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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 305406 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de diciembre de 2005 Que, la capa de ozono sirve de escudo para proteger a la tierra y a todos los seres vivos que la habitan contra las dañinas radiaciones ultravioletas del sol, es por ello, que para conservar dicha capa es necesario tomar lasmedidas adecuadas para controlar equitativamente las emisiones mundiales totales de las sustancias que la agotan, con el objetivo de eliminarlas, con el apoyo quelos adelantos en los conocimientos científicos, pueden dar, teniendo adicionalmente en cuenta aspectos técnicos y económicos; Que, el Perú participa activamente en las reuniones internacionales sobre la materia, así como en cumplimiento de los compromisos asumidos viene realizando diversas -actividades y proyectos vinculados con la implementación del Protocolo de Montreal; Teniendo presente la labor y los estudios que desarrollan las organizaciones internacionales y nacionales para la protección de la capa de ozono, en especial, del Programa de las Naciones Unidas para elMedio Ambiente (PNUMA); Que, en atención a la comunicación del Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para el MedioAmbiente (PNUMA), de fecha 7 de octubre de 2005, mediante la cual invita al Perú a participar en la VII Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Vienapara la Protección de la Capa de Ozono y en la XVII Reunión de la Partes en el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la Capa de Ozono, que se llevarána cabo en la ciudad de Dakar, Senegal, del 12 al 16 de diciembre de 2005, es necesario designar la delegación peruana que participará en dichas reuniones; Que la VII Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Viena y la XVII Reunión de las Partes en el Protocolo de Montreal examinarán, entre otrosasuntos, las cuestiones derivadas del Convenio de Viena y, conjuntamente, del Protocolo de Montreal; estados de ratificación de ambos instrumentos internacionales y delas enmiendas del Protocolo de Montreal; presentación y examen del informe remitido por la VI reunión de los administradores de investigaciones sobre el ozono a lasPartes en el Convenio de Viena; Informes financieros y presupuestos de los fondos fiduciarios para el Convenio de Viena y el Protocolo de Montreal; Debate sobrecuestiones relacionadas con el Protocolo de Montreal; Examen de las cuestiones relacionadas con el metilbromuro; Prevención del Comercio ilícito desustancias que agotan la capa de ozono; examen de la composición de los órganos del Protocolo en el 2006; y ajuste y enmienda del Protocolo de Montreal propuestospor la Comunidad Europea. Las sesiones de alto nivel de los referidos eventos se llevarán a cabo los días 15 y 16 de diciembre de 2005; Teniendo en cuenta el Oficio Nº 538-2005-PRODUCE/ VMI, del Viceministro de Industria, de 9 de noviembre de 2005; y, la Hoja de Trámite (GPX) Nº 4976 del Gabinete deCoordinación del Secretario de Política Exterior, de 21 de noviembre de 2005; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; de los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de laLey del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula laautorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el inciso c) del artículo 7º de laLey Nº 18427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; y el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de UrgenciaNº 025-2005, de 28 de octubre de 2005; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a la ingeniero Carmen Mora Donayre, Directora de Medio Ambiente de Industria y Jefade la Oficina Técnica de Ozono, del Viceministerio de Industria, Ministerio de la Producción, para que participe en la VII Reunión de la Conferencia de las Partes en elConvenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y en la XVII Reunión de las Partes en el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la Capa deOzono, que se llevarán a cabo en la ciudad de Dakar, Senegal, 12 al 16 de diciembre de 2005. Artículo Segundo.- La participación de la citada funcionaria no irrogará gastos al Pliego Presupuestal delMinisterio de Relaciones Exteriores. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20351 Cesan por destitución a Traductora Pœblica Juramentada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1321-2005-RE Lima, 30 de noviembre de 2005 Visto el Memorándum (JVTPJ) Nº 014, de 6 de abril de 2005 del Presidente de la Junta de Vigilancia de losTraductores Públicos Juramentados mediante el cual recomienda el cese al cargo por destitución de la Traductora Pública Juramentada Elder Marion Salinas Sarmiento; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 0890-93-RE, de 3 de diciembre de 1993, se designó, entre otros, como Traductora Pública Juramentada en el idioma francéstraducción directa, con sede en Lima, a Elder Marion Salinas Sarmiento, y ratificada entre otros por Resolución Ministerial Nº 231-99-RE, de 19 de febrero de 1999; Que, con fecha 16 de marzo de 2005, el Consejo de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, enuso de sus atribuciones efectuaron visitas de inspección a las oficinas de los Traductores Públicos Juramentados, entre ellos la de Elder Marion Salinas Sarmiento,constatándose que la misma no se encontraba en su oficina; Que en dichas visitas, se tomó conocimiento que la Traductora Pública Juramentada, Elder Marion Salinas Sarmiento, se encontraba en el extranjero desde el año2003; Que, de lo anterior, se puede concluir que la Traductora Pública Juramentada ha incurrido en la falta establecida en los incisos d), e) y, g) del artículo 46º del Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 126-2003-RE, de 11 de noviembre de 2003, que establece que constituyen faltas que originan sanción para un Traductor Público Juramentado, dejar deasistir, injustificadamente, a sus oficinas por más de cinco (5) días hábiles, cerrarlas sin motivo legal o limitar indebidamente las horas de atención al público, así comoel incumplir los demás deberes prescritos en el Reglamento y Manual de Procedimientos; Que, la Junta de Vigilancia de Traductores Públicos Juramentados efectuó el examen de los hechos, habiendo concluido, según consta en el Libro de Actas, que dichaTraductora Pública Juramentada ha incurrido en falta grave que estipula el inciso e) del artículo 46º del Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, de 11 de noviembre de 2003, ycomo consecuencia, propone al Ministerio de Relaciones Exteriores, en aplicación del artículo 47º y 48º del citado Reglamento, expedir la Resolución Ministerial mediante lacual se cesa al cargo por destitución, en vía de regularización, a partir del 1 de abril de 2005, a doña Elder Marion Salinas Sarmiento, como Traductora PúblicaJuramentada; Teniendo en cuenta lo opinado por la Oficina de Asuntos Legales Memorándum (LEG) Nº 0610, de 23 de marzo de 2005; De conformidad con los incisos d), e), y g) del artículo 46º, el inciso d) del artículo 47º, el artículo 48º, el inciso e) del artículo 50º del Reglamento de TraductoresPúblicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 126-2003- RE; la Ley Nº 27444, Ley del