Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2005 (19/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 19 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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Legislativo Nº 560 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y en el Decreto Supremo Nº 011-2004-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejase sin efecto la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA Soza MORDAZA, como miembro de la Comision de Conmutacion de la Pena, efectuada mediante Resolucion Suprema Nº 260-2004-JUS, quedando subsistente en lo demas la mencionada Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Designase al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministro de Justicia ante la Comision de Conmutacion de la Pena. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 14533

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Adjunto de la Procuraduria Publica del Poder Judicial; Que, mediante documento de visto, se adjunta la carta de renuncia formulada por el citado profesional al cargo publico de confianza conferido, siendo necesario expedir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27594, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 25993 y el Reglamento para la designacion de Procuradores Publicos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptase, a partir del 1 de agosto de 2005, la renuncia formulada por el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Adjunto de la Procuraduria Publica del Poder Judicial, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 14535

Aceptan renuncia de Procuradores Adjuntos de la Procuraduria Publica del Poder Judicial
RESOLUCION SUPREMA Nº 181-2005-JUS MORDAZA, 18 de agosto de 2005 Visto: el Oficio Nº 1336-2005-PJ-CE/PP de fecha 9 de agosto de 2005, de la Procuradora Publica del Poder Judicial (e);
CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 189-2002JUS de fecha 12 de setiembre de 2002, se designo al senor abogado Erick MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Adjunto de la Procuraduria Publica del Poder Judicial; Que, mediante documento de visto, se adjunta la carta de renuncia formulada por el citado profesional al cargo publico de confianza conferido, siendo necesario expedir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27594, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 25993 y el Reglamento para la designacion de Procuradores Publicos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptase, a partir del 1 de agosto de 2005, la renuncia formulada por el abogado ERICK MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Adjunto de la Procuraduria Publica del Poder Judicial, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 14534

Disponen publicar la parte de "Hechos Establecidos" y parte resolutiva de la sentencia expedida en el caso Huilca Tecse Nº 11.768 tramitado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos
RESOLUCION SUPREMA Nº 183-2005-JUS
MORDAZA, 18 de agosto de 2005 VISTO: La sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de fecha 3 de marzo de 2005 en el caso MORDAZA Huilca Tecse; CONSIDERANDO: Que, mediante la sentencia de fecha 3 de marzo de 2005, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por unanimidad, declaro que el Estado Peruano habia violado en perjuicio de MORDAZA Huilca Tecse, diversos articulos de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos y por lo cual resolvio que el Estado debia reparar los danos causados por las violaciones; Que, de conformidad con el punto resolutivo 1.c) de la sentencia precitada, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado publicar en el Diario Oficial y en otro de circulacion nacional, tanto la seccion denominada "Hechos Establecidos" como la parte resolutiva de dicha sentencia; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y el articulo 63º de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos, aprobada por Decreto Ley Nº 22231; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la parte de "Hechos Establecidos" y la parte resolutiva de la sentencia de 3 de marzo de 2005 expedida en el caso Huilca Tecse Nº 11.768 tramitado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Articulo 2º.- Disponer la publicacion en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Justicia de la sentencia referida en el articulo precedente. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 14536

RESOLUCION SUPREMA Nº 182-2005-JUS
MORDAZA, 18 de agosto de 2005 Visto: el Oficio Nº 1338-2005-PJ-CE/PP de fecha 9 de agosto de 2005, de la Procuradora Publica del Poder Judicial (e); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 023-2003-JUS de fecha 4 de marzo de 2003, se designo al senor abogado

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