Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2005 (12/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 12 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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designacion de Funcionarios Publicos y el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe de la Oficina PETT de Ejecucion Regional Ica. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe de la Oficina PETT de Ejecucion Regional Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 14100

Disponen iniciar procedimiento administrativo a Maderera de Aprovechamiento Integral S.A.C. por presunta infraccion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL Nº 004-2005-INRENA-OSINFOR
MORDAZA, 5 de agosto de 2005 VISTO: El Informe Tecnico-Legal Nº 004-2005-INRENAOSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta por la Unidad de Regulacion y Asuntos Normativos de la OSINFOR, y la Unidad de Supervision, Evaluacion y Control de la referida oficina, que da cuenta de la denuncia contenida en el Informe Nº 001-2005-INRENA-IFFS-DCB/ BRIGADA04, de fecha 3 de marzo de 2005, respecto de las posibles infracciones a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, en que habria incurrido el concesionario Maderera de Aprovechamiento Integral S.A.C., con contrato de concesion forestal Nº 17-TAM/C-J-023-02; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 10 de junio de 2002, el Instituto Nacional de Recursos Naturales y la empresa Maderera de Aprovechamiento Integral - MAPROIN S.A.C., suscriben el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 17-TAM/C-J-023-02, para el aprovechamiento de los recursos forestales de las Unidades de Aprovechamiento Nºs. 160, 162, 164, 165, 166 Y 167, cuyas areas son de 5,097 ha, 5,000 ha, 5,928 ha, 5,000 ha, 5,152 ha, y 5,018 ha respectivamente, haciendo un total de 31,195 ha otorgadas en concesion, ubicadas en el Bosque de Produccion Permanente de MORDAZA de Dios; Que, con fecha 26 de setiembre de 2003, las partes anteriormente mencionadas, suscriben la Adenda al Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 17-TAM/C-J-023-02, mediante la cual acuerdan modificar diversas clausulas del referido contrato; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 197-2004INRENA-IFFS, de fecha 23 de MORDAZA de 2004, se aprueba el Plan General de Manejo Forestal de la empresa Maderera de Aprovechamiento Integral S.A.C., en una superficie de 31,195 ha, cuya area se ubica en el distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de Dios; Que, asimismo, mediante Resolucion de Intendencia Nº 229-2004-INRENA-IFFS, de fecha 23 de MORDAZA de 2004, se aprueba el Plan Operativo Anual de la MORDAZA Zafra, en una superficie de 910.54 ha, cuya area se ubica en el distrito y provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, aprobandose, entre otras especies, 47 arboles de la especie Caoba, con un volumen total de 703.00 m3; Que, el numeral 3.27 del articulo 3º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, reconoce al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, como la Autoridad Administrativa CITES - PERU; Que, el articulo 31º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, establece que la Direccion de

Conservacion de la Biodiversidad Forestal y de Fauna MORDAZA, tiene como funcion administrar y operar la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de MORDAZA y Fauna MORDAZA, asi como tramitar el reconocimiento de las Autoridades Cientificas como punto focal ante la CITES; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 015-2005INRENA-IFFS, de fecha 31 de enero de 2005, se autoriza la conformacion de seis Brigadas de Trabajo y una Comision de Asesoramiento, que permita a las Autoridades Cientifica y Administrativa CITES - Peru, en los departamentos de MORDAZA de MORDAZA y Ucayali, la implementacion del articulo IV de la CITES, en lo relativo a la especie caoba; Que, asimismo, mediante Resolucion de Intendencia Nº 017-2005-INRENA-IFFS, de fecha 2 de febrero de 2005, se designan a los miembros de las seis brigadas de trabajo, que permitan a las Autoridades Cientifica y Administrativa CITES - Peru, en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, la implementacion del articulo IV de la CITES en lo relativo a la especie caoba; Que, el Informe Nº 001-2005-INRENA-IFFS-DCB/ BRIGADAO4, de fecha 3 de marzo de 2005, elaborado por la Brigada de Trabajo Nº 04, senala como objetivos especificos verificar la cantidad de individuos de la especie Caoba reportados en los Planes Operativos Anuales 20042005 de las concesiones forestales en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, asi como verificar la ubicacion de arboles de caoba in situ, de acuerdo a las coordenadas registradas en los Planes Operativos Anuales y su estado de aprovechamiento; Que, el referido Informe, concluye que, de los 20 arboles de caoba programados para evaluar, no se encontro ninguno, tomando como referencia las coordenadas de los individuos indicadas en el POA; se encontraron 02 tocones de caoba dentro de la Parcela de Corta Anual, que equivalen aproximadamente al 4% del total de individuos de caoba, que figuran en el POA 2004-2005; y la ubicacion de los individuos no coincide con la informacion del POA (tomando en cuenta las coordenadas UTM); Que, mediante Carta Nº 002-2005-MAPROIN-SAC-GG, de fecha 17 de marzo de 2005, la empresa Maderera de Aprovechamiento Integral S.A.C. presenta ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Tambopata - MORDAZA, sus descargos a las observaciones encontradas por la Brigada de Trabajo Nº 04 al Plan Operativo Anual 2004-2005, manifestando, entre otros que, de conformidad al Acuerdo de Asistencia Tecnica y Financiera suscrito por MAPROIN S.A.C. con la World Wildlife Fund Inc. (WWF) - Oficina Peru, la mencionada ONG, fue la responsable de los trabajos de MORDAZA para la elaboracion del POA 2004-2005; que, los trabajos de aprovechamiento, transformacion y transporte del producto, se realizaron mediante la modalidad de contratos al destajo con aserradores; que, durante los trabajos de aprovechamiento en el POA 2004-2005, el concesionario recibio hasta dos reportes de los aserradores, en el sentido que la ubicacion de los arboles de caoba aprovechables no coincidian con los del plano de dispersion, pero no les presto mayor atencion; que, al recibir la notificacion de la inspeccion CITES, recien le da importancia a los reportes de la desubicacion de los arboles aprovechables de caoba y contrata los servicios de la empresa ECOBOSQUE S.R.L., para que verifique la ubicacion de los arboles aprovechables en base al POA 2004-2005, percatandose que el asesor forestal habia realizado un censo forestal completamente irresponsable; Que, el concesionario Maderera de Aprovechamiento Integral S.A.C., concluye, entre otros, que el mayor responsable de estas anomalias es el Asesor Forestal Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el senor MORDAZA MORDAZA Reynel, contratados por la World Wildlife Fund Inc. (WWF) - Oficina Peru; que, MAPROIN S.A.C., en ningun momento ha realizado extraccion de MORDAZA caoba en areas no autorizadas, ni ha incentivado la MORDAZA y comercio ilegal de MORDAZA, se ha limitado a extraer los arboles aprovechables y las trozas abandonadas por los extractores ilegales dentro de la Parcela de Corta Anual 2004; y solicita al INRENA realizar una inspeccion ocular a la Parcela de Corta Anual 2004, a fin de verificar que los volumenes de MORDAZA caoba descargados y movilizados por MAPROIN S.A.C., son producto del aprovechamiento de arboles encontrados en pie y de trozas abandonadas por extractores ilegales dentro de la Parcela de Corta Anual 2004;

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