Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2005 (12/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de agosto de 2005

cincuenta y cinco y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America), incluido todo MORDAZA de concepto, gastos y tributos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- El MORDAZA de seleccion referido en el articulo anterior se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT para el ano fiscal 2005 y sera financiado con operaciones oficiales de credito interno, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que proceda a la contratacion indicada conforme lo prescrito por el articulo 146º y siguientes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y el articulo 147º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ONETO Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 14103

Exoneran de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva el arrendamiento de inmueble para el funcionamiento de Agencia Descentralizada del SAT
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT
RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-04-00000882 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 003-082-00000025, de fecha 27 de MORDAZA de 2005, emitido por la Gerencia de Administracion y el Informe Legal Nº 004-082-00000308, de fecha 27 de MORDAZA de 2005, emitido por la Gerencia de Asuntos Legales respectivamente, que sustentan la configuracion del supuesto de servicio que no admite sustituto y exista de proveedor unico, previsto en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorandum Nº 20-092-00000081 de fecha 13 de MORDAZA de 2005, el Jefe encargado del Departamento de Atencion al Administrado solicito al Gerente de Administracion la renovacion del contrato de alquiler de la Agencia Descentralizada de San MORDAZA, ubicada en la avenida La MORDAZA Nº 2993. Que, el 19 de MORDAZA de 2005, mediante Resolucion de Gerencia de Administracion Nº 03-05-00000151, se aprobo modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a fin de incluir el alquiler de la agencia descentralizada del SAT. Que, mediante Carta Nº 049-091-00000136 del 21 de MORDAZA de 2005 enviada por el Jefe de Division de Logistica al Sr. MORDAZA MORDAZA Kooyip Lau, solicitaron su disponibilidad de renovar el contrato de arrendamiento del inmueble, manteniendo las condiciones ofertadas en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 026-06-2004-SAT. Que, el 21 de MORDAZA de 2005, el Sr. MORDAZA A. Kooyip Lau mediante carta s/n manifiesta aceptar la renovacion el

contrato de arrendamiento, manteniendo el precio y las condiciones pactadas en el contrato respectivo. Que, el 22 de MORDAZA de 2005, mediante el Memorandum Nº 049-92-00001296, el Jefe de la Division de Logistica solicito la disponibilidad presupuestal a la Division de Presupuesto por un monto ascendente a US$ 26,880.00 (Veintiseis mil ochocientos ochenta y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America), para la renovacion del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la avenida La MORDAZA Nº 2993, distrito de San Miguel. Que, mediante la Hoja de Requerimiento Nº 1200504901, la Division de Presupuesto otorgo la disponibilidad presupuestal por el periodo fiscal de 2005 por un monto ascendente a US$ 11,200.00 (Once mil doscientos dolares de los Estados Unidos de America) que al MORDAZA de cambio a la fecha ascendia a S/. 36,512.00 (Treinta y seis mil quinientos doce y 00/100 nuevos soles), correspondiente al periodo agosto de 2005 a diciembre de 2005 por los primeros cinco (5) meses de contrato, puesto que para los siete (7) meses restantes de contrato se afectara en su momento el ejercicio fiscal 2006. Que, de acuerdo con el Informe Tecnico Nº 003-08200000025 emitido por la Gerencia de Administracion, el alquiler del inmueble ubicado en el distrito de San MORDAZA debe mantenerse por razones de eficiencia, puesto que el nivel de atencion en esta agencia se incrementa cada dia, dado que esta ubicado en un punto estrategico con gran afluencia de publico. Que, la importancia del funcionamiento de las agencias descentralizadas se aprecia en el impacto de las mismas en el MORDAZA de atencion a los administrados y en los tiempos de espera, representando en la actualidad dichas atenciones el 70.68% respecto de las realizadas en la Oficina Principal. Que, el Informe Tecnico senala ademas que un posible cambio de local comprometeria en forma directa la continuidad de los servicios en razon a las operaciones de recaudacion que el SAT tiene a su cargo en dicha agencia afectando tambien los niveles de atencion y el retorno de la inversion en infraestructura realizada por el SAT para el inicio de operaciones en dicha agencia. Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, establece los casos en que las Adquisiciones y Contrataciones realizadas por una Entidad estan exoneradas de los Procesos de Seleccion segun la causal incurrida. Que, al respecto, el articulo 20º de la Ley en mencion, dispone que todas las exoneraciones salvo las que se traten de la Contratacion de Servicios Publicos sujetos a tarifas cuando estas MORDAZA unicas, deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que requiere obligatoriamente de un Informe Tecnico-Legal previo, para luego ser publicado en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion. Adicionalmente, debera publicarse a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Que, el articulo 144º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, establece el supuesto para que se configure la causal de bienes o servicios que no admiten sustitutos, senalando que: "En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor." Que, asimismo, el articulo 148º del mismo Reglamento, establece lo siguiente: "La entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico." Que, el articulo precedente establece el procedimiento para las Adquisiciones y Contrataciones exoneradas de los Procesos de Seleccion, el mismo que se circunscribe a la omision del MORDAZA de Seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones,

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