NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/09/2004)
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PÆg. 276526 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 2004 POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto, en Sesión Ordinaria de fecha 9 de setiembre de 2004 el Dictamen Nº 116-2004-MML-CMAEO de la Comi-sión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organiza-ción, el Dictamen Nº 101-2004-MML/CMAL, de la Comi-sión Metropolitana de Asuntos Legales, Dictamen Nº 010-2004-MML/CMTU de la Comisión Metropolitana de Trans-porte Urbano, Dictamen Nº 003-2004-MML/CMSC de la Co-misión Metropolitana de Seguridad Ciudadana y DictamenNº 072-2004-MML/CMDUVN de la Comisión Metropolita-na de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura; y, De conformidad con la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL USO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD RESGUARDANDO EL DERECHO A LA VIDA, INTEGRIDAD FÍSICA, LIBRE TRÁNSITO Y PROPIEDAD PRIVADA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- La presente Ordenanza, se fundamenta en las disposiciones que resguardan o protegen el ejerci-cio del derecho a la vida e integridad física; a la libertad detránsito y a la propiedad privada, contemplados en nuestraConstitución Política. Artículo 2º.- La presente Ordenanza de carácter me- tropolitano, tiene como objeto normar dentro de la jurisdic-ción de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el uso dedispositivos denominados “elementos de seguridad”, envías locales y a solicitud de las agrupaciones vecinales,en el marco de lo estipulado en el artículo precedente. Artículo 3º.- Para el uso de los elementos de seguri- dad se considera irrenunciablemente los siguientes crite-rios: 3.1 Excepcionalidad . La autorización para usar elemen- tos de seguridad se otorga solamente por la necesidad deprotección de la población contra la existencia de riesgofehaciente que pone en peligro la seguridad de la personay su propiedad. 3.2 Temporalidad . El uso de elementos de seguridad, que impliquen la interrupción o alteración del tráfico de ve-hículos o de peatones, no será permanente y los elemen-tos se retirarán paulatinamente en razón de la disminucióno desaparición del riesgo que generó la necesidad de se-guridad invocada. 3.3 Accesoriedad . El uso de elementos de seguridad no reemplaza ni complementa la labor en materia de segu-ridad ciudadana de la Policía Nacional o de los gobiernoslocales, quienes mantienen sus obligaciones de conformi-dad con las normas vigentes. Artículo 4º.- Se entiende por Elementos de Seguridad aquellos dispositivos destinados a resguardar a la ciuda-danía de las agresiones contra la persona y su propiedad.Estos elementos pueden ser: 4.1 Elementos de seguridad que interfieren o restrin- gen el tránsito peatonal o vehicular: Requieren autoriza-ción de la autoridad municipal Distrital correspondiente. És-tos son: 4.1.1. Rejas batientes. 4.1.2. Plumas levadizas.4.1.3. Casetas de vigilancia. Ningún otro elemento de seguridad, podrá ser autori- zado en la jurisdicción de Lima Metropolitana. 4.2 Aquellos elementos de seguridad que no interfieren el tránsito peatonal o vehicular: No requieren autorización. TÍTULO II DE LA AUTORIZACIÓN Y SUS ALCANCES Artículo 5º.- Cualquier agrupación vecinal podrá soli- citar a la autoridad municipal Distrital correspondiente au-torización para el uso de elementos de seguridad. Artículo 6 º .- La solicitud de autorización de instala- ción y uso de elementos de seguridad estará debidamenteorganización interna y su presupuesto institucional confor- me a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y lasLeyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº27867 y su modificatoria Nº 27902 los acuerdos del Con-sejo Regional expresan la decisión de este órgano sobreasuntos institucionales; Que, el Consejo Regional del Gobierno de San Martín, en sesión ordinaria desarrollada en la ciudad de Juanjuí, eldía 4 de mayo del 2004, aprobó por unanimidad la Modifi-cación Presupuestaria de Inversiones año 2004; Ha tomado el Acuerdo Regional siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Aprobar la Modificación Presupues- taria de Inversiones año 2004 del Gobierno Regional deSan Martín, cuyos documentos se anexan - Informe Técni-co Nº 005-2004-GRSM/GRPP-AT. PROYECTO Y/U OBRA ANULACIÓN CRÉDITO Construcción de Puente Atumpampa. 800,000.00 Rehabilitación y mejoramiento carretera Cedropampa - Shamsho. 80,000.00 Rehabilitación y mejoramiento carretera Santa Rosillo - Upaquihua - San Cristóbal. 100,000.00 Construcción de 2 aulas + SS.HH. + Sistema de Evacuación - Tingo de Ponaza. 85,000.00 Construcción de Boulevard Puerto Amberes 1ra. Etapa - Juanjuí. 69,000.00 Construcción del canal de riego Piquiyacu Cuñumbusa, Pajarillo Ledoy. 451,337.00 Reforzamiento canal de riego Shica. 165,000.00 Construcción de aulas en el Centro Educativo Integrado Nº 0663 - Pablo Chávez Villaverde 530,000.00 Recuperación y Equipamiento del Centro de Salud Papaplaya. 330,000.00 Rehabilitación y mejoramiento de la carretera San Juan de Pacayzapa - Alonso de Alvarado Roque. 280,000.00 Recuperación de aulas, SS.HH. e implementación con mobiliario en el Centro Educativo EPM Nº 0224 Nueva Florida. 124,565.00 Recuperación de 6 aulas de la EPM Nº 0783 - El Triunfo - Moyobamba. 174,584.00 Instalación del sistema de agua potable en Tabalosos. 125,188.00 Recuperación de aulas del Centro Educativo Inicial Nº 134 Segunda Jerusalén. 186,000.00 TOTAL 1'750,337.00 1'750,337.00 Artículo Segundo.- Encargar al Secretario del Conse- jo Regional, señor Alfonso Reina Cabrera, la publicacióndel presente acuerdo en el portal electrónico del GobiernoRegional y en el Diario de circulación Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 16732 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Regulan uso de elementos de seguridad resguardando el derecho a la vida, in-tegridad física, libre trÆnsito y propie-dad privada ORDENANZA Nº 690 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA