Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2005 (12/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de agosto de 2005

Que, el Instituto Nacional de Desarrollo ­ INADE, es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Vivienda y que tiene a su cargo los Proyectos Especiales que le encargue el Gobierno Central, entre los cuales se encuentra el Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur; Que, mediante el Oficio del visto, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur, solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de maquinaria pesada para la ejecucion de la obra "Construccion MORDAZA Rural Huaribamba ­ Inyacc", la misma que se sustenta en el hecho de que el servicio requerido debe efectuarse con las Municipalidades Distritales de Huaribamba, Acostambo y Salcabamba, en tanto ofrecen condiciones mas favorables y ventajosas en comparacion con los precios del mercado; Que, los Articulos 19º, inciso a) y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realizan entre entidades del sector publico, de acuerdo a los criterios de economia que establezca el Reglamento, las mismas que se realizan mediante acciones inmediatas, debiendo aprobarse la exoneracion por Resolucion del Titular del Pliego, previo Informe Tecnico Legal; Que, el Articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, mediante Informes Tecnicos Nº 0129-2005-INADEPESCS-DOE y Nº 068-2005-INADE-PESCS/DOE-WHP e Informe Legal Nº 047-2005-INADE-PESCS/AL, la Direccion de Obras y Estudios y la Oficina de Asesoria Juridica del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur, respectivamente, se han pronunciado a favor de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para contratar con las Municipalidades Distritales de Huaribamba, Acostambo y Salcabamba, el servicio de alquiler de maquinaria pesada, para movimiento de tierras, para la obra "Construccion MORDAZA Rural Huaribamba ­ Inyacc", hasta por la suma de S/. 194,900.00, por encontrarse acreditado que dicha contratacion resulta ser la mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, asi como tecnicamente idonea y viable; adjuntandose para dicho efecto la Declaracion Jurada de no habitualidad de la referida Entidad, por lo que se cumplen con las condiciones previstas en el Articulo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica y la Gerencia de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA del INADE, mediante Informe Legal Nº 071-2005-INADE-3201-OGAJ y Memorandum Nº 323-2005-INADE-5201/GPSS, respectivamente, han manifestado su opinion favorable para la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, por estar comprendida en la situacion contemplada en el inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en ese sentido, se justifica la solicitud de exoneracion presentada por el Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur, para contratar el servicio de alquiler de maquinaria pesada para la ejecucion de la obra "Construccion MORDAZA Rural Huaribamba ­ Inyacc" con las Municipalidades Distritales citadas, por el monto y plazo senalado en los Informes Tecnicos Nº 006-2005-INADE5201/GOO y Nº 0129-2005-INADE-PSCS-DOE con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, de acuerdo al Articulo 6º del Decreto Supremo Nº003-2003-VIVIENDA, el Presidente Ejecutivo del INADE es la mas alta autoridad de la institucion y es el Titular del Pliego Presupuestal, razon por la cual resulta ser la autoridad competente para aprobar la referida exoneracion; Con las visaciones de la Gerencia de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA y de la Oficina General de Asesoria Juridica; Estando a lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y los Articulos 139º y 146 al 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES, modificado por Decreto Supremo Nº 0032003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur del MORDAZA de Seleccion correspondiente para contratar el servicio de alquiler de maquinaria pesada para la ejecucion de la obra "Construccion MORDAZA Rural Huaribamba - Inyacc", a celebrarse con las Municipalidades Distritales de Huaribamba, Acostambo y Salcabamba, por el plazo de cuatro (04) meses, por un monto total de S/.194,900.00, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, conforme a la descripcion que a continuacion se detalla:
Municipalidad Caracteristicas Maquinaria Horas Maquina CU (S/.) 140.00 178.00 178.00 CP (S/.) 52,500.00 71,200.00 71,200.00 194,900.00

M.D. Huaribamba M.D. Acostambo

Tractor Oruga CAT D6M-XL 375.00 Tractor Oruga CAT D7G 400.00 400.00 1,175.00

M.D. Salcabamba Tractor Oruga CAT D7G TOTALES

Articulo 2º.- La Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur queda encargada de contratar la adquisicion del referido suministro en forma directa mediante acciones inmediatas, conforme a lo previsto por el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer la remision de la presente Resolucion y los Informes que sustenta la referida exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como, su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro de los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo Instituto Nacional de Desarrollo 13974

RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 076-2005-INADE-1100
MORDAZA, 1 de agosto del 2005 Visto, el Oficio Nº 315-2005-INADE-7100, de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur ­ PESCS; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo ­ INADE, es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Vivienda y que tiene a su cargo los Proyectos Especiales que le encargue el Gobierno Central, entre los cuales se encuentra el Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur; Que, mediante el Oficio del visto, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur, solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de maquinaria pesada para la

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