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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 305393 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de diciembre de 2005 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban operación de administración de deuda pœblica con Japan Peru Oil Co., Ltd.- JAPECO DECRETO SUPREMO Nº 162-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la República del Perú reprogramó su deuda con la empresa Japan Peru Oil., Ltd. –JAPECO- del Gobierno de Japón, en virtud a los acuerdos de reestructuraciónaprobados mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 134- 94-EF/75, 111-95-EF/75 y 125-99-EF/75; Que, el artículo 36º de la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, Ley Nº 28563, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público (DNEP), estáautorizado para realizar operaciones de administración de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de financiamiento y/o de mercado; Que, en el marco de dicha autorización, la República del Perú ha considerado conveniente realizar una operación de administración de deuda, a través de un prepago, totalo parcial, a la par, de la deuda con Japan Peru Oil Co., Ltd. –JAPECO- del Gobierno de Japón, cuyo financiamiento será a través de emisiones de bonos soberanos en elmercado local y/o internacional, con la finalidad de lograr su reperfilamiento; Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación de renegociación de la deuda pública, en aplicación del literall) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28423 y por la Ley Nº 28563; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación de operación de administración de deuda pública Apruébase la operación de administración de deuda, a través de un prepago, total o parcial, a la par, de la deuda con Japan Peru Oil Co., Ltd. –JAPECO- del Gobierno de Japón, descrita en la parte considerativa de esta normalegal, cuyo financiamiento será a través de emisiones de bonos soberanos en el mercado local y/o internacional. Artículo 2º.- Aprobación de la emisión de bonos soberanos Apruébase la emisión interna y/o externa de bonos soberanos, en una o más colocaciones según corresponda, hasta un monto equivalente en moneda nacional o en dólares de los Estados Unidos de América, segúncorresponda, a JPY 100 418 435 579,00 (Cien mil cuatrocientos dieciocho millones cuatrocientos treinta y cinco mil quinientos setenta y nueve y 00/100 de YenesJaponeses), como parte de la operación de administración de deuda aprobada en la presente norma legal. Artículo 3º.- Emisión interna de bonos soberanos Para los fines de la emisión interna de bonos soberanos, se aplicará lo dispuesto por el “Reglamento de la Emisión yColocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno” aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, excepto por lo establecido en los ítems ii) y iii) del literal b) delnumeral 3) de dicho Reglamento, debiéndose aplicar lo siguiente: “5.1 Segunda Vuelta Es el procedimiento que permite la colocación adicional de BONOS SOBERANOS mediante adjudicación directa.La segunda vuelta podrá ser llevada a cabo, a discreción de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, si en la subasta (o primera vuelta) el monto colocado equivale al monto ofertado. Los Creadores de Mercado que resulten adjudicatarios en la subasta o primera vuelta, tendrán el derecho exclusivo a participar y adjudicarse la proporción que se les asigne del monto a ser colocado en la segunda vuelta. La proporción que podrá ser adjudicada a cada Creador de Mercado participante en la segunda vuelta, será la resultante obtenida entre el monto que el Creador deMercado se haya adjudicado en la subasta y el monto total adjudicado por los Creadores de Mercado en la subasta. Las condiciones de la adjudicación, en términos de precioy tasa serán las mismas que las de la subasta. El monto total a ser adjudicado estará determinado de la siguiente manera: (i) Si el monto colocado equivale al monto ofertado en la primera vuelta, entonces el monto adicional a colocar enla segunda vuelta será equivalente al 50% del monto subastado en la primera vuelta. (ii) Si en la subasta o primera vuelta no se adjudicara el monto total ofrecido, no habrá segunda vuelta. La Dirección Nacional del Endeudamiento Público recibirá las propuestas para la segunda vuelta entre las 13.45 horas y 14.30 horas del mismo día en que se realiza la primera vuelta. 5.2 Tercera Vuelta Es el proceso de colocación directa de Bonos Soberanos que realiza la Unidad Responsable en el mercado primario, en forma adicional inmediata a la segunda vuelta. La tercera vuelta será llevada a cabo, sólo en el caso que no se coloquen los montos asignados en la segunda vuelta. La Unidad Responsable podrá realizar la colocaciónde Bonos Soberanos hasta por el monto no adjudicado en la segunda vuelta. A partir de las 14.30 horas, se comunicará a los Creadores de Mercado el monto del saldo disponible, los cuales dispondrán hasta las 15:30 horas para remitir su propuesta de compra. La adjudicación será proporcional cuando elnúmero de propuestas recibidas sea mayor de uno. En caso no se lleve a cabo la tercera vuelta, el resultado de la segunda vuelta se comunicará a los Creadores deMercado a partir de las 14.30 horas del mismo día de recepción de las propuestas. ” Artículo 4º.- Emisión internacional de bonos soberanos Para los fines de la emisión internacional, los bonos soberanos contarán con las siguientes características: Emisor : La República del Perú. Bancos Colocadores : Citigroup Global Markets Inc. Monto de Colocación o Colocaciones : Los montos serán determinados por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas antes, durante, ocuando concluya, el proceso denominado Bookbuilding. Moneda : Dólares de los Estados Unidos de América (EUA). Transacciones : Emisión de uno o más Bonos Globales denominado en Dólares de los EstadosUnidos de América. Mecanismo de Colocación : A través de un proceso denominado “Bookbuilding” en el que el Perúestablecerá el spread, cupón, plazo y precio del nuevo bono soberano. Formato : Bonos globales registrados en la Securities and Exchange Commission – SEC- de los Estados Unidos de América. Plazo / Vencimiento : Será determinado cuando se inicie el proceso de “Bookbuilding”. Pago de Cupón : Semestral con base de 30/360 días o en la periodicidad y base que determinen losusos del mercado en el que se realice cada colocación. Listado : Los bonos soberanos podrán ser listados, admitidos o no listados, ni admitidos. Negociabilidad : Sujeto a las restricciones de la jurisdicción en que se negocien. Pago Principal : Al vencimiento. Ley Aplicable : Leyes del Estado de Nueva York de los Estados Unidos de América.