Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2005 (12/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, viernes 12 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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en la ejecucion de la Partida 03.04.01 Imprimacion, al iniciarse su ejecucion sin contar con la maquinaria y los materiales de construccion necesarios para la elaboracion de la carpeta asfaltica que debia ser aplicada consecutivamente, ocasionando que se deteriore completamente la Partida de Imprimacion, la cual fue nuevamente ejecutada por un monto ascendente a S/. 18 080,36 (Dieciocho mil ochenta y 36/100 Nuevos Soles); hechos MORDAZA expuestos que constituyen perjuicio economico irrogado a la entidad que requiere ser resarcido, de conformidad con lo establecido en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785- Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica para que impulse las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785-Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13992

intangibilidad de las Areas Naturales Protegidas como es el caso de los Parques Nacionales, evidenciando un presunto interes indebido en las acciones de los ex funcionarios de la entidad, quienes obviaron o no acataron en su caso el pronunciamiento del INRENA sobre el particular, favoreciendo a los beneficiarios de las concesiones, en perjuicio de la conservacion del MORDAZA Nacional; constituyendo dicha conducta, hechos que configuran indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Abuso de Autoridad y Aprovechamiento Indebido de Cargo, previstos y penados por los articulos 376º y 397º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que la ejecucion directa de la accion de control se encuentre presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el informe de Visto; y, De conformidad, con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales, por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13993

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra ex funcionarios del INACC por presunta comision de delitos
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 356-2005-CG
MORDAZA, 8 de agosto de 2005 Visto, el Informe Especial Nº 222-2005-CG/MAC, resultante de la Auditoria de Gestion al Ministerio de Energia y Minas - Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, periodo correspondiente del 1.Ene.2003 al 30.Jun.2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, como una accion de control no programada en el Plan Anual del ano 2004 de la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Cultural, dispuso la ejecucion de una auditoria de gestion al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero INACC (ex Registro Publico de Mineria), a fin de determinar el grado de cumplimiento de sus funciones, objetivos y metas, en la tramitacion y otorgamiento de titulos de concesiones mineras en el MORDAZA Nacional Huascaran y su MORDAZA de amortiguamiento durante el periodo Ene.2003 - Jun.2004, comprendiendo hechos anteriores y posteriores a dichas fechas, de acuerdo a las circunstancias; Que, en la ejecucion de la auditoria de gestion practicada al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, la Comision Auditora evidencio el reconocimiento y creacion de concesiones mineras al interior del Nucleo del MORDAZA Nacional Huascaran, en contravencion de la legislacion que prescribe la

ONPE
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a trabajadores para que cumplan con devolver saldos de viaticos otorgados en comision de servicios
RESOLUCION JEFATURAL Nº 215-2005-J/ONPE
MORDAZA, 10 de agosto de 2005 Vistos, el Informe Nº 013-2003-GCI/ONPE "Examen Especial sobre Anticipos Pagados por Adelantado" de la Gerencia de Control Institucional, el Informe Nº 70-2005GAF/ONPE y el Memorando Nº 1365-2005-GAF-ONPE de la Gerencia de Administracion y Finanzas, los Informes Nº 080-2005-TAC-GAJ/ONPE y Nº 085-2005-TAC-GAJ/ ONPE y el Memorando Nº 528-2005-GAJ/ONPE de fecha 3 de MORDAZA de 2005, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado de la accion de control citada en el documento de vistos, la Gerencia de Control Institucional, recomendo a la Gerencia de Administracion y Finanzas que adopte las acciones necesarias tendentes a esclarecer las razones por las cuales las devoluciones de los saldos de anticipos otorgados para viaticos en comision de servicios, de acuerdo a las copias de la documentacion sustentatoria entregada a dicha comision auditora y explicaciones escritas formuladas por los trabajadores, aun aparecen como deudores de dichos saldos;

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