Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2005 (12/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, viernes 12 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de Seleccion correspondiente. Que, el literal e) del articulo 19º de la Ley, establece que las Adquisiciones o Contrataciones de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico se encuentran exonerados de los Procesos de Seleccion, siendo dicha causal procedente cuando la necesidad de la entidad solo pueda ser satisfecha por un determinado servicio, que al mismo tiempo es brindado o prestado por un solo proveedor, resultando imposible la concurrencia abierta de postores dado que solo la persona o entidad que posee la preminencia o privilegio de la prestacion podra presentarse para formular la oferta que satisfaga la exigencia de la institucion. Que, de lo expuesto podemos decir que se configuraria el supuesto reconocido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establecido en el articulo 19º inciso e) sobre servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico, en la medida que el servicio posee caracteristicas singulares que determinan tal caracter y que permitirian el normal funcionamiento del Servicio de Administracion Tributaria dentro de los parametros de eficiencia operativa e integracion organizada, garantizando continuidad y desarrollo del servicio que se brinda. Que, el Sr. MORDAZA MORDAZA Kooyip Lau, propietario del inmueble ubicado en la avenida La MORDAZA Nº 2993, distrito de San MORDAZA, se constituiria en el proveedor unico que puede ofrecer en arrendamiento, segun las caracteristicas singulares que la entidad requiere. Por ende, se trata de un servicio que no admite sustitutos y que solo puede ser ofrecido bajo dicha modalidad por este unico proveedor. Que, por lo tanto, y conforme a lo dispuesto en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado procede la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para el arrendamiento del inmueble ubicado en la avenida La MORDAZA Nº 2993, distrito de San MORDAZA, previsto en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Administracion Tributaria para el ano 2005. Que, de lo expuesto y de conformidad con el Informe Legal Nº 004-082-00000308, se configuraria el supuesto reconocido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establecido en el articulo 19º inciso e) sobre servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico, en la medida que el servicio a ser prestado posee caracteristicas singulares que determinan tal caracter y que permitirian el normal funcionamiento de la organizacion del Servicio de Administracion Tributaria dentro de los parametros de calidad, eficiencia operativa e integracion organizada, garantizando continuidad y desarrollo del servicio que se brinda. Que, conforme a lo dispuesto en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado procede la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para el arrendamiento del inmueble ubicado en el distrito de San MORDAZA, previsto en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Administracion Tributaria para el ano 2005. De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 11-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6º del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para el arrendamiento del inmueble ubicado en la avenida La MORDAZA Nº 2993, distrito de San MORDAZA para el funcionamiento de la Agencia Descentralizada del SAT, por el periodo de doce (12) meses comprendido entre agosto de 2005 y MORDAZA de 2006, por un valor de US$ 26,880.00 (Veintiseis mil ochocientos ochenta y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) incluido todo MORDAZA de concepto, gastos y tributos. Articulo 2º.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con "Recursos Directamente Recaudados", encontrandose dicho gasto

debidamente presupuestado e incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Administracion Tributaria para el ano 2005. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que proceda a la contratacion indicada conforme lo prescrito por el articulo 146º y siguientes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y el articulo 147º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ONETO Servicio de Administracion Tributaria 14104

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Anexo de la Ordenanza Nº 17-99/MDB sobre Internamiento de bienes que ocupan la via publica
ANEXO - ORDENANZA Nº 17-99/MDB
(La Ordenanza de la referencia se publico en la edicion del 16 de diciembre de 2000. Se publica el Anexo a solicitud de la Municipalidad de Brena, mediante Oficio Nº 0882005-SG/MDB, recibido el 10 de agosto de 2005). GERENCIA DE VIGILANCIA VECINAL RELACION DE VEHICULOS EN ABANDONO DENTRO DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. AUTO SUBARU COLOR PLOMO-PLACA GQ 5898- JR. RESTAURACION 281 AUTO VOLVO COLOR AZUL-PLACA HG 2914-JR. RESTAURACION 441 AUTO DATSUN COLOR CELESTE-PLACA CL 3618- JR. RESTAURACION 430 STATION WAGON SUBARU COLOR CREMA-PLACA TG 7731-JR. HUANCABAMBA 12 STATION WAGON SUBARU COLOR ROJO-PLACA TQ 1874-JR. HUANCABAMBA 12 DATSUN COLOR GUINDA- HI 9620-JR. MORDAZA 16 CAMIONETA CHEVROLET COLOR VERDE-PLACA RI 4966- JR. MORDAZA 16 VOLSWAGEN COLOR MORDAZA SIN PLACA- JR. MORDAZA 16 FORD TEMPO COLOR MORDAZA ­PLACA EO 8210-JR. AZCONA 1185 DATSUN INCENDIADO POR DROGADICTOS-PLACA FG 2062-JR. YAPURA CON PARIACOTO LADA COLOR BLANCO-PLACA JG 3473-JR. YUNGAR N° 160 MORDAZA STATION WAGON COLOR VERDE-PLACA TI 1623-JR YUNGAR 172 RALLYE GT COLOR AMARILLO-PLACA LI 3117-JR. AGUARICO CDRA.2 LADA COLOR NEGRO-PLACA KG 5492-JR. AGUARICO 235 LADA COLOR MORDAZA ­PLACA AG 3327-JR. AGUARICO 229 TOYOTA COLOR MORDAZA SIN LLANTAS LADO DERECHO-PLACA EQ 7758JR. YURUA 523 DATSUN COLOR AMARILLO-PLACA SI 8789-JR. YURUA CON CARHUAZ HILLMAN DE COLOR GUINDA-PLACA SG 3659-JR. MORDAZA 213 KENWCO DE COLOR ROJO-PLACA DO 9227-JR. MORDAZA 329 FORD COLOR AZUL-PLACA KQ 8919-JR. MORDAZA 335 MUSTANG DE COLOR ROJO-PLACA IG 2109-JR. MORDAZA 337 PEUGEOT COLOR MORDAZA CIELO-PLACA BI 9448-JR. MORDAZA 350 TOYOTA COLOR CELESTE-PLACA CQ 6667- JR. HUANTAR 167 DATSUN COLOR AZUL-PLACA BG 2785-JR.LORETO 657 VOLSWAGEN COLOR MORDAZA SIN PLACA-JR. BOLIVIA 978 DATSUN COLOR MORDAZA ­PLACA II 9666-PASAJE NACARINO 136 SUBARU MORDAZA COMBI-PLACA RGX 581-JR. POMABAMBA 653 TOYOTA COLOR AMARILLO-PLACA AQ 5024-JR. POMABAMBA 6 COSTADO DE UNA FABRICA COLOR AMARILLO-PLACA LI 3117-JR. AGUARICO 261 COLOR DORADO-PLACA HG 5338-JR.AGUARICO 460 COLOR AZUL-PLACA AG 3512-JR. RECUAY 868

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