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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (08/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G37/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de diciembre de 2005 Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20791 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 685-2005-DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, en el año 1984 se firmó un Convenio entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el entonces Ministerio de Marina del Perú y la Marina de los Estados Unidos, mediante el cual el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos (NMRCD) construyó sus dos sedes en el Perú, en terrenos pertenecientes a la Marina de Guerra; Que, el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos es un centro que tiene por objetivo realizar investigaciones sobre enfermedades tropicales transmisibles; Que, con Facsímil (DGS) Nº 722, de fecha 20 de octubre de 2005, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, con la finalidad de realizar una visita de inspección a la sede del Centro de Investigación en Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos, ubicada en Lima; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República a personal militar de la Unidad de Medicina Preventiva y del Medio Ambiente de la Marina de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 15 de enero al 15 de febrero de 2006, con el fin de realizar una visita de inspección a la sede del Centro de Investigación en Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos, ubicada en Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorizacióna la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20792 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 686-2005-DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, debe cumplirse el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República"; Que, con Facsímil (DGS) Nº 696, de fecha 10 de octubre del 2005, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio de la República, sin armas, de personal militar estadounidense mexicano; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar con eficacia anticipada, el ingreso al territorio de la República, del personal militar de los Estados Unidos Mexicanos, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 7 al 11 de noviembre del 2005, para participar en la "I Reunión de Estados Mayores" y "II Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de México", en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20793