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PÆg. 298330 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de agosto de 2005 Modifican resolución que otorgó autorización para explotar juegos decasino en el distrito de Miraflores,provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 418-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 4 de agosto de 2005Visto, el Expediente Nº 001027-2005-MINCETUR, de fecha 5.7.2005, presentado por la empresa Gran Casino de Lima S.A.C., en el que solicita la modificación de la autorización expresa para la explotación de juegos decasino en la Sala de Juegos del Hotel Cinco (5) Estrellas“Lima Marriott Hotel”, ubicado en la Av. Malecón de laReserva Nº 615, distrito de Miraflores, provincia ydepartamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 193-2005- MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 7.4.2005, se otorgó ala solicitante Autorización Expresa para explotar juegos de casino en la Sala de Juegos del Hotel Cinco (5) Estrellas “Lima Marriott Hotel”; Que, al amparo de lo establecido en el artículo 12º, literal b) del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificadapor la Ley Nº 27796, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR, mediante Expediente Nº 001027-2005-MINCETUR, la empresa solicita el incremento de dos (02) mesas de la modalidad del PókerCaribeño y el retiro de dos (02) mesas de la modalidadde Black Jack y Caribbean Stud Póker; Que, la documentación e información requerida para efectuar el incremento de mesas de juego de casino se encuentra establecida en el Procedimiento Nº 03, literal b) del T.U.P.A. del MINCETUR, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa, se advierte queha cumplido con las disposiciones legales aplicables para aprobar la presente solicitud; Que, existiendo un pozo progresivo en las mesas de juegos de la modalidad de Caribbean Stud Póker, lasolicitante deberá observar lo dispuesto en el artículo 2ºde la Directiva Nº 001-2002-MITINCI/VMT/DNT,aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0488-2002- MITINCI/VMT/DNT, en lo que resulte aplicable; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y los Decretos Supremos Nºs. 009-2002-MINCETUR y 006-2005-MINCETUR, estando a loopinado en el Informe Legal Nº 488-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 193-2005-MINCETUR/VMT/DNT, en lostérminos siguientes: “Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la Empresa Gran Casino de Lima S.A.C., la explotación dedieciséis (16) mesas de juego de casino en la Sala deJuegos del Hotel Cinco (05) Estrellas “Lima MarriottHotel”, según el siguiente detalle: Nº de Modalidad Autorización Resolución Mesas y Registro Directoral 02 Póker Caribeño JC0008 206-1999-MITINCI/VMT/DNT 04 Ruleta (Tipo Francesa) JC0002 200-1999-MITINCI/VMT/DNT 07 Black Jack JC0001 199-1999-MITINCI/VMT/DNT 02 Punto y Banca (Midi) JC0006 204-1999-MITINCI/VMT/DNT 01 Craps JC0007 205-1999-MITINCI/VMT/DNT Total de mesas de juegos autorizadas: Dieciséis (16) Artículo 2º.- Existiendo un pozo progresivo en las mesas de juegos de la modalidad de Caribbean StudPóker, la solicitante deberá observar lo dispuesto en elartículo 2º de la Directiva Nº 001-2002-MITINCI/VMT/ DNT, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0488-2002-MITINCI/VMT/DNT, en lo que resulte aplicable. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 13903 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas del Presupuesto del Sector Pœblico a favordel Ministerio de Relaciones Exteriores DECRETO SUPREMO Nº 102-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Fondo Indígena fue establecido con ocasión de la II Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, que tuvo lugar en Madrid - España, en julio del año 1992, con el propósito de apoyar los procesos deautodesarrollo de pueblos, comunidades y organizacionesindígenas de la región. Forman parte de este organismointernacional 18 Estados de América Latina y el Caribe,entre los que se encuentra el Perú, además de Bélgica, España y Portugal; Que, en la segunda Asamblea del Fondo Indígena, celebrada en La Paz - Bolivia, en mayo de 1997, sedecidió establecer un capital social constituido porcontribuciones de los Estados miembros, otrosEstados y organismos de cooperación, que financian las actividades de apoyo a los pueblos y comunidades indígenas de la región, asimismo, dicha asambleaestableció que las contribuciones al capital social seandepositadas en un fideicomiso administrado por elBanco Interamericano de Desarrollo (BID) y con estepropósito el Fondo Indígena suscribió un convenio de administración, por el cual el BID queda facultado a recibir las contribuciones, realizar las inversionesapropiadas y transferir semestralmente al FondoIndígena los rendimientos obtenidos de talesinversiones; Que, los recursos financieros del Fondo Indígena están destinados a promover el fortalecimiento y desarrollo integral de las comunidades indígenas deAmérica Latina y el Caribe, a través de la elaboración yejecución de programas y proyectos que atiendan susnecesidades fundamentales de orden social, económico,cultural y político, con pleno respeto de sus valores culturales ancestrales; Que, es necesario atender parte del costo del aporte del Perú al citado Fondo Indígena por la suma de DOSMILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 2 608 000,00); Que, para tal efecto es necesario autorizar una transferencia de partidas, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, afavor del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo establecido por los Artículos 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para elaño fiscal 2005, hasta la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 608 000,00) de acuerdo al siguientedetalle: