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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (10/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G32/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de agosto de 2005 - Dirección de Africa - Dirección de Medio Oriente Artículo 2º.- Entiéndase que las funciones de la Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo se aplican al ámbito del desarrollo y la integración tanto en el ámbitoFronterizo como Regional, en concordancia con las nor-mas que regulan la Política Andina de Integración y De-sarrollo Fronterizo, los acuerdos firmados con los paí-ses no comunitarios y las normas nacionales del proce- so de descentralización, las cuales asignan al Ministerio de Relaciones Exteriores un rol fundamental en dichoscampos. Artículo 3º.- Incorpórense como unidades orgáni- cas de la Secretaría de Administración las siguientesdirecciones que son parte de la Dirección General de Administración y la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos establecidos en el DecretoSupremo Nº 001-2003-RE de 16 de enero de 2003: Dirección General de Administración - Dirección de Finanzas - Dirección de Logística- Dirección de Presupuesto - Dirección de Contabilidad - Dirección de Fiscalización y Control Previo Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos: - Dirección de Administración de Personal - Dirección de Servicios Administrativos- Dirección de Desarrollo de Personal Artículo 4º.- La Oficina Ejecutiva de Gestión y Preser- vación del Patrimonio del Estado en el exterior dispuestaen el artículo 30 del Decreto Supremo Nº 001-2003-REde 16 de enero de 2003, tiene rango de dirección y de-penderá funcionalmente de la Dirección General de Ad- ministración. Artículo 5º.- Incorpórese dentro de la Subsecretaria de Política Cultural Exterior la Dirección General de Pro-moción Cultural y Protección Patrimonial. Artículo 6º.- Incorpórese dentro de la estructura in- terna de la Oficina Ejecutiva de Promoción Económica las siguientes direcciones: - Dirección de Promoción Comercial de Bienes y Ser- vicios - Dirección de Promoción de Inversiones y Proyec- tos de Desarrollo - Dirección de Promoción del Turismo Artículo 7º.- Las Direcciones Generales o Naciona- les del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuenten o no con unidades orgánicas del nivel de direcciones, asumi- rán un criterio funcional y transversal en la distribuciónde tareas de sus funcionarios. Al respecto, además delas responsabilidades que se asuman en determinadotema o carpeta, todos los funcionarios deberán manejary colaborar con las distintas labores que competen a su área. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 13946 SALUD /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G48/G6F/G73/G2D /G70/G69/G74/G61/G6C/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 608-2005/MINSA Lima, 8 de agosto del 2005 Visto el Expediente Nº I-003013-04;CONSIDERANDO: Que uno de los lineamientos de la Política del Estado es el fortalecimiento permanente de los servicios de sa- lud y, como tal, se debe analizar y evaluar las propues- tas internas y las que presentan los GobiernosCooperantes para realizar diversas modificaciones enla infraestructura y el equipamiento hospitalario, acordecon las nuevas tecnologías que permitan brindar unaatención de salud de calidad a la población, lo cual bene- ficia su desarrollo y contribuye con el bienestar social; Que en este contexto, se hace necesario formular un Plan Maestro de Infraestructura, Equipamiento yMantenimiento de Hospitales que se sustente en los cri-terios, métodos y tecnologías médicas actuales, para locual, previamente se requiere uniformizar criterios para la detección de necesidades reales, validar indicadores operativos sobre ocupación, productividad y demandade servicios, actualizar información estadística de lascondiciones físicas y funcionales de la infraestructura yequipamiento existente, analizar los cambios de los per-files epidemiológicos y demográficos de la población, considerar nuevas tecnologías que simplifican y optimi- zan los procesos; todo esto con la finalidad de promovery coordinar la elaboración de programas operativos queoportunamente determinen la ejecución de obras, el equi-pamiento y el mantenimiento de la infraestructura físicade los hospitales del Ministerio de Salud; Que asimismo, es conveniente la aplicación del Siste- ma de Información de Recursos Humanos, Infraestructuray Equipos (SIRSA) en la evaluación del estado situacionalde los hospitales -que comprenderá el grado de compleji-dad y el nivel de resolución para atender las necesidadesreales de la población-, a fin de que los resultados puedan ser compatibilizados con los estándares consignados en el Manual de Acreditación de Hospitales, aprobado por laResolución Ministerial Nº 511-96-SA/DM; Que en este orden, y a efecto de que se realice el Diagnóstico Físico y Funcional de los inmuebles, instala-ciones, sistemas y equipos, así como el Plan Hospitala- rio Integral, para determinar la orientación de los recur- sos financieros que provengan de los Gobiernos Co-operantes, se requiere de la conformación de la Comi-sión de Proyectos Hospitalarios del Ministerio de Salud; Estando a lo informado por la Oficina General de Pla- neamiento Estratégico y el Programa Nacional de Infra- estructura, Equipamiento y Mantenimiento; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar la Comisión de Proyectos Hospitalarios del Ministerio de Salud, la cual está inte-grada por los representantes de los siguientes órganos: - Despacho Ministerial de Salud, quien la presidirá; - Dirección General de Salud de las Personas;- Dirección General de Salud Ambiental;- Oficina General de Planeamiento Estratégico;- Oficina General de Defensa Nacional;- Oficina General de Cooperación Internacional; - Oficina General de Estadística e Informática; - Programa de Apoyo a la Reforma de Salud; y,- Programa Nacional de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento. La Oficina General de Planeamiento Estratégico par- ticipará con dos representantes y el Programa Nacional de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento contres representantes. Artículo 2º.- La citada Comisión se instalará en un plazo de tres días contados a partir de la notificación dela presente Resolución y, formulará el Diagnóstico Físi- co y Funcional y el Plan Hospitalario Integral a ser aplicado en el país, en un plazo de ciento veinte días contados apartir de su instalación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 13918