Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2005 (17/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de diciembre de 2005

General. Constituyen los Organos de Gobierno de la Institucion. DE LA PRESIDENCIA Articulo 9º.- La Presidencia del IPEN constituye el mas alto nivel de decision del Instituto y como tal aprueba la politica, los objetivos y las metas institucionales en MORDAZA con la politica del Sector. El Presidente ejerce las funciones de Titular del Pliego Presupuestal y la Representacion Legal del Instituto. Articulo 10º.- El Presidente del IPEN tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Establecer los lineamientos y aprobar la politica Institucional en concordancia con la politica sectorial y con los planes y politica general del Gobierno. b. Ejercer la funcion de Autoridad Nacional en MORDAZA instancia administrativa, en el ambito de las aplicaciones de la Energia Nuclear, de la proteccion fisica de materiales e instalaciones nucleares y en el uso de MORDAZA de radiacion ionizante. c. Aprobar las Normas tecnicas especificas y Directivas adicionales necesarias para facilitar la aplicacion de la Ley de Regulacion del uso de MORDAZA de radiacion ionizante y de su Reglamento. d. Aprobar los objetivos, planes, programas, actividades, proyectos, convenios y acuerdos para cumplir con la mision institucional. e. Aprobar el proyecto de presupuesto anual del IPEN y controlar su ejecucion de acuerdo a los dispositivos legales pertinentes. f. Visar el Plan Anual de Control elaborado por la Oficina de Auditoria Interna g. Presentar al Ministro de Energia y Minas la propuesta de Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal de la Institucion para su aprobacion. h. Aprobar el Manual de Organizacion y Funciones, el Presupuesto Analitico de Personal, el Reglamento Interno de Trabajo y otros instrumentos de gestion institucional. i. Designar al Director Ejecutivo, al Secretario General, a los titulares de los cargos de confianza y a los representantes de la Institucion. j. Designar a los directores de los organos de linea, de asesoramiento y de apoyo. k. Representar al Instituto ante las autoridades y los Organismos Nacionales e Internacionales. l. Suscribir los convenios de cooperacion con instituciones nacionales e internacionales relacionados con la promocion, difusion y desarrollo de la ciencia y la tecnologia. m. Resolver en MORDAZA instancia los recursos administrativos. n. Elevar al Ministerio de Energia y Minas y a las dependencias estatales correspondientes los proyectos de dispositivos legales relacionados con los fines y objetivos del IPEN. o. Realizar otras funciones en el ambito de su competencia. DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS Articulo 11º.- Los Consejos Consultivos brindan asesoramiento tecnico especializado en los diversos MORDAZA del quehacer institucional que requiera la Presidencia del IPEN para el mejor cumplimiento de sus funciones. Articulo 12º.- Los Consejos Consultivos estaran integrados por profesionales que participan a titulo personal o en representacion de una institucion relacionada con el IPEN. Asesoran a la Presidencia en los temas que considere necesario. La participacion de los miembros en los Consejos Consultivos tendra caracter ad-honorem. Articulo 13º.- Los Consejos Consultivos seran constituidos por la Presidencia del IPEN y funcionan de manera independiente. El Secretario General de la Institucion asume el cargo de Secretario Tecnico de los Consejos Consultivos. DE LA DIRECCION EJECUTIVA Articulo 14º.- La Direccion Ejecutiva constituye el mas alto nivel de decision despues de la Presidencia del Instituto.

El Director Ejecutivo es el funcionario de confianza de mas alto nivel, tiene las funciones de dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y controlar las actividades y el funcionamiento de las unidades organicas y es la mas alta autoridad administrativa de la Institucion. Articulo 15º.- El Director Ejecutivo tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades tecnicas y administrativas y el funcionamiento de los organos de linea y de los organos de apoyo y asesoria de la Institucion. b. Proponer el Plan Operativo Institucional, evaluar permanentemente su cumplimiento y presentar el Informe Anual de Resultados a la Presidencia del IPEN. c. Evaluar y controlar el cumplimiento de objetivos, planes, programas, actividades, proyectos, convenios y acuerdos. d. Proponer a la Presidencia las medidas tecnicas, administrativas y de politica institucional orientadas al mejoramiento continuo de la gestion. e. Emitir Resoluciones Directorales y dictar medidas normativas orientadas a mejorar el funcionamiento y la seguridad de la Institucion. f. Realizar otras funciones en el ambito de su competencia y las que le delegue el Presidente de la Institucion. DE LA SECRETARIA GENERAL Articulo 16º.- La Secretaria General es la unidad encargada de brindar apoyo y asesoria a la Presidencia y la Direccion Ejecutiva en la gestion institucional y de orientar, conducir y controlar las actividades de imagen Institucional, de defensa nacional y seguridad integral fisica, asi como del archivo y la gestion documentaria, de acuerdo con la politica y directivas impartidas por la Alta Direccion. La Secretaria General esta a cargo de un Secretario General, quien depende jerarquicamente del Director Ejecutivo. Articulo 17º.- La Secretaria General tiene las siguientes funciones: a. Brindar apoyo y asistencia tecnica y administrativa a la Presidencia, a la Direccion Ejecutiva y a los directores y funcionarios de las unidades organicas de la Institucion. b. Actuar como Secretario Tecnico de los Consejos Consultivos. c. Apoyar y asesorar a la Presidencia y la Direccion Ejecutiva en asuntos de politica de comunicacion, informacion al publico y de imagen institucional; organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de las respectivas actividades. d. Planear, dirigir, coordinar y super visar las actividades institucionales relacionadas con el Sistema de Defensa Nacional. e. Formular el Plan de Seguridad Integral Fisica de la Institucion; dirigir, organizar y supervisar las actividades relacionadas con el cumplimiento del Plan. f. Organizar, dirigir, coordinar y super visar las actividades de archivo y gestion documentaria, de acuerdo con las normas establecidas. g. Administrar el registro, archivo y difusion de los dispositivos que emanen de la Alta Direccion y de otras direcciones, segun corresponda. h. Certificar la documentacion oficial expedida por funcionarios de la Institucion. i. Realizar otras funciones especificas en el ambito de su competencia que se le asignen. DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LA OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL Articulo 18º.- La Oficina de Control Institucional es el organo conformante del Sistema Nacional de Control, esta encargado de programar, ejecutar y evaluar las actividades de control gubernamental interno posterior de la gestion administrativa, tecnica y financiera de la Institucion, de conformidad con la normativa del Sistema Nacional de Control y la Politica Institucional. La Oficina de Control Institucional tiene como mision promover la correcta y transparente gestion de los recursos y bienes de la Institucion, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, asi como el logro de sus resultados, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales.

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