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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G36/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de agosto de 2005 mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 14254 /G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G42/G61/G6E/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6F/G73 /G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G47/G4C/G50/G2C/G20/G47/G61/G73/G6F/G6C/G69/G6E/G61/G73/G2C/G20/G4B/G65/G72/G6F/G73/G65/G6E/G65/G2C /G44/G69/G65/G73/G65/G6C/G20/G32/G20/G79/G20/G50/G65/G74/G72/GF3/G6C/G65/G6F/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 246-2005-EM/DGH Lima, 12 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creó el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, como fondointangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petróleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del mercado interno; dispositivo legalque fue ampliado en su vigencia por ciento ochenta (180) días calendario mediante Decreto de Urgencia Nº 007- 2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha15 de marzo de 2005; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementariasdel Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designó como Administrador del Fondo a la Dirección General deHidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 010- 2004 dispone, que es obligación del Administrador delFondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periódicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de losProductos; Que, el artículo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF prevé que elAdministrador del Fondo deberá publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas de Precios; Que, con fecha 9 de agosto de 2005 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la última actualización de las Bandas de Precios para todos los Productos; Que, al haberse incrementado el precio del petróleo en el mercado internacional es necesario actualizar las Bandas de Precios para los todos los Productos; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementariasdel Decreto de Urgencia Nº 010-2004, así como del Decreto de Urgencia Nº 007-2005 que amplía el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- Actualizar y Publicar las Bandas de Precios para los Productos: GLP, Gasolinas 97, 95, 90 y84, Kerosene, Diesel 2, Petróleo Industrial Nº 6 y Petróleo Industrial 500. PRODUCTOS LÍMITE LÍMITE Soles por Galón SUPERIOR INFERIOR GLP Soles por Kg. 2,00 1,90 GASOLINA 97 6,73 6,63 GASOLINA 95 6,60 6,50 GASOLINA 90 5,98 5,88PRODUCTOS LÍMITE LÍMITE Soles por Galón SUPERIOR INFERIOR GASOLINA 84 5,82 5,72 KEROSENE 6,62 6,52 DIESEL 2 6,70 6,60 Petróleo Industrial Nº 6 3,88 3,78 Petróleo Indus trial 500 3,66 3,56 Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO A. NAVARRO VALDIVIA Director General de Hidrocarburos 14253 INTERIOR /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G6C /G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1875-2005-IN Lima, 13 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 1513-2004-IN de fecha 6 de agosto del 2004 se designó a la abogada Silvana Patricia EllAS NARANJO, en el cargo público de confianza de Asesor II del Despacho Viceministerial delInterior; Que, vista la renuncia al cargo antes referido, presentada por la mencionada funcionaria, se ha vistopor conveniente aceptarla y darte las gracias por los servicios prestados; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley delMinisterio del Interior y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia formulada por la señorita abogada Silvana Patricia ELlAS NARANJO, en el cargo público deconfianza de Asesor II del Despacho Viceministerial del Interior, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- Dar por concluida las designaciones efectuadas a la mencionada funcionaria como representante del Ministerio del Interior en las diversascomisiones o grupos de trabajo. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 14250 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20 /G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20 /G64/G65/G20 /G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20 /G64/G65/G6C /G47/G61/G62/G69/G6E/G65/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G74/G61/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1876-2005-IN Lima, 13 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 1211-2005-IN de fecha 25 de mayo del 2005, se designó al Ing. Carlos