Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2005 (12/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 12 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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fiscalizadora, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 20 de junio de 1996 obtuvo la Partida de Inscripcion Nº 10636396, registra como fecha y lugar de nacimiento el 05 de MORDAZA de 1976 en el distrito, provincia y departamento de Lima; Que, mediante el Formulario de Identidad Nº 01306811 de fecha 09 de junio de 1997, el ciudadano HELDER MORDAZA MORDAZA obtuvo la Inscripcion Nº 40173435, registra como fecha y lugar de nacimiento el 22 de febrero de 1978 en el distrito, provincia y departamento de Lima; Que, con fecha 23 de enero del 2004, a traves del Formulario de Identidad Nº 19516378, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita en forma irregular, la expedicion del DNI Nº 40173435 a nombre de HELDER MORDAZA MORDAZA, mediante tramite de rectificacion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves del Oficio Nº 4506-2004-MML-DMSC-DRC, remite MORDAZA de las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y HELDER MORDAZA ANDRADE; Que, mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 250/2004/GP/BG/RENIEC, se determina que las impresiones dactilares registradas en el Formulario de Identidad Nº 19516378 a nombre de HELDER MORDAZA MORDAZA pertenecen al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 10636396; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANDRADE; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision del delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 13932

Suprema en lo Contencioso Administrativo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Supremo Titular, del 12 al 31 de agosto de 2005; Que, mediante Oficio Nº 218-2005-P/JNE de fecha 10 de agosto de 2005, el Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones hace de conocimiento que la Ceremonia de Juramentacion del doctor MORDAZA Penaranda MORDAZA como Representante Titular del Ministerio Publico ante el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, se realizara el dia lunes 15 del mes en curso, por lo que resulta necesario modificar la resolucion mencionada en el considerando precedente; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo primero de la Resolucion de la Fiscalia de Nacion Nº 1583-2005-MP-FN; en consecuencia, encargar el Despacho de la Fiscalia Suprema en lo Contencioso Administrativo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Supremo Titular, del 15 al 31 de agosto de 2005. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al senor Presidente del Poder Judicial, al Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema en lo Contencioso Administrativo, a la Gerencia General, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales y al Fiscal Adjunto Supremo mencionado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 14038

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de telefonia movil por causal de desabastecimiento inminente
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1606-2005-MP-FN
MORDAZA, 11 de agosto de 2005 VISTOS: El Informe Nº 345-2005-MP-FN-GECLOG-GESER, Informe Nº 574-2005-MP-FN-GECLOG-GEPROG, Oficio Nº 066-2005-MP-FN-GECRE-GEPRES, Informe Nº 6512005-MP-FN-OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo senalado en el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el citado articulo, en concordancia con el 141º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senalan que cuando el desabastecimiento se produzca como consecuencia del obrar negligente de la propia Entidad, es decir cuando sea imputable la inaccion o demora en el accionar de un servidor publico que omitio adoptar las acciones pertinentes con el fin de asegurar la provision de un servicio esencial, en la Resolucion exoneratoria, bajo sancion de nulidad, debera disponerse el inicio de las medidas para el establecimiento

MINISTERIO PUBLICO
Encargan Despacho de la Fiscalia Suprema en lo Contencioso Administrativo a Fiscal Adjunto Supremo Titular
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1599-2005-MP-FN
MORDAZA, 10 de agosto de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1583-2005-MP-FN, se encargo el Despacho de la Fiscalia

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