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PÆg. 305573 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de diciembre de 2005 será determinada por la antigüedad en cada categoría, según la fecha y hora de presentación de sus CartasCredenciales. La de los Encargados de Negocios seregirá por la fecha de la entrega de su Carta de Gabinete.Y la de los Encargados de Negocios ad interim será porla fecha de su acreditación. DE LA LLEGADA DE UN JEFE DE MISIÓN Artículo 6º.- La Embajada comunicará por Nota a la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estadolos detalles de la llegada del nuevo Jefe de Misión, a efecto de brindarle las facilidades correspondientes y ser recibido por un funcionario diplomático de Protocoloen horario de 08:00 hasta las 20:00 horas, de lunes aviernes. Fuera de ese horario será asistido por unfuncionario administrativo de la misma DirecciónNacional, contando siempre con el uso del salón de autoridades del aeropuerto y facilidades en los trámites migratorios y de aduana. Cuando el Jefe de Misión ingrese al territorio nacional por un lugar distinto de la capital será recibido por unrepresentante de la autoridad política local o DirectorGeneral de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien le dispensará las facilidades y cortesías usuales. DEL RECONOCIMIENTO DE UN EMBAJADOR Artículo 7º.- A partir del día siguiente de la llegada del Embajador, su Embajada solicitará por Nota Verbal las respectivas audiencias con el Presidente de laRepública y con el Ministro de Relaciones Exteriorescon el objeto de presentar sus Cartas Credencialesy sus copias, respectivamente. Luego el Embajadordesignado hará una visita al Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, para tratar los detalles de la presentación de las CartasCredenciales. Artículo 8º.- Al otorgarse las audiencias solicitadas, previamente a la presentación de sus CartasCredenciales ante el señor Presidente de la República, el Embajador presentará copia de la misma y, si fuera el caso, la de retiro de su antecesor al Ministro deRelaciones Exteriores. Artículo 9º.- El día y hora señalados para la presentación de Cartas Credenciales, el Embajadorllegará con los miembros de su misión, que no debe exceder de seis personas, veinte minutos antes de la hora prevista, a la sede de la Cancillería. Desde estelugar partirá acompañado por el Director de Ceremonialen el segundo automóvil oficial, hacia el Palacio deGobierno. El primer automóvil oficial será ocupado porel Encargado de Negocios ad interim acompañado por un funcionario de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado. Los demás miembros de laMisión que integran la comitiva se movilizarán en untercer y cuarto automóvil proporcionados por laEmbajada. Una escolta de motociclista de la PolicíaNacional precederá a los automóviles hasta su ingreso a Palacio de Gobierno. En el Patio de Honor de Palacio de Gobierno un Escuadrón del Regimiento Escolta del Presidente de laRepública a pie y en uniforme de gala rendirá los honorescorrespondientes. El Embajador será recibido en la puerta de honor por el Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado y por el Jefe de la Casa Militar del Palacio de Gobierno,luego de recibir el saludo del Jefe de Línea del Escuadróndel Regimiento Escolta, será acompañado con sucomitiva al Gran Hall, donde formada la guardia conEstandarte, la banda militar ejecutará el Himno Nacional del país que represente el Embajador. A continuación, el Embajador conjuntamente con el Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado,el Jefe de la Casa Militar, el Director de Ceremonial y lacomitiva de la misión extranjera, pasará al Salón Dorado,donde encontrarán al Presidente de la República acompañado del Ministro de Relaciones Exteriores, del Secretario General de la Presidencia de la República yde miembros de su Casa Militar. El Embajador con elDirector Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estadoy el Jefe de la Casa Militar se ubicarán a una distancia de aproximadamente ocho metros del señor Presidente.Luego de hacer una venia de saludo, el Embajadoravanzará sin compañía hasta una distancia deaproximadamente cuatro metros del Presidente de laRepública, lo saludará inclinando levemente la cabeza e inmediatamente pronunciará unas palabras alusivas al acto, cuyo texto deberá haber hecho llegar conanticipación a la Dirección Nacional de Protocolo yCeremonial del Estado. Avanzará hacia el Presidente yhará entrega de sus Cartas Credenciales y de Retiro desu antecesor, regresando sin dar la espalda al Presidente de la República hasta el lugar en el que pronunció sus palabras. El Presidente de la República dirá unaspalabras y dará la bienvenida al Embajador, quiennuevamente se acercará al Presidente y lo saludaráestrechándole la mano, y dará una venia al Ministro deRelaciones Exteriores. Posteriormente, solicitará su autorización para presentarle a los miembros de su comitiva. A continuación, el Presidente de la República invitará al Embajador a tomar asiento para departir en compañíadel Ministro de Relaciones Exteriores. Finalizada la audiencia, el Embajador se ubicará entre el Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado y el Jefe de la Casa Militar y será conducido hasta elGran Hall, donde la banda militar ejecutará el HimnoNacional del Perú. En la misma forma el Embajador seráconducido hacia la Puerta de Honor, donde el Jefe deLínea de Regimiento Escolta del señor Presidente le rendirá honores. Al salir de Palacio de Gobierno, el Embajador y su comitiva, acompañados por el Director de Ceremonial yfuncionarios de Protocolo, abordarán los automóviles,siguiendo el orden inverso al de la llegada. La vestimenta para la presentación de Cartas Credenciales será de traje oscuro y traje nacional en caso que la costumbre del país del Embajador lo requiera. Los Cónyuges de los Embajadores podrán asistir a la ceremonia de presentación de Cartas Credencialesen calidad de observadores. En el caso de la presentación de Cartas Credenciales de Embajadores Concurrentes se podrá realizar una ceremonia más breve que la establecida en este artículoa criterio de la Dirección Nacional de Protocolo yCeremonial del Estado. DEL RECONOCIMIENTO DEL ENCARGADO DE NEGOCIOS CON CARTA DE GABINETE Artículo 10º.- A partir del día siguiente de la llegada del Encargado de Negocios, su embajada solicitará porNota Verbal una audiencia con el Ministro de RelacionesExteriores con el objeto de presentar su Carta de Gabinete. Artículo 11º.- A la hora señalada para la visita al señor Ministro, será recibido en la sede del Ministerio deRelaciones Exteriores por el Director Nacional deProtocolo y Ceremonial del Estado, quien lo conducirá alDespacho del Ministro a quien le hará entrega de la Carta de Gabinete que lo acredita. Cumplida esta formalidad, quedará reconocido. Artículo 12º.- El Encargado de Negocios con Carta de Gabinete podrá solicitar una audiencia para saludaral Presidente de la República. Esta visita la haráacompañado por el Director de Ceremonial y en Palacio de Gobierno será recibido sin formalidad especial alguna. DE LOS ENCARGADOS DE NEGOCIOS AD INTERIM Y DE LOS ENCARGADOS DE ARCHIVOS Artículo 13º.- El Encargado de Negocios ad - interim será acreditado por el Jefe titular de la Misión,en Nota firmada dirigida al Ministro de RelacionesExteriores. Si esto no fuere posible, lo será mediantedespacho cablegráfico o Nota Oficial del Gobierno del Estado respectivo, dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores Artículo 14º.- El Jefe de Misión o su Gobierno podrán, de acuerdo a las circunstancias, acreditar a un miembro