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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 306362 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de diciembre de 2005 internacionales suscritos por el Perú en materia de tránsito. SUNAT establecerá las rutas por donde se trasladarán las mercancías.” Artículo 24º.- Modificación del artículo 31º del Reglamento Sustitúyase el artículo 31º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, por el texto siguiente: “Artículo 31º.- La Administración de la ZOFRATACNA deberá llevar un sistema de control de las mercancíasalmacenadas al interior de la Zona Franca y Zona de Extensión, que permita verificar periódicamente los inventarios existentes. Asimismo deberá contar con unsistema de código de barras que le permita identificar las mercancías que ingresan y salen de la ZOFRATACNA con destino a la Zona Comercial de Tacna.” Artículo 25º.- Modificación del artículo 32º del Reglamento Sustitúyase el segundo párrafo del artículo 32º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, por el texto siguiente: “La Administración de la ZOFRATACNA acondicionará un área física para las tareas de supervisión documentaria de los funcionarios de SUNAT. La SUNAT podrá efectuar labores de revisión física aleatoria de lasmercancías que salen de los depósitos francos con dirección a la Zona Comercial, la cual se realizará en forma conjunta y simultánea con el Comité deAdministración de la ZOFRATACNA. Asimismo, la Administración de la ZOFRATACNA proporcionará la información necesaria a SUNAT para que implementeun adecuado control del ingreso y la salida de las mercancías de la ZOFRATACNA, debiendo dichas instituciones coordinar la instalación de sistemasinformáticos interconectados.” Artículo 26º.- Modificación del artículo 35º del Reglamento Incorpórese como último párrafo del artículo 35º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercialde Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011- 2002-MINCETUR, el texto siguiente: “Mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Comercio Exterior y Turismo y de Economía y Finanzas, se fijará el plazo y condiciones para otorgarla concesión al Operador, de conformidad con lo establecido en el artículo 35º de la Ley.” Artículo 27º.- Modificación del artículo 36º del Reglamento Sustitúyase el tercer párrafo del artículo 36º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011- 2002-MINCETUR, por el texto siguiente: “El representante de los usuarios de la ZOFRATACNA a que se refiere el inciso f) del Artículo 39º de la Ley,deberá ser elegido entre los usuarios que desarrollen cada una de las actividades señaladas en el Artículo 5º, de acuerdo al Reglamento que para tal efecto apruebe elComité de Administración.” Artículo 28º.- Modificación del artículo 39º del Reglamento Sustitúyase el artículo 39º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, por el texto siguiente: “Artículo 39º.- Las personas naturales o jurídicas previamente calificadas por la Administración de la ZOFRATACNA, podrán recibir onerosamente el uso delotes de terrenos y de ser el caso con sus edificaciones mediante proceso de Subasta Pública, para el desarrollo de las actividades contempladas en la Ley y en elpresente Reglamento, debiendo presentar una solicitud dirigida a la Administración de la ZOFRATACNA, consignando la siguiente información:a) Datos de Identificación del solicitante y poderes con que actúa, de conformidad con los Artículos 113º y 115º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. b) Actividad económica a desarrollar, especificando las subpartidas nacionales correspondientes, monto de inversión, volumen y valor de los insumos y productos, nivel de empleoa generar, área requerida y demás información que se requiera según formato a ser aprobado por la Administración de la ZOFRATACNA, según corresponda. No podrán calificar las personas naturales o jurídicas que hayan sido sancionadas con resolución de contratode usuario por incumplimiento de sus obligaciones.” Artículo 29º.- Inclusión del artículo 39º-A del Reglamento Inclúyase como artículo 39º-A, del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna,aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2002- MINCETUR, el texto siguiente: “Artículo 39º-A.- Las personas naturales o jurídicas podrán ejercer la opción de compra de los lotes de terreno y de ser el caso con sus edificaciones, recibidos encesión en uso. Para tal efecto dichos usuarios tendrán que haber invertido en el desarrollo de sus actividades de acuerdo al Plan de Inversiones presentado, y cumplircon las obligaciones que establece la Ley y el presente Reglamento para los usuarios. Las personas naturales o jurídicas previamente calificadas por la Administración de la ZOFRATACNA, podrán recibir onerosamente en propiedad mediante compra inmediata, los lotes de terreno de la ZOFRATACNAy de ser el caso con sus edificaciones, a través de un proceso de Subasta Pública, para el desarrollo de las actividades contempladas en la Ley y en el presenteReglamento, debiendo presentar una solicitud dirigida a la Administración de la ZOFRATACNA, de acuerdo a los requisitos que establezca dicha Administración. En ambos casos, la adquisición en propiedad de los lotes de terrenos y de ser el caso con sus edificaciones, deberá regirse por el Reglamento General de ProcedimientosAdministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF.” Artículo 30º.- Modificación del artículo 41º del Reglamento Sustitúyase el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, por el texto siguiente: “Artículo 41º.- La Administración de la ZOFRATACNA será la que determine la oportunidad de la Subasta Pública,la misma que deberá asegurar la adjudicación en forma onerosa de lotes de terreno y de ser el caso con sus edificaciones, así como su cantidad, ubicación, dimensiones,precio base, forma de pago, oportunidad de la subasta, entre otros, de conformidad con la política de expansión y desarrollo que apruebe dicha Administración. La Administración de la ZOFRATACNA designará una Comisión Ejecutiva, presidida por el Gerente General, para llevar a cabo el proceso de calificación previa y laSubasta Pública de los lotes de terreno y de ser el caso con sus edificaciones. El proceso se inicia con los actos preparatorios y culmina con el otorgamiento de la cesiónen uso o compra, mediante contrato, de conformidad con las leyes que regulan la materia.” Artículo 31º.- Modificación del artículo 44º del Reglamento Sustitúyase el artículo 44º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, por el texto siguiente: “Artículo 44º.- El usuario deberá iniciar sus operaciones en un plazo no mayor de dos (2) años,contado a partir de la suscripción del contrato de cesión en uso o contrato de compra. El incumplimiento de esta disposición determinará la resolución del contrato decesión en uso, contrato de compra y de usuario, así como la correspondiente reversión del lote de terreno y de ser el caso con sus edificaciones a dominio del Estado