Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2005 (17/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de diciembre de 2005

Agrario, dandoseles las MORDAZA por los importantes servicios prestados: MORDAZA MORDAZA Baertl MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferrero Costa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rheineck Piccardo, y MORDAZA Trivelli Avila.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 21429

Designan miembros del Consejo Consultivo Agrario
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0921-2005-AG MORDAZA, 15 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 13° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo N° 0172001-AG, el Consejo Consultivo Agrario es el organo consultivo del Ministerio de Agricultura, conformado por personalidades representativas y de experiencia en el sector agrario; Que, es necesario designar a los nuevos miembros del Consejo Consultivo Agrario; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como miembros del Consejo Consultivo Agrario a las personas siguientes: MORDAZA Van Oordt Parodi MORDAZA Grobman Tvrsqui MORDAZA Favre MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villena MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA Bazo MORDAZA Maria.

Nº 08, mediante el cual se prorroga la vigencia del Acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2007 y se inicia un MORDAZA de negociacion para concretar una sustantiva ampliacion y profundizacion del citado Acuerdo; Que, corresponde al Gobierno Peruano publicar el mencionado Protocolo Adicional, asi como senalar los mecanismos relativos a su puesta en vigencia y administracion; Que, conforme al articulo 2º e inciso 5) del articulo 5º de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, este Ministerio es competente para dirigir, ejecutar y coordinar la politica de comercio exterior; y en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecucion los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior e integracion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779 y la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior; DECRETA: Articulo 1º.- Publiquese y pongase en vigencia el MORDAZA Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementacion Economica Nº 08, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la Republica del Peru, en el MORDAZA del Tratado de Montevideo 1980. Articulo 2º.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunicara a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la aplicacion del citado Acuerdo y de sus protocolos adicionales y modificatorios, asi como las precisiones que fueran necesarias sobre sus alcances. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de diciembre de 2005. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 21465

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 21430

Ponen en vigencia el Trigesimo MORDAZA Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 39, suscrito con el Gobierno de Brasil
DECRETO SUPREMO Nº 034-2005-MINCETUR

MINCETUR
Ponen en vigencia el Setimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementacion Economica Nº 08, suscrito con los Estados Unidos Mexicanos
DECRETO SUPREMO Nº 033-2005-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 054-87-PCM, del 26 de MORDAZA de 1987, se puso en vigencia el Acuerdo de Complementacion Economica Nº 08, suscrito el 25 de marzo de 1987, entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos, en el MORDAZA del Tratado de Montevideo de 1980; Que, el 21 de noviembre de 2005, los Plenipotenciarios de ambos paises suscribieron el MORDAZA Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementacion Economica

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 011-99-ITINCI se puso en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 39, suscrito entre las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y la Republica Federativa del Brasil; Que, el representante de la Republica del Peru y el representante de la Republica Federativa del Brasil, con fecha 22 de noviembre de 2005, acordaron firmar el Trigesimo MORDAZA Protocolo Adicional, en el MORDAZA del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 39; Que, el referido Protocolo tiene como objetivo prorrogar las preferencias entre Peru y Brasil desde el 1 de diciembre de 2005, hasta el evento que ocurra primero, sea el 31 de diciembre de 2005 o la efectiva entrada en MORDAZA del Acuerdo de Complementacion Economica suscrito el 25 de agosto de 2003, entre MORDAZA, Brasil, MORDAZA y Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y Peru; Que, corresponde al Gobierno Peruano publicar el mencionado Protocolo Adicional, asi como senalar los

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