Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2005 (08/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2005

constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 20830

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente; la Ley Nº 28271 - Ley que regula los pasivos ambientales de la actividad minera y su modificatoria Ley Nº 28526; y, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Apruebese el Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, que consta de ocho (8) titulos, cincuenta y seis (56) articulos, seis (6) Disposiciones Transitorias y Finales y un (1) Anexo, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 20873

INTERIOR
Dan por concluida designacion de Director Ejecutivo de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2394-2005-IN-1601 MORDAZA, 25 de noviembre de 2005

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera
DECRETO SUPREMO Nº 059-2005-EM EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de MORDAZA de 2004, se promulgo la Ley Nº 28271 - Ley que regula los pasivos ambientales de la actividad minera; Que, mediante Ley Nº 28526, de fecha 25 de MORDAZA de 2005, se modifico la Ley Nº 28271 disponiendose la expedicion del Reglamento de dicha norma; Que, el mencionado Reglamento tiene por objeto precisar los alcances de la Ley Nº 28271, que regula los pasivos ambientales de la actividad minera, a fin de establecer los mecanismos que aseguren la identificacion de los pasivos ambientales de la actividad minera, la responsabilidad y el financiamiento para la remediacion de las areas impactadas por aquellos, con la finalidad de mitigar sus impactos negativos a la salud de la poblacion, al ecosistema circundante y la propiedad; Que, es de especial interes para el Estado la proteccion del ambiente y de los ecosistemas y, en tal sentido, procurar los medios necesarios para que el desarrollo de sus actividades se adecue a las normas ambientales aplicables, de tal manera que las referidas actividades asuman la remediacion de los impactos ambientales que pudieran originar en los lugares donde se realizan;

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 13682004-IN de 20 de MORDAZA del 2004, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo III, Categoria F-4 Director Ejecutivo de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior; De conformidad a lo dispuesto en el articulo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 Ley del Ministerio del Interior aprobado mediante el D.S. Nº 003-04-IN, el articulo 3º de la Ley Nº 27594 que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida a partir de la fecha la designacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo III Categoria F-4 Director Ejecutivo de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 20837

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