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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G31/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de agosto de 2005 Que, como resultado de la acción de control practica- da, la Comisión Auditora ha determinado que los funcionarios responsables del proceso técnico y adminis- trativo de la obra "Reparación de la Bocatoma CHAVI-MOCHIC 2002", aprobaron irregularmente el Presu- puesto Adicional Nº 01 y las Ampliaciones de Plazo Nº 01 y Nº 02, no obstante que éstos fueron generadoscomo consecuencia del retraso en la ejecución de los trabajos del barraje móvil de la Bocatoma Chavimochic imputables al Contratista, generándose un pago injusti-ficado de S/. 69 887,26; hechos que constituyen perjui- cio económico irrogado al Proyecto Especial Chavimochic que requiere ser resarcido, de conformi-dad con el Artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, dispo- ner el inicio de las acciones legales pertinentes en formainmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal,correspondiendo, por tanto, autorizar al Procurador Públi- co a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge- neral de la República, el inicio de las acciones legalesrespectivas contra los presuntos responsables comprendi- dos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con- traloría General de la República y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación delEstado, inicie las acciones legales por los hechos expues- tos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antece-dentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 13717 ONPE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/GE9/G64/G75/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G66/G72/G61/G2D /G67/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G61/G20/G50/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G76/G6F/G2D/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 208-2005-J/ONPE Lima, 5 de agosto de 2005 Vistos; el Memorándum Nº 314-2005-GIEE/ONPE de la Gerencia de Información y Educación Electoral, de fe- cha 27 de julio del 2005, mediante el cual se propone a este despacho la aprobación del modelo de cédula desufragio, con las especificaciones técnicas del caso que la caracterizan, para la Consulta Popular de Revocatorias de Autoridades Municipales convocadas para el día do-mingo 30 de octubre de 2005; el Informe Nº 027-2005- MABB-GAJ/ONPE y el Memorándum Nº530-2005-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica, ambos del 5de agosto de 2005. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 136-2005-JNE y 171- 2005-JNE publicadas en el Diario Oficial El Peruano el03 y el 16 de junio del presente año, respectivamente, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Au-toridades Municipales para el domingo 30 de octubre del 2005;Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales tiene a su cargo la organiza- ción y ejecución de los procesos electorales y consultaspopulares; y ejerce sus atribuciones y funciones con su- jeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, este orga- nismo tiene la función de planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de losprocesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la nor- matividad vigente; Que, asimismo, según lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Orgánica de la ONPE antes mencionada, este organismo tiene como función esencial velar por la ob- tención de la fiel y libre expresión de la voluntad popularmanifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, el artículo 159º de la Ley Orgánica de Eleccio- nes establece que corresponde a la ONPE determinar las características de las cédulas de sufragio, disponer lo relacionado con la impresión y distribución de las mis-mas en la forma que estime conveniente, así como las indicaciones ilustrativas que debe llevar la cédula de sufragio para facilitar el voto del elector; Que, asimismo, el artículo 5º, literal b) de la Ley Orgá- nica de la ONPE dispone que es función de este orga- nismo electoral diseñar la cédula de sufragio, actas elec-torales, formatos y cualquier otro material en general, de manera que asegure el respeto de la voluntad del ciuda- dano en la realización de los procesos a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 62º, literal f) del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE y modificado mediante Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE y Nº 252-2004-J/ONPE, es fun- ción de la Gerencia de Información y Educación Electo-ral elaborar el diseño gráfico de la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material elec- toral, incorporando las especificaciones técnicas formu-ladas por la Gerencia de Gestión Electoral y proponer dichos materiales a la Jefatura de la ONPE para su apro- bación; Que, asimismo, el literal f) del artículo 9º del citado Reglamento dispone que es función de la Jefatura de la ONPE aprobar el diseño de la cédula de sufragio,actas electorales, formatos y cualquier otro material elec- toral; En uso de las atribuciones que se le confiere a la Jefa Nacional de la ONPE por el artículo 182º de la Constitución Política del Perú; teniendo en cuenta que mediante Reso- lución Jefatural Nº 198-2005-J/ONPE, de fecha 26 de juliodel 2005, se encargó, del 3 al 8 de agosto de 2005, el despacho de la Jefatura Nacional de la ONPE al señor Rubén Durand Pardo, Jefe del Gabinete de Asesores deJefatura Nacional; y en mérito a las referidas normas lega- les y reglamentarias. Con el visado de las Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Información y Educación Electoral; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el modelo de la cédula de sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria de Auto-ridades Municipales 2005, cuyo formato aparece en el Anexo Nº1, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- El formato de la cédula de sufragio a que se refiere el artículo precedente tiene las especifica- ciones técnicas consignadas en el Anexo Nº 2, que formaparte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Las dimensiones de este modelo de cédula de sufragio podrán modificarse de acuerdoal número de autoridades en consulta en cada circuns- cripción. Artículo Cuarto.- Póngase la presente Resolución Jefatural en conocimiento del Jurado Nacional de Elec- ciones y del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN DURAND PARDO Jefe Nacional (e) Oficina Nacional de Procesos Electorales