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PÆg. 290306 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de abril de 2005 HA RESUELTO 1. Declarar INFUNDADA la demanda de inconstitu- cionalidad de autos. 2. Exhortar al Congreso para que: a) establezca los mecanismos legales pertinentes, a fin de garantizar que la recaudación de la regalía minera cumpla los objetivos de los artículos 8º y 9º de la Ley de Regalía Minera, LeyNº 28258; b) diseñe y establezca mecanismos de con-trol, información y transparencia para que la sociedadcivil pueda efectuar el seguimiento del manejo y buendestino de estos recursos; c) integre en la distribución de los montos recaudados, dispuesta por el artículo 4º de la Ley de Regalía Minera, Nº 28258, a las FuerzasArmadas y Policía Nacional. 3. Exhortar a la Contraloría General de la República para que, en las acciones de control que se programena los gobiernos locales y regionales, fiscalice el adecua- do uso de estos recursos, bajo responsabilidad de quie- nes lo administren. Publíquese y notifíquese. SS. ALVA ORLANDINIBARDELLI LARTIRIGOYENGONZALES OJEDAGARCÍA TOMAVERGARA GOTELLI LANDA ARROYO 06665 UNIVERSIDADES Declaran en Situación de Desabasteci- miento Inminente servicios de alimen-tación a favor de alumnos de la Uni-versidad Nacional Agraria La Molina UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 171-2005-UNALM La Molina, 17 de marzo del 2005 Vista la solicitud formulada por las Jefaturas de las Oficinas Administrativas de Servicios Generales y deBienestar Universitario y Asuntos Estudiantiles, estandoa lo opinado en el Informe Técnico Legal correspondien-te, de conformidad con lo expuesto por la Jefatura de la Unidad de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, es función primordial de la institución velar por el bienestar universitario, encontrándose dentro de este rubro los servicios de atención de alimentación a los señores estudiantes en el Comedor Universitario; Que, a efectos de brindar el servicio de alimentación antes referido, se procedió a efectuar la Convocatoria alConcurso Público Nº 01-2005-UNALM; con fecha 8 demarzo se ha procedido a efectuar el Acto Público de Otorgamiento de la Buena Pro, la misma que ha recaído a favor del postor Fajel S.R.LTDA.; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Su- premo Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla-mento el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; a la fecha no se puede confirmar el otorgamiento de la Buena Pro, en ra- zón de que debe previamente agotarse el plazo de impugna-ciones; establecido en las referidas normas legales; Que, habiéndose iniciado el semestre lectivo en la institución y tratándose el servicio de alimentación brin-dado a los señores alumnos, de un componente esen- cial para el propio desarrollo de su educación; es nece- sario que el Comedor Universitario proceda a prestarlos servicios para los cuales se encuentra destinado;Que, ante la imposibilidad cronológica legal de proce- der a la confirmación de la Buena Pro otorgada y la co-rrespondiente suscripción del Contrato respectivo con elpostor ganador de ésta; se presenta la situación de Des-abastecimiento Inminente; prevista en el Inciso C del Ar-tículo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado; siendo necesario, por los fundamen-tos expuestos proceder a disponer la exoneración co-rrespondiente y por el plazo que sea necesario, hastaque se pueda proceder a la suscripción del Contrato co-rrespondiente del concurso público antes glosado; Que, ante la necesidad de mantener las metas institu- cionales referidas en los párrafos anteriores, es necesarioque la institución proceda a celebrar un Contrato de Servi-cios de Preparación de Menús Para el Comedor Universi-tario, con el postor ganador de la Buena Pro del referidoconcurso, para dicha atención, disponiéndose la corres- pondiente exoneración de la contratación de dichos servi- cios, por un valor referencial de hasta S/. 110,000.00; Por estos fundamentos, de conformidad con las nor- mas citadas y estando a las atribuciones conferidas alRector; SE RESUELVE: 1.- Declarar en situación de Desabastecimiento Inmi- nente, los servicios de alimentación a favor de los alum-nos, que presta la UNALM a través de su Comedor Uni- versitario; a partir del 16 de marzo del año 2005 y por el plazo que sea necesario hasta la confirmación adminis-trativa de la Buena Pro otorgada en el Concurso PúblicoNº 001-2005-UNALM. 2.- Exonerar del proceso de selección las obligaciones económicas asumidas por la UNALM provenientes del Con- trato de Servicios de Preparación de Menús para Alumnos en el Comedor Universitario, a celebrarse con la empresaFajel S.R.LTDA; y hasta por el monto referencial deS/. 110,000.00; con cargo a la fuente de FinanciamientoRecursos Ordinarios-Recursos Directamente Recaudados. 3.- Encárguese a la Jefatura de la Oficina Administra- tiva de Economía la ejecución de lo dispuesto en la pre- sente Resolución. 4.- Encárguese al Secretario General a fin de que dé debido cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 20ºDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM y en el Artículo 147ºdel Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Regístrese y comuníquese. LUIS MAEZONO YAMASHITA Rector 06797 Exoneran de procesos de selección la adquisición de repuestos para equipo de ordeæo y la contratación de servicios de asesoría legal externa para la UniversidadNacional Agraria La Molina UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 172-2005-UNALM La Molina, 17 de marzo del 2005 Estando a lo informado por la Unidad de Asesoría Legal en el Oficio Nº 0294-2005-AL-UNALM. CONSIDERANDO: Que, la institución cuenta entre sus activos con un Equipo de Ordeño Marca Surge, el mismo que se en-cuentra en servicio en la Facultad de Zootecnia; Que, dada la antigüedad del referido Equipo y su va- lor, es necesario proceder a efectuar sobre el mismo, el correspondiente UP DATE, a fin de recuperar su capaci-dad técnica operativa;