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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (08/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G37/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de diciembre de 2005 De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2005; y el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador Oscar José Ricardo Maúrtua de Romaña, del 11 al 14 de diciembre de 2005 a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para sostener una reunión de trabajo con la Secretaria de Estado Condoleezza Rice así como con otras altas autoridades del ejecutivo y parlamento estadounidenses, teniendo previsto además realizar una presentación ante el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, ocasión en la cual suscribirá un acuerdo de observación electoral con la OEA. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución por concepto de pasajes US$ 4,188.87 y viáticos US$ 1,100.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28.24 serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20882 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 094-2005-PCM Mediante Oficio Nº 496-2005-SCM/PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la PCM, publicado en nuestra edición del día 6 de diciembre de 2005. Artículo 1º.-DICE:"Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros que consta de siete (7) títulos y cuarenta y tres (43) artículos, dos Disposiciones Transitorias y una Disposición Complementaria y Final, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo." DEBE DECIR:"Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministrosque consta de ocho (8) títulos y cuarenta y ocho (48) artículos, dos Disposiciones Transitorias y una Disposición Complementaria y Final, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo." REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ÍndiceDICE:"CAPÍTULO II: DE LA PROCURADURÍA PÚBLICA"DEBE DECIR:"CAPÍTULO II: DEL ÓRGANO DE DEFENSA JUDICIAL" Capítulo II del Título VI del Índice, artículo 5º, capítulo II del Título VI, artículos 40º, 41º y 42º. DICE:"SECRETARÍA DE COMUNICACIONES"DEBE DECIR:"OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES" Título IV DICE:"CAPÍTULO II: DE LOS ÓRGANOS DE APOYO"DEBE DECIR:"CAPÍTULO II: DEL ÓRGANO DE APOYO" Inciso 4 del artículo 31º DICE:"Brindar apoyo técnico y administrativo a las Comisiones Permanentes de Coordinación;" DEBE DECIR:"Brindar apoyo técnico a las Comisiones Permanentes de Coordinación;" Inciso 2 del artículo 33º DICE:"Analizar y proponer mecanismos institucionales y legales orientados a lograr orientados a lograr una mejor coordinación entre el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República;" DEBE DECIR:"Analizar y proponer mecanismos institucionales y legales orientados a lograr una mejor coordinación entre el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República;" Artículo 38º.- DICE:"Es el órgano técnico especializado que depende de la Secretaría General. Cuenta con las siguientes unidades orgánicas: Oficina de Asuntos Técnicos, Geográficos y Territoriales y Oficina de Base de Datos y Sistemas de Información Geográfica." DEBE DECIR:"Es el órgano técnico especializado que depende del Presidente del Consejo de Ministros. Cuenta con las