Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2004 (16/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 2004

organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, el Consejo Regional del Gobierno de San MORDAZA, en sesion ordinaria desarrollada en la MORDAZA de Juanjui, el dia 4 de MORDAZA del 2004, aprobo por unanimidad la Modificacion Presupuestaria de Inversiones ano 2004; Ha tomado el Acuerdo Regional siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- Aprobar la Modificacion Presupuestaria de Inversiones ano 2004 del Gobierno Regional de San MORDAZA, cuyos documentos se anexan - Informe Tecnico Nº 005-2004-GRSM/GRPP-AT.
PROYECTO Y/U OBRA Construccion de MORDAZA Atumpampa. Rehabilitacion y mejoramiento carretera Cedropampa - Shamsho. Rehabilitacion y mejoramiento carretera MORDAZA MORDAZA - Upaquihua - San Cristobal. Construccion de 2 aulas + SS.HH. + Sistema de Evacuacion - Tingo de Ponaza. Construccion de Boulevard Puerto Amberes 1ra. Etapa - Juanjui. Construccion del MORDAZA de riego Piquiyacu Cunumbusa, Pajarillo Ledoy. Reforzamiento MORDAZA de riego Shica. Construccion de aulas en el Centro Educativo Integrado Nº 0663 - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Recuperacion y Equipamiento del Centro de Salud Papaplaya. Rehabilitacion y mejoramiento de la carretera San MORDAZA de Pacayzapa - MORDAZA de MORDAZA Roque. Recuperacion de aulas, SS.HH. e implementacion con mobiliario en el Centro Educativo EPM Nº 0224 Nueva Florida. Recuperacion de 6 aulas de la EPM Nº 0783 - El Triunfo - Moyobamba. Instalacion del sistema de agua potable en Tabalosos. Recuperacion de aulas del Centro Educativo Inicial Nº 134 MORDAZA Jerusalen. TOTAL 1'750,337.00 ANULACION 800,000.00 80,000.00 100,000.00 85,000.00 69,000.00 451,337.00 165,000.00 530,000.00 330,000.00 280,000.00 CREDITO

EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 9 de setiembre de 2004 el Dictamen Nº 116-2004-MML-CMAEO de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion, el Dictamen Nº 101-2004-MML/CMAL, de la Comision Metropolitana de Asuntos Legales, Dictamen Nº 0102004-MML/CMTU de la Comision Metropolitana de Transporte MORDAZA, Dictamen Nº 003-2004-MML/CMSC de la Comision Metropolitana de Seguridad Ciudadana y Dictamen Nº 072-2004-MML/CMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA Vivienda y Nomenclatura; y, De conformidad con la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA EL USO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD RESGUARDANDO EL DERECHO A LA MORDAZA, INTEGRIDAD FISICA, LIBRE MORDAZA Y PROPIEDAD PRIVADA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º.- La presente Ordenanza, se fundamenta en las disposiciones que resguardan o protegen el ejercicio del derecho a la MORDAZA e integridad fisica; a la MORDAZA de MORDAZA y a la propiedad privada, contemplados en nuestra Constitucion Politica. Articulo 2º.- La presente Ordenanza de caracter metropolitano, tiene como objeto normar dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, el uso de dispositivos denominados "elementos de seguridad", en vias locales y a solicitud de las agrupaciones vecinales, en el MORDAZA de lo estipulado en el articulo precedente. Articulo 3º.- Para el uso de los elementos de seguridad se considera irrenunciablemente los siguientes criterios: 3.1 Excepcionalidad. La autorizacion para usar elementos de seguridad se otorga solamente por la necesidad de proteccion de la poblacion contra la existencia de riesgo fehaciente que pone en peligro la seguridad de la persona y su propiedad. 3.2 Temporalidad. El uso de elementos de seguridad, que impliquen la interrupcion o alteracion del trafico de vehiculos o de peatones, no sera permanente y los elementos se retiraran paulatinamente en razon de la disminucion o desaparicion del riesgo que genero la necesidad de seguridad invocada. 3.3 Accesoriedad. El uso de elementos de seguridad no reemplaza ni complementa la labor en materia de seguridad ciudadana de la Policia Nacional o de los gobiernos locales, quienes mantienen sus obligaciones de conformidad con las normas vigentes. Articulo 4º.- Se entiende por Elementos de Seguridad aquellos dispositivos destinados a resguardar a la ciudadania de las agresiones contra la persona y su propiedad. Estos elementos pueden ser: 4.1 Elementos de seguridad que interfieren o restringen el MORDAZA peatonal o vehicular: Requieren autorizacion de la autoridad municipal Distrital correspondiente. Estos son: 4.1.1. Rejas batientes. 4.1.2. Plumas levadizas. 4.1.3. Casetas de vigilancia. Ningun otro elemento de seguridad, podra ser autorizado en la jurisdiccion de MORDAZA Metropolitana. 4.2 Aquellos elementos de seguridad que no interfieren el MORDAZA peatonal o vehicular: No requieren autorizacion.

124,565.00 174,584.00 125,188.00 186,000.00 1'750,337.00

Articulo Segundo.- Encargar al Secretario del Consejo Regional, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la publicacion del presente acuerdo en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional y en el Diario de circulacion Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MAX HENRRY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 16732

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Regulan uso de elementos de seguridad resguardando el derecho a la MORDAZA, integridad fisica, libre MORDAZA y propiedad privada
ORDENANZA Nº 690
EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA

TITULO II DE LA AUTORIZACION Y SUS ALCANCES
Articulo 5º.- Cualquier agrupacion vecinal podra solicitar a la autoridad municipal Distrital correspondiente autorizacion para el uso de elementos de seguridad. Articulo 6º .- La solicitud de autorizacion de instalacion y uso de elementos de seguridad estara debidamente

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