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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (10/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G32/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de agosto de 2005 - Dirección de Trámites Consulares Dirección General de Derechos de los Peruanos en el Exterior - Dirección de Asistencia al Nacional - Dirección de Política Migratoria- Dirección de Protección a Colectividades Naciona- les Subsecretaría cara Asuntos de América Dirección General de Sudamérica- Dirección de Países Andinos - Dirección del Mercosur Dirección General de Norteamérica Dirección General de México, Centroamérica y el Caribe Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo - Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza - Dirección de Desarrollo Regional Dirección Nacional de Soberanía y Límites - Dirección de Límites - Dirección de Soberanía Marítima, Aguas Transfron- terizas y asuntos Antárticos - Dirección de Asuntos Aéreos y del Espacio Subsecretaría para Asuntos Multilaterales: Dirección General de Diplomacia Social- Dirección de Política Social - Dirección de Evaluación y Coordinación de Proyec- tos de Diplomacia SocialDirección General de la ONU y Política Multilateral - Dirección de ONU y Asuntos Multilaterales - Dirección de OEA y Asuntos Políticos Hemisféricos Dirección General de Medioambiente Dirección General de Derechos HumanosDirección General de Control de Drogas Subsecretaría de Asuntos Económicos Dirección General de OMC y Negociaciones Económicas Internacionales - Dirección de OMC - Dirección de Negociaciones de los Tratados de Li- bre Comercio - Dirección de Organismos Económicos y Financie- ros Internacionales Dirección General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina - Dirección de la Comunidad Sudamericana de Nacio- nes - Dirección de la Comunidad Andina Subsecretaría para Asuntos de Europa Dirección General de Europa ComunitariaDirección General de Europa No Comunitaria Subsecretaría de Asia, Cuenca del Pacífico, Africa y Medio Oriente Dirección General de Asia y Cuenca del Pacífico Dirección General de Africa y Medio Oriente. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar susdispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU