Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2005 (08/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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que en el citado Plan Operativo entre otros, se han incluido la ejecucion de tareas y se han reformulado las existentes; Con la opinion favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto a traves de la Nota Nº 0682005-MIMDES-OGPP; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; en la Ley Nº 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Operativo Institucional Reformulado 2005 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, documento orientador de su gestion y de los organos que lo conforman, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina General de Planificacion y Presupuesto es el organo encargado de efectuar el seguimiento y evaluacion del Plan Operativo Institucional Reformulado 2005 aprobado por la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los Directores Generales, Directores y Jefes de Oficina de las Unidades Organicas y de los Programas Nacionales, deberan remitir a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto los informes semestral y anual de ejecucion de metas, asi como senalar las principales limitaciones o facilidades para el cumplimiento de las mismas, dentro de los diez (10) dias de concluido cada semestre. Articulo 4º.- El Plan Operativo Institucional Reformulado 2005 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, sera de conocimiento y cumplimiento obligatorio por parte de todas las Unidades Organicas del MIMDES. Articulo 5º.- Disponer que la presente Resolucion se publique en la Pagina Web del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social: www.mimdes.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 20754

Que el envejecimiento del ser humano es un MORDAZA natural, universal, progresivo, irreversible y continua durante todo el ciclo de vida; estando la calidad de MORDAZA y la funcionalidad durante la vejez directamente relacionadas con las bases geneticas de la persona, los estilos de MORDAZA y las enfermedades sufridas durante la infancia, la adolescencia y la adultez; Que es politica del Estado atender la demanda de servicios de salud de las personas adultas mayores y en especial de los mas vulnerables, pudiendo afirmarse que la inversion en el cuidado de la salud de esta poblacion, reduce la incidencia de la morbilidad y sus consecuencias tales como la discapacidad, mortalidad y los costos sanitarios; Que como consecuencia del MORDAZA de Reforma del Sector Salud y de la implementacion del MORDAZA de Integracion Programatica y de la Atencion Integral por Etapas de MORDAZA, se plantea la necesidad de definir los Lineamientos para la Atencion Integral de Salud de las Personas Adultas Mayores; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal I) del articulo 8º, de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Documento Tecnico "Lineamientos para la Atencion Integral de Salud de las Personas Adultas Mayores", que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas, para que a traves de su Direccion Ejecutiva de Atencion Integral de Salud, implemente a nivel nacional, los Lineamientos que se aprueban por la presente Resolucion. Articulo 3º.- Las Direcciones Regionales de Salud y las Direcciones de Salud, son responsables de la implementacion, difusion, supervision y cumplimiento de dichos Lineamientos, en el ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones publicara el contenido de los Lineamientos que se aprueba con esta Resolucion en la pagina web del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 20719

SALUD
Aprueban el Documento Tecnico "Lineamientos para la Atencion Integral de Salud de las Personas Adultas Mayores"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 941-2005/MINSA MORDAZA, 2 de diciembre del 2005 Visto el Expediente R042153-05, que contiene el Oficio Nº 4274-DGSP/MINSA; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con los Lineamientos de Politica del Sector 2002-2012, el Ministerio de Salud busca atender de manera integral las necesidades de salud de la poblacion adulta mayor, a fin de lograr el bienestar fisico, funcional, mental y social, de esta poblacion, el cual promueva el envejecimiento activo y aborde eficientemente los problemas de salud de este grupo poblacional; Que el Modelo de Atencion Integral de Salud (MAIS), constituye el MORDAZA de referencia para la atencion de salud en el MORDAZA, basado en el desarrollo de acciones de promocion de la salud, prevencion de la enfermedad, recuperacion y rehabilitacion, contemplando dentro de las intervenciones sanitarias la Atencion Integral de Salud por Etapas de MORDAZA, una de las cuales es la Atencion para las Personas Adultas Mayores;

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Precisan que fondos publicos nacionales provenientes de contribucion de la Comunidad Europea mencionados en el Convenio Nº ALA/ 2004/016-895, se ejecutaran de acuerdo a dicho convenio
DECRETO SUPREMO Nº 014-2005-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Comunidad Europea ha priorizado en su "Country Strategy Paper - Peru 2002-2006" para Peru, los dos siguientes objetivos: la promocion del desarrollo economico sostenible y la lucha contra la pobreza; Que, el Gobierno del Peru presento en el ano 2002 una propuesta para el desarrollo de la Formacion Profesional para la Insercion Laboral, la cual se

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