Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2005 (08/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 305789

dencias que forman parte de la estructura organica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, asi como a las dependencias estatales que dependen funcionalmente de esta Entidad; De conformidad con lo establecido en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisese que la declaracion de los dias inhabiles contenido en el Decreto Supremo Nº 0932005-PCM, comprendidos del 19 de diciembre de 2005 al 2 de enero de 2006, estan referidos a los procedimientos administrativos a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo establecidos en su Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos, y son de alcance a dichos procedimientos administrativos que regulen sus plazos en dias habiles o naturales. Articulo 2º.- Disponer que los funcionarios publicos y servidores de esta Entidad, dentro del citado periodo vacacional, podran realizar las actuaciones y actos procedimentales necesarios tendentes a otorgarle celeridad a los procedimientos administrativos a su cargo, cuando la prorroga de los plazos en los procedimientos administrativos, regulada en el Decreto Supremo Nº 0932005-PCM, perjudique derechos de los administrados o se les pudiera causar dano irreparable. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial es de cumplimiento obligatorio para los funcionarios y servidores del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo a nivel nacional, y demas funcionarios en cuanto les fuera aplicable. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 20763

solo senala que las Bases quedan integradas por las Bases adquiridas, mas la absolucion de las consultas y observaciones; Que, en ese orden, indican que las Bases integradas constituyen un MORDAZA documento, que supone la incorporacion al texto de las Bases originales de todas las aclaraciones y/o correcciones derivadas de la absolucion de observaciones y/o pronunciamiento del CONSUCODE; Que, de otra parte, con relacion al Oficio Nº D-25362005/GTN/MON, enviado por la Subgerencia de Monitoreo del CONSUCODE, donde se senala que en el mencionado MORDAZA de seleccion se ha producido un vicio que acarrea la nulidad de este, por lo que debe procederse declarar la nulidad del mismo; Que, es pertinente senalar que la Tercera Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM senala que las resoluciones y pronunciamientos del CONSUCODE en las materias de su competencia tienen validez y autoridad administrativa, siendo de cumplimiento obligatorio. En ese contexto, se debe proceder a declarar la nulidad del Concurso Publico Nº 008-2005/MTPE, para la contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad, hasta la etapa de integracion de las Bases, debiendo el Comite Especial proceder conforme a lo indicado con el Oficio Nº D-2536-2005/GTN/MON; Que, el Oficio Nº D-2536-2005/GTN/MON debe ser acatado en la medida que el CONSUCODE tiene la calidad de ente rector en materia de contrataciones y adquisiciones estatales, dejando a salvo la opinion de la Oficina de Asesoria Juridica en el sentido que el formalismo exigido en este documento contraviene el MORDAZA de economia (articulo 3º inciso 6 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM), y el MORDAZA de celeridad recogido en el Articulo IV del Titulo Preliminar Numeral 1 Inciso 1.9 de la Ley Nº 27444, ademas de oponerse a las reglas sobre la conservacion del acto reguladas en el articulo 14º de este ultimo cuerpo normativo; De conformidad con el articulo 57º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE:

Declaran nulidad de concurso publico convocado para la contratacion de servicio de vigilancia y seguridad
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 381-2005-TR MORDAZA, 7 de diciembre de 2005 VISTOS: El Memorando Nº 881-2005-MTPE/4, el Memorando Nº 893-2005-MTPE/4, el Oficio Nº D-25362005/GTN/MON, y el Informe Nº 903-2005-MTPE/9.110; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a traves del SEACE convoco, el 3 de octubre de 2005, al Concurso Publico Nº 008-2005/MTPE, para la contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad, con un valor referencial de S/. 884 248,00; Que, con fecha 4 de noviembre de 2005, la empresa participante LIDER SEGURITY S.A.C. interpuso recurso de apelacion contra el acto de integracion de las Bases Administrativas; Que, el 14 de noviembre de 2005, se expidio la Resolucion del Secretario General Nº 032-2005-TR/SG que declaro improcedente el citado recurso impugnativo, presentado el 4 de noviembre de 2005, sustentandose esta en la MORDAZA extemporanea del recurso de apelacion, que debio realizarse hasta el 2 de noviembre de 2005; Que, de otra parte, con fecha 1 de diciembre de 2005, la Subgerencia de Monitoreo del CONSUCODE envio el Oficio Nº D-2536-2005/GTN/MON, donde se senala que en el mencionado MORDAZA de seleccion se ha producido un vicio que acarrea la nulidad de este, indican que la Carta Nº 0001-2005-MTPE/CECP0008, expedida por el Presidente del respectivo Comite Especial, a traves de la cual se procedio a la integracion de las Bases es insuficiente, atendiendo que el documento en mencion

Articulo 1º- Declarar la nulidad de oficio del Concurso Publico Nº 008-2005/MTPE, para la contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad, debiendo retrotraerse hasta la etapa de integracion de las Bases Administrativas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente resolucion a las empresas postoras adquirentes de las Bases Administrativas en el presente MORDAZA de seleccion. Articulo 3º.- Consignar los alcances de esta resolucion en el SEACE. Articulo 4º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaria General la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco dias naturales siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 20841

Designan personal responsable de entregar informacion en la sede central y oficinas registrales y de actualizar MORDAZA de Internet de PROJOVEN
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 084-2005-MTPE/3/14.110/PROJOVEN/DE MORDAZA, 30 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 052-2004/DVMPEMYPE/PROJOVEN, de fecha 21 de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.