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PÆg. 298404 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de agosto de 2005 Aprueban donaciones efectuadas a favor del INDECI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 199-2005-PCM Lima, 11 de agosto de 2005 CONSIDERANDO:Que, instituciones extranjeras, Consulados Peruanos en el exterior y el Gobierno de la República Árabe de Egipto, han efectuado donaciones a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, consistentes en diversos bienes, destinadas para la atención de damnificados del sismo ocurrido en el sur del país en el año 2001; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; Que, mediante Oficio Nº 2761-2005-INDECI/DNL(12.0) del 11 de abril de 2005 se han explicitado las razones del retraso en la tramitación de la aprobación de las precitadas donaciones; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, de acuerdo con los requisitos señalados en dicho dispositivo; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, el Decreto Legislativo Nº 935, la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar, las donaciones efectuadas a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, destinadas para la atención de damnificados del sismo ocurrido en el sur del país en el año 2001, con eficacia anticipada a la fecha en que fueron aceptadas mediante la respectiva Resolución Jefatural, que a continuación se detallan: - Donación efectuada por la Fundación Rasa de Holanda aceptada mediante Resolución Jefatural Nº 344-2001- INDECI de fecha 10 de setiembre de 2001, consistente en 20 paquetes conteniendo ropa usada, según Constancia de fecha 9 de julio de 2001. - Donación efectuada por el Consulado General del Perú en Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, aceptada mediante Resolución Jefatural Nº 379-2001- INDECI de fecha 21 de setiembre de 2001, consistente en 18 cajas conteniendo artículos varios, según Carta de Donación de fecha 12 de julio de 2001. - Donación efectuada por el Consulado General del Perú en Miami, Florida, Estados Unidos de América, aceptada mediante Resolución Jefatural Nº 392-2001- INDECI de fecha 24 de setiembre de 2001 consistente en ropa usada, alimentos y otros bienes con un valor aproximado de US$ 2 047,00 (Dos Mil Cuarenta y Siete y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Garantía de Donación de fecha 9 de julio de 2001. - Donación efectuada por el Consulado General del Perú en Miami, Florida, Estados Unidos de América, aceptada mediante Resolución Jefatural Nº 393-2001- INDECI de fecha 24 de setiembre de 2001 consistente en ropa usada, alimentos y otros bienes con un valor aproximado de US$ 2 205,00 (Dos Mil Doscientos Cinco y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Garantía de Donación de fecha 9 de julio de 2001. - Donación efectuada por la Empresa Bayer Región Andina de Colombia aceptada mediante Resolución Jefatural Nº 063-2002-INDECI de fecha 1 de marzo de 2002 modificada por Resolución Jefatural Nº 381-2002- INDECI, consistente en 135 cajas conteniendo 216 000 blister del producto Aquatabs, según Cartas de Donación de fechas 11 y 25 de julio de 2001. - Donación efectuada por el Gobierno de la República Árabe de Egipto aceptada mediante Resolución Jefatural Nº 069-2002-INDECI de fecha 1 de marzo de 2002modificada por Resolución Jefatural Nº 381-2002-INDECI consistente en 84 cajas conteniendo medicinas con un valor aproximado de US$ 10 000,00 (Diez Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de la Embajada del Perú en la República Árabe de Egipto de fecha 6 de diciembre de 2001. Artículo 2º.- Compréndase a las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, a la Contraloría General de la República y al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 14133 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 200-2005-PCM Lima, 11 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, Asia Africa Cooperation Environment Center de Japón y Direct Relief International de Santa Bárbara, California, Estados Unidos de América auspiciada por Peruvian American Medical Society (PAMS) de Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, han efectuado donaciones a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- consistentes en diversos bienes; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; Que, mediante Oficio Nº 2761-2005-INDECI/DNL(12.0) del 11 de abril de 2005 se han explicitado las razones del retraso en la tramitación de la aprobación de las precitadas donaciones; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, de acuerdo con los requisitos señalados en dicho dispositivo; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, el Decreto Legislativo Nº 935, la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por Asia Africa Cooperation Environment Center de Japón, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- con eficacia anticipada al 5 de marzo de 2003, fecha en que ingresó a los almacenes de INDECI, consistente en frazadas y ropa, usadas, con un valor aproximado de ¥ 176 700,00 (Ciento Setenta y Seis Mil Setecientos y 00/100 Yenes) según Carta de Donación de fecha 28 de noviembre de 2002. Dicha donación ha sido destinada como ayuda humanitaria a los damnificados por la ola de río que afectó el sur del Perú el año 2002. Artículo 2º.- Aprobar la donación efectuada por Direct Relief International de Santa Bárbara, California, Estados