NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/09/2004)
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PÆg. 276517 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 2004 Que, con el fin de contratar el servicio mencionado, se convocó el Concurso Público Nº 0003-2004-INDECOPI parala Contratación del Servicio de Interconexión de Oficinas aNivel Nacional, por un monto referencial total de S/. 337000,00 (Trescientos treinta y siete mil con 00/100 nuevossoles), incluidos los impuestos de ley, el mismo que com-prende el ítem 1: Acceso a Internet Dedicado en Lima - SedeCentral, por un valor referencial de S/. 115 850.00, el ítem 2:Enlace Privado de comunicación inalámbrica FDD SPREADSPECTRUM - 11 MBPS, por un valor referencial de S/. 49525.35, el ítem 3: Enlace Dedicado a Internet, por un valorreferencial de S/. 17 624.65, y el ítem 4: Enlaces DedicadosProvincias, por un valor referencial de S/. 154 000.00; Que, como resultado del Concurso Público referido se otorgó la Buena Pro del Ítem 1: Acceso a Internet Dedicadoen Lima - Sede Central a la empresa TELEFÓNICA EM-PRESAS PERÚ S.A.A. por un monto de S/. 81 095,00, de-clarándose desierto el ítem 2 por no existir propuesta váli-da, el ítem 3 por no existir ninguna propuesta, y el ítem 4 porexistir sólo una propuesta válida, los mismos que están sien-do nuevamente convocados mediante el Concurso PúblicoNº 0003-2004-INDECOPI - Segunda Convocatoria; Que, en tanto se ponga en operación el servicio co- rrespondiente al ítem 1, y se desarrolle el Concurso Públi-co - Segunda Convocatoria para los ítems 2, 3, y 4 men-cionados es necesario seguir contando con el servicio deinterconexión que viene prestando la empresa TELEFÓNI-CA DEL PERU S.A.A., caso contrario se comprometeríaen forma directa e inminente la continuidad de los servi-cios que la Entidad tiene a su cargo a nivel nacional; Que, conforme a lo establecido por el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM, están exoneradas del proceso de selecciónrespectivo las adquisiciones y contrataciones que se realicenen situación de urgencia, así declarada conforme a dicha Ley; Que, el artículo 21º del mencionado cuerpo normativo considera que la situación de urgencia se presenta cuan-do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determina-do bien o servicio compromete en forma directa e inminen-te la continuidad de los servicios esenciales o las opera-ciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, el numeral 2) del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que la situaciónde urgencia debe entenderse como una medida temporal anteun hecho de excepción que determina una acción rápida a fin deadquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia; Que, las circunstancias expuestas configuran la deno- minada situación de urgencia a que alude el inciso c) delartículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 012-2001-PCM en lo que respecta a losítems 2, 3 y 4 del Concurso Público antes referido; Estando a la opinión expresada por la Jefatura de Infor- mática y Sistemas y la Gerencia Legal de la Institución,contenida en los Informes Nº 023-2004/GEF-Sis, y Nº 035-2004/GEL, respectivamente; De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la con- tratación del Servicio de Interconexión de Datos e Interneten Lima y a nivel nacional, en consecuencia, autorízase laprórroga de la contratación de dicho servicio mediante lamodalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, conforme alo establecido en el artículo 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Artículo 2º.- Precisar que la contratación del servicio señalado en el artículo anterior, es hasta por un monto re-ferencial total de S/. 86 126,00 (Ochenta y seis mil cientoveintiséis y 00/100 Nuevos Soles), y por un período de hastacuatro (4) meses, con cargo a los recursos directamenterecaudados, contratación que estará a cargo de la Jefatu-ra de Logística y Control Patrimonial del INDECOPI. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución y de los Informes Técnico y Legal sustentatorios a la Contra-loría General de la República, dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SANTIAGO ROCA TAVELLA Presidente del Directorio 16771INPE Inician procedimiento disciplinario a servidor de la Oficina de Admi- nistración de la Dirección Regional Lima RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 601-2004-INPE/P. Lima, 13 de agosto de 2004 VISTO, el Informe Nº 098-2004-INPE-CPPAD de fecha 2 de agosto de 2004 de la Comisión Permanente de Pro-cesos Administrativos Disciplinarios del Instituto NacionalPenitenciario; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 1846-2003-INPE/OGA-ORH de fecha 27 de octubre de 2003, el Director de la Oficina deRecursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario co-munica la situación laboral del servidor Henry CELIS RO-DRÍGUEZ, de la Oficina de Administración de la DirecciónRegional Lima, quien registra ausencias injustificadas pormás de tres días consecutivos, al no presentarse a su cen-tro de labores una vez culminada la Licencia que solicitó; Que, del estudio y análisis del Informe Técnico Nº 234- 2003-INPE/OGA-ORH-URyD de fecha 24 de octubre de2003 y demás documentos que obran en el expediente, seadvierte que el servidor Henry CELIS RODRÍGUEZ, ha in-currido en inasistencias injustificadas consecutivas desdeel 3 de setiembre del año 2003, fecha en que culminó laLicencia sin Goce de Haber de 90 días, que se le otorgómediante Resolución Directoral Nº 604-2003-17 (9-6-03)hasta el 27 de julio del año 2004, tal como se da cuenta en elOficio Nº 1919-2004-INPE/10-02, totalizando 10 meses y24 días de inasistencias injustificadas; habiendo transgredi-do los artículos 10º y 39º inciso b) del Reglamento de Con-trol de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para los Tra-bajadores del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado porResolución de la Presidencia de la Comisión Reorganiza-dora Nº 503-98-INPE-CR-P el 16 de noviembre de 1998; Que, el servidor Henry CELIS RODRÍGUEZ, con sus in- asistencias injustificadas ha incumplido sus obligaciones es-tablecidas en los incisos a) y c) del artículo 21º del DecretoLegislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativay de Remuneraciones del Sector Público y por lo tanto haincurrido en faltas de carácter disciplinarias previstas en losincisos a) y k) del artículo 28º de la acotada norma legal; Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contando con lasvisaciones de los miembros del Consejo Nacional Peniten-ciario y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica yAdministración; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa yde Remuneraciones del Sector Público, Decreto SupremoNº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Institu-to Nacional Penitenciario, y en uso de las facultades confe-ridas por Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo dis- ciplinario al servidor de la Oficina de Administración de laDirección Regional Lima Henry CELIS RODRÍGUEZ, Es-pecialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, NivelSPF, por los fundamentos expuestos en la parte conside-rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del InstitutoNacional Penitenciario, a efecto de que el servidor presen-te su descargo ante la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios, en el término de Ley. Regístrese y comuníquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 16752