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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (14/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G35/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de agosto de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra la representante legal de la empresa Constructora Amazonas 2000 S.A.C. y contra todos los que resulten responsables, de conformidad con la Resolución Nº 232- 2005-CONSUCODE/PRE, que constituye parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 14247 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G52/GDA/G20 /G61/G6C/G20 /G52/G65/G69/G6E/G6F/G20 /G55/G6E/G69/G64/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G47/G72/G61/G6E /G42/G72/G65/G74/G61/GF1/G61/G20/G65/G20/G49/G72/G6C/G61/G6E/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2005-MINCETUR/DM Lima, 11 de agosto de 2005Vista la Carta Nº C.595.2005/PP.GG de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú; CONSIDERANDO:Que, acorde con sus funciones, PromPerú tiene previsto participar en la Feria Internacional de Turismo "The British Birdwatching Fair - Bird Fair 2005", a llevarse a cabo en la ciudad de Rutland, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 19 al 21 de agosto del presente año, evento que permitirá exponer el producto turístico peruano ante el segmento de turistas dedicados a la observación de aves, actividad que contribuirá al logro de los fines institucionales; Que, dada la trascendencia de la Feria Internacional de Turismo "The British Birdwatching Fair - Bird Fair 2005", el Gerente General de PromPerú solicita se autorice el viaje de la señora Lyda García Cortés, profesional que presta servicios en la Gerencia de Turismo Receptivo de PromPerú, para que participe en dicha Feria, desarrollando diversas actividades vinculadas a la promoción turística; Que, la participación de PromPerú en la citada Feria se encuentra dentro del marco del Plan Anual del Fondo de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el 2005, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 435- 2004-MINCETUR/DM, por lo que contribuirá al logro de los fines institucionales; Contando con la visación de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia Legal y la Gerencia General de PromPerú; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 28427, 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015- 2004, Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Rutland, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de la señora Lyda García Cortés, profesional que presta servicios en la Gerencia de Turismo Receptivo de PromPerú, del 15 al 23 de agosto de 2005, para que participe en la Feria "The British Birdwatching Fair - Bird Fair 2005".Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción del Perú – PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 260,00 x 07 ½ días) : US$ 1 950,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 650,00 - Tarifa Corpac : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el viaje que se autoriza. Asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 14110 /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G2C/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G2C/G20/G61/G63/G65/G72/G76/G6F/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F /G79/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G20/G43/G4F/G4E/G41/G46/G52/G41/G4E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 239-2005-MINCETUR/DM Lima, 11 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28569 - Ley que otorga autonomía a los CETICOS, ha creado la Comisión Nacional de Zonas Especiales de Desarrollo - CONAZEDE, como organismo público descentralizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, encargado de supervisar a los CETICOS y a las Zonas Francas; Que, igualmente, la mencionada Ley ha dispuesto la desactivación de la Comisión Nacional de Zonas Francas, Zonas de Tratamiento Especial y Zonas Especiales de Desarrollo - CONAFRAN, organismo público descentralizado del Sector Comercio Exterior y Turismo; estableciendo que, dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la fecha de su publicación, la ex CONAFRAN debe transferir su patrimonio, activo y pasivo a los CETICOS según corresponda. Además, la ex CONAFRAN debe transferir a la Junta de Administración del CETICOS Ilo los saldos provenientes del arancel especial del 17% recaudado por el ex CETICOS Tacna, en aplicación del Decreto Legislativo Nº 842; así como los saldos provenientes del arancel especial de 5% recaudados por la ZOFRATACNA, en aplicación de la Ley Nº 27688 y el Decreto Supremo Nº 021-2003-MINCETUR; Que, la realización por parte de la ex CONAFRAN de las transferencias dispuestas por la Ley Nº 28569, mencionadas en el considerando precedente, implica la ejecución de diversas acciones propias de una entidad en proceso de desactivación, a fin de culminar sus actos de gestión tales como la elaboración del estado financiero y presupuestario correspondiente al corte de sus actividades, determinar los saldos a transferir a los CETICOS y a CONAZEDE, y demás acciones que le permitan cumplir sus obligaciones con el personal y frente a los usuarios y terceros; Que, asimismo, la citada Ley dispone que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dentro del plazo sesenta (60) días siguientes a la fecha de publicación de la Ley Nº 28569 antes mencionada, constituirá una Comisión de Transferencia del acervo documental, bienes y personal de la ex CONAFRAN a CONAZEDE; transferencia que debe realizarse una vez culminada la transferencia mencionada en el segundo considerando de la presente Resolución Ministerial, con la cual la ex CONAFRAN habrá culminado su desactivación conforme a lo dispuesto por Ley;