Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2005 (08/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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los Procedimientos Nºs 11, 13 y 18 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica de Aeronaves, Inspeccion Tecnica a Bases y Estaciones para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion e Inspeccion Tecnica a Talleres de Mantenimiento Aeronautico para Establecimiento o Actualizacion de Habilitaciones), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar la inspeccion tecnica por expedicion de Certificado de Aeronavegabilidad al helicoptero MI-8MTV-1 de numero de serie 93281 y a la Estacion de la empresa Helicopteros del Sur S.A., asi como la inspeccion tecnica del Taller de Mantenimiento Aeronautico SPARK, en la MORDAZA de San Petersburgo, durante los dias 10 al 14 de diciembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs 31678, 31679, 31681, 31682 y 31683, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las Ordenes de Inspeccion Nºs 2196-2005-MTC/12.04-SDA y 21972005-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mendives MORDAZA, respectivamente, para realizar la inspeccion tecnica por expedicion de Certificado de Aeronavegabilidad al helicoptero MI-8MTV-1 de numero de serie 93281 y la inspeccion tecnica de la Estacion de la empresa Helicopteros del Sur S.A., asi como efectuar la inspeccion tecnica del Taller de Mantenimiento Aeronautico SPARK, en la MORDAZA de San Petersburgo, Rusia, durante los dias 10 al 14 de diciembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs 21962005-MTC/12.04-SDA y 2197-2005-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, el Decreto de Urgencia Nº 025-2005 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mendives MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de San Petersburgo, Rusia, durante los dias 10 al 14 de diciembre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Helicopteros del Sur S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs 31678, 31679, 31681, 31682 y 31683, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (por dos inspectores) US$ 2,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto (por dos inspectores) US$ 56.48 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA

a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, descr ibiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20767

Otorgan autorizaciones a personas naturales y empresa para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en UHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 575-2005-MTC/03 MORDAZA, 25 de noviembre del 2005 VISTO, el Expediente Nº 2003-023319, presentado por MORDAZA MORDAZA MONDALGO MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en la localidad de Andahuaylas, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Asimismo, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan. Asimismo, debe acompanarse la documentacion que permita verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 727-2005-MTC/17.01.ssr MORDAZA con Informe Nº 1160-2005-MTC/17.01.ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MONDALGO MORDAZA, cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona natural la autorizacion y permiso solicitados; senalandose ademas que debe establecerse como obligacion, a cargo de la MORDAZA mencionada persona, la MORDAZA del Proyecto de Comunicacion dentro del periodo de instalacion y prueba, documento que es requerido por la Administracion a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorizacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto

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