Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2005 (15/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de agosto de 2005



CONTRATISTA

Nº REG.

Nº RESOLUCION (*)

SUMILLA DE RESOLUCION

11 INVERSIONES M.H.L. SOCIEDAD ANONIMA CERRADA (INVERSIONES M.H.L. S.A.C)

10865

Nº 1087 de fecha 21.09.2004; asi como disponer el inicio de las acciones legales correspondientes contra el representante legal de la empresa e imponer la multa respectiva. Resolucion de Presidencia Declarar la NULIDAD de la Resolucion de Gerencia Nº 235-2005Nº 2386-2004/CONSUCODE/GR del 25.11.2004 que aproCONSUCODE/PRE del bo su INSCRIPCION como Ejecutor de Obras en el Registro 21.06.2005. Nacional de Contratistas (hoy Registro Nacional de Proveedores) y del Certificado de Inscripcion Nº 1343 de fecha 26.11.2004; asi como disponer el inicio de las acciones legales correspondientes contra el representante legal de la empresa e imponer la multa respectiva.

(*) El texto de la Resolucion se encuentra en nuestra pagina Web cuya direccion es: http//:www.consucode.gob.pe MORDAZA, Agosto de 2005 Gerencia de Registros

relativas a las actividades maritimas, fluviales y lacustres; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Carga Peligrosa y a lo recomendado por el Director del Medio Ambiente y a lo opinado por el Director Ejecutivo de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas; SE RESUELVE: 1. Disponer que todo embarque de harina de pescado estabilizada y desechos de pescado estabilizados, deben contar para el transporte por via acuatica con el Certificado de Carga No Peligrosa, el mismo que sera expedido por la Capitania Guardacostas Maritima de la localidad de embarque, previa MORDAZA del Informe de Inspeccion de Preembarque elaborado por una Compania Certificadora autorizada por la Direccion General, y del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru ­ Direccion General de Capitanias y Guardacostas (TUPAM-15001). 2. El informe de Inspeccion de Pre-embarque elaborado por una Compania Certificadora debera contar con la informacion requerida en el Anexo "A" de la presente Resolucion. 3. Los resultados de los analisis quimicos efectuados a la harina de pescado estabilizada y a los desechos de pescado estabilizados, deberan encontrarse dentro de los parametros establecidos en el "Codigo Maritimo Inter nacional de Mercancias Peligrosas" (Codigo IMDG), para poder ser certificados como carga no peligrosa. 4. La validez del Certificado de Carga No Peligrosa, expedido por la Capitania Guardacostas Maritima, sera concordante con la validez del Informe de Preembarque correspondiente. 5. La Autoridad Maritima efectuara los analisis que considere necesarios a fin de comprobar la veracidad de los resultados presentados. En caso que los resultados no fueran conformes, MORDAZA lugar a las sanciones administrativas y a la denuncia penal que corresponda. 6. Aprobar el modelo del Certificado de Carga No Peligrosa, el mismo que como anexo "B" forma parte de la presente Resolucion. Registrese y publiquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.). MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Capitanias y Guardacostas

Anexo "A" a la Resolucion Directoral Nº 235-2005/DCG INFORME DE INSPECCION DE PREEMBARQUE 1. EMBARCADOR: DIRECCION: 2. PRODUCTOR: DIRECCION: PRODUCTO: FECHA DE PRODUCCION: 3. BUQUE/NOMBRE: BANDERA: PUERTO EMBARQUE: PUERTO DESCARGA: 4. CANTIDAD/TIPO DE ENVASES: RUMAS: PESO BRUTO: 5. TEMPERATURA DE LA CARGA (ºC): 6. TEMPERATURA DEL AMBIENTE (ºC): 7. CONTENIDO DE: a.- HUMEDAD (%) Minimo y MORDAZA, en masa b.- GRASA (%) Minimo y MORDAZA, en masa c.- ANTIOXIDANTE (mg/kg o ppm) Minimo y MORDAZA 8. METODOS DE MUESTREO (Normas Tecnicas): 9. METODOS DE ANALISIS (Normas Tecnicas): a) GRASA b) HUMEDAD c) ANTIOXIDANTE 10.CONCLUSIONES: (Describir si se han detectado propiedades de autocalentamiento y si los resultados de los analisis se encuentran dentro de los parametros establecidos en el Codigo IMDG ). 11.LUGAR Y FECHA DEL MUESTREO Y ANALISIS: 12.FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE DE LA COMPANIA CERTIFICADORA DE PREEMBARQUE.

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