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PÆg. 306370 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de diciembre de 2005 General. Constituyen los Órganos de Gobierno de la Institución. DE LA PRESIDENCIA Artículo 9º.- La Presidencia del IPEN constituye el más alto nivel de decisión del Instituto y como tal apruebala política, los objetivos y las metas institucionales en armonía con la política del Sector. El Presidente ejerce las funciones de Titular del Pliego Presupuestal y la Representación Legal del Instituto. Artículo 10º.- El Presidente del IPEN tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Establecer los lineamientos y aprobar la política Institucional en concordancia con la política sectorial y con los planes y política general del Gobierno. b. Ejercer la función de Autoridad Nacional en última instancia administrativa, en el ámbito de las aplicaciones de la Energía Nuclear, de la protección física de materiales e instalaciones nucleares y en el uso defuentes de radiación ionizante. c. Aprobar las Normas técnicas específicas y Directivas adicionales necesarias para facilitar laaplicación de la Ley de Regulación del uso de fuentes de radiación ionizante y de su Reglamento. d. Aprobar los objetivos, planes, programas, actividades, proyectos, convenios y acuerdos para cumplir con la misión institucional. e. Aprobar el proyecto de presupuesto anual del IPEN y controlar su ejecución de acuerdo a los dispositivos legales pertinentes. f. Visar el Plan Anual de Control elaborado por la Oficina de Auditoria Interna g. Presentar al Ministro de Energía y Minas la propuesta de Reglamento de Organización y Funcionesy el Cuadro para Asignación de Personal de la Institución para su aprobación. h. Aprobar el Manual de Organización y Funciones, el Presupuesto Analítico de Personal, el Reglamento Interno de Trabajo y otros instrumentos de gestión institucional. i. Designar al Director Ejecutivo, al Secretario General, a los titulares de los cargos de confianza y a los representantes de la Institución. j. Designar a los directores de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo. k. Representar al Instituto ante las autoridades y los Organismos Nacionales e Internacionales. l. Suscribir los convenios de cooperación con instituciones nacionales e internacionales relacionados con la promoción, difusión y desarrollo de la ciencia y latecnología. m. Resolver en última instancia los recursos administrativos. n. Elevar al Ministerio de Energía y Minas y a las dependencias estatales correspondientes los proyectos de dispositivos legales relacionados con los fines yobjetivos del IPEN. o. Realizar otras funciones en el ámbito de su competencia. DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS Artículo 11º.- Los Consejos Consultivos brindan asesoramiento técnico especializado en los diversos campos del quehacer institucional que requiera la Presidenciadel IPEN para el mejor cumplimiento de sus funciones. Artículo 12º.- Los Consejos Consultivos estarán integrados por profesionales que participan a títulopersonal o en representación de una institución relacionada con el IPEN. Asesoran a la Presidencia en los temas que considere necesario. La participación de los miembros enlos Consejos Consultivos tendrá carácter ad-honorem. Artículo 13º.- Los Consejos Consultivos serán constituidos por la Presidencia del IPEN y funcionan demanera independiente. El Secretario General de la Institución asume el cargo de Secretario Técnico de los Consejos Consultivos. DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Artículo 14º.- La Dirección Ejecutiva constituye el más alto nivel de decisión después de la Presidencia del Instituto.El Director Ejecutivo es el funcionario de confianza de más alto nivel, tiene las funciones de dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y controlar las actividades y el funcionamiento de las unidades orgánicas y es la másalta autoridad administrativa de la Institución. Artículo 15º.- El Director Ejecutivo tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades técnicas y administrativas y elfuncionamiento de los órganos de línea y de los órganos de apoyo y asesoría de la Institución. b. Proponer el Plan Operativo Institucional, evaluar permanentemente su cumplimiento y presentar el Informe Anual de Resultados a la Presidencia del IPEN. c. Evaluar y controlar el cumplimiento de objetivos, planes, programas, actividades, proyectos, convenios y acuerdos. d. Proponer a la Presidencia las medidas técnicas, administrativas y de política institucional orientadas almejoramiento continuo de la gestión. e. Emitir Resoluciones Directorales y dictar medidas normativas orientadas a mejorar el funcionamiento y laseguridad de la Institución. f. Realizar otras funciones en el ámbito de su competencia y las que le delegue el Presidente de laInstitución. DE LA SECRETARÍA GENERAL Artículo 16º.- La Secretaría General es la unidad encargada de brindar apoyo y asesoría a la Presidencia yla Dirección Ejecutiva en la gestión institucional y de orientar, conducir y controlar las actividades de imagen Institucional, de defensa nacional y seguridad integral física, así comodel archivo y la gestión documentaria, de acuerdo con la política y directivas impartidas por la Alta Dirección. La Secretaria General está a cargo de un Secretario General,quien depende jerárquicamente del Director Ejecutivo. Artículo 17º.- La Secretaría General tiene las siguientes funciones: a. Brindar apoyo y asistencia técnica y administrativa a la Presidencia, a la Dirección Ejecutiva y a los directoresy funcionarios de las unidades orgánicas de la Institución. b. Actuar como Secretario Técnico de los Consejos Consultivos. c. Apoyar y asesorar a la Presidencia y la Dirección Ejecutiva en asuntos de política de comunicación, información al público y de imagen institucional; organizar,dirigir y supervisar el desarrollo de las respectivas actividades. d. Planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades institucionales relacionadas con el Sistema de Defensa Nacional. e. Formular el Plan de Seguridad Integral Física de la Institución; dirigir, organizar y supervisar las actividades relacionadas con el cumplimiento del Plan. f. Organizar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de archivo y gestión documentaria, de acuerdo con las normas establecidas. g. Administrar el registro, archivo y difusión de los dispositivos que emanen de la Alta Dirección y de otras direcciones, según corresponda. h. Certificar la documentación oficial expedida por funcionarios de la Institución. i. Realizar otras funciones específicas en el ámbito de su competencia que se le asignen. DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LA OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 18º.- La Oficina de Control Institucional es el órgano conformante del Sistema Nacional de Control, está encargado de programar, ejecutar y evaluar las actividades de control gubernamental interno posteriorde la gestión administrativa, técnica y financiera de la Institución, de conformidad con la normativa del Sistema Nacional de Control y la Política Institucional. La Oficina de Control Institucional tiene como misión promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la Institución, cautelando la legalidad y eficiencia desus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales.