pérez Colegio de Ingenieros Dr. Edwing A. Bustinza Arroyo Colegios de Abogados Ing. Luis Alberto Delgado Huacho SUNAT (Aduanas) Sra. Ana María Lizárraga Reinoso Cámara de Comercio de Tacna Dr. Víctor Lozano Valderrama Colegio de Notarios Dra. Delia Mamani Huanca Gobierno Regional de Tacna Arq. Enrico Schiaffino Wilson Municipalidad Provincial de Tacna Dr. Alberto Zevallos Ale SUNARP Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos (e) 16304 SUNAT Modifican la Res. N” 183-2004/SUNAT que aprobó Normas para la aplicacióndel Sistema de Pago de ObligacionesTributarias con el Gobierno Central a que se refiere el D. Leg. N” 940 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 207-2004/SUNAT Lima, 9 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Nº 940 y norma modificato- ria establece un Sistema de Pago de Obligaciones Tributa-rias con el Gobierno Central, cuya finalidad es generar fon- dos, a través de depósitos realizados por los sujetos obli- gados en las cuentas abiertas en el Banco de la Nación,destinados a asegurar el pago de las deudas tributarias,costas y gastos administrativos del titular de dichas cuen-tas; Que de acuerdo con el artículo 13º del citado De- creto Legislativo, mediante norma dictada por la SU- NAT se designará los bienes y servicios a los que re-sultará de aplicación el referido sistema de pago, asícomo el porcentaje aplicable a cada uno de ellos, y re-gulará lo relativo a los registros, la forma de acredita-ción, exclusiones y procedimiento para realizar la de- tracción y/o el depósito, el mecanismo de aplicación o destino de los montos ingresados como recaudación,entre otros aspectos, habiéndose dictado al respectola Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SU-NAT; Que a fin de facilitar la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, resul- ta necesario flexibilizar las disposiciones dictadas por laSUNAT a través de la indicada Resolución, entre otros, enlo relativo a las operaciones sujetas al sistema y la libredisponibilidad del saldo de las cuentas abiertas al amparode lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 917 y modifi- catorias; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Le- gislativo Nº 940 y norma modificatoria y de conformidadcon el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normasmodificatorias, y el inciso q) del artículo 19º del Reglamen-