Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 305402 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de diciembre de 2005 b) Proponer al Presidente de la República, a través del Ministro de Justicia, la concesión de la conmutación de lapena; y, c) Las que le encomiende el Ministro de Justicia. Artículo 10º.- Atribuciones Son atribuciones de la Comisión: a) Disponer la actualización o regularización de los documentos presentados relativos a la situación jurídica o a la conducta del solicitante de la conmutación de lapena; b) Solicitar a los organismos pertinentes la información y documentación que se consideren necesarios para el mejor examen de las solicitudes de conmutación; c) Solicitar informes a la Secretaría Especializada de Gracias Presidenciales; d) Visitar los establecimientos penitenciarios y entrevistarse con los solicitantes, cuando lo considere necesario; y, e) Entrevistar a cualquier persona o autoridad cuyo testimonio la Comisión considere pertinente en relación con el caso. Artículo 11º.- Discrecionalidad La Comisión actúa y resuelve con criterio de conciencia en la formulación de las propuestas de conmutación de la pena. Artículo 12º.- Propuesta La propuesta de concesión de la conmutación de la pena se adoptará por unanimidad y será debidamente fundamentada por escrito. En el informe escrito se consignará las circunstancias establecidas en el artículo 28º del presente Reglamento. Artículo 13º.- Sesiones La Comisión sesiona a convocatoria de la Presidencia, cuando menos dos veces al mes. El quórum para celebrar las sesiones ordinarias de la Comisión será de cuatro miembros. En todo caso, será imprescindible la presencia del Presidente de la Comisión o del segundo representante del Ministro deJusticia. Los acuerdos que aprueban la propuesta de concesión de la conmutación de la pena, se adoptan por unanimidadde los cinco miembros de la Comisión. CAPÍTULO III DE LA PRESIDENCIA Artículo 14º.- Funciones Son funciones del Presidente de la Comisión: a) Convocar y presidir las sesiones de la Comisión; b) Someter a consideración de la Comisión las solicitudes para su evaluación y calificación y emitir su voto; c) Remitir al Ministro de Justicia, a través del Presidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos,las propuestas de conmutación de la pena aprobadas por unanimidad, con la fundamentación correspondiente; d) Revisar y firmar las actas de las sesiones conjuntamente con los miembros de la Comisión; y, e) Suscribir las comunicaciones de la Comisión. CAPÍTULO IV DE LOS MIEMBROS Artículo 15º.- Funciones Son funciones de los miembros de la Comisión: a) Estudiar las solicitudes de conmutación de la pena; b) Emitir opinión sobre las solicitudes de conmutación de la pena y emitir el voto correspondiente; c) Participar con voz y voto en las sesiones y acuerdos de la Comisión; y, d) Revisar y firmar las actas de las sesiones de la Comisión.CAPÍTULO V DE LA SECRETARÍA TÉCNICA Artículo 16º.- Finalidad La Comisión cuenta con una Secretaría Técnica, a cargo de un Secretario Técnico designado por el Presidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos, a propuestade la Secretaría Ejecutiva de referido Consejo. Dicho órgano está encargado de brindarle el apoyo técnico- administrativo necesario para el mejor desempeño de susfunciones. Artículo 17º.- Coordinación La Secretaría Técnica de la Comisión coordina permanentemente con la Secretaría Especializada de Gracias Presidenciales del Consejo Nacional de DerechosHumanos. Artículo 18º.- Funciones : Son funciones de la Secretaría Técnica: a) Centralizar, sistematizar, coordinar y procesar las solicitudes de conmutación de la pena, presentadas a la Comisión; b) Recibir y tramitar los documentos que se remitan a la Comisión; c) Presentar a la Comisión las solicitudes de conmutación de la pena; d) Preparar la agenda de las sesiones de la Comisión y actuar como secretario de las mismas; e) Citar a las sesiones, por encargo del Presidente, a los miembros de la Comisión; f) Elaborar y suscribir las actas de las sesiones de la Comisión; g) Dar cuenta a la Comisión del despacho recibido; h) Organizar el archivo, centro de documentación y la base de datos de las solicitudes de conmutación de lapena; i) Hacer el seguimiento de las comunicaciones cursadas por la Comisión y de la documentación solicitada a otrasentidades; j) Autenticar las copias de los documentos relacionados con el trabajo de la Comisión; y, k) Las demás que le asigne la Comisión. CAPÍTULO VI DE LAS SOLICITUDES DE CONMUTACIÓN DE LA PENA Artículo 19º.- Presentación La solicitud de conmutación de la pena será formulada por el interesado y dirigida al Presidente de la Comisión para su tramitación. En caso que el interesado no pueda formular directamente la solicitud, podrán hacerlo sus familiares o una institución privada de reconocido prestigio. La solicitud se presentará ante el Director del Establecimiento Penitenciario, quien formará el expediente y lo remitirá a la Secretaría Técnica de la Comisión en el término de la distancia, bajo responsabilidad. Artículo 20º.- Error formal El error no esencial en el beneficio solicitado u otro de carácter formal no invalida la solicitud. Subsanado de oficio el error, se proseguirá el trámite de la solicitud. Artículo 21º.- Razonabilidad de la solicitud Para tramitar la solicitud de conmutación de la pena, el peticionario deberá individualizar y fundamentar larazonabilidad de su pedido. Artículo 22º.- Requisitos específicos Sin perjuicio de lo establecido en el artículo precedente, el solicitante necesariamente deberá adjuntar a su pedido, los siguientes documentos: a) Copia certificada de la sentencia expedida por el Juez o la Sala Penal, según sea el caso, con la constanciaque la sentencia quedó consentida o ejecutoriada; b) Certificado de conducta otorgado por el Director del Establecimiento Penitenciario respectivo;