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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 306359 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de diciembre de 2005 b) Actividades Agroindustriales: Actividades productivas dedicadas a la transformación primaria de productos agropecuarios y que dicha transformación se realice dentro de la ZOFRATACNA o en la Zona de Extensión. c) Actividades de ensamblaje: Actividad que consiste en acoplar partes, piezas, subconjuntos o conjuntos que al ser integrados dan como resultado un producto concaracterísticas distintas a dichos componentes. d) Actividades de maquila: Proceso por el cual ingresan mercancías a la ZOFRATACNA con el objetoque sólo se les incorpore el valor agregado correspondiente a la mano de obra. e) (…)Reparación, reacondicionamiento y/o mantenimiento de maquinaria, motores y equipos para la actividad minera: De acuerdo a la lista de bienes aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, la misma que establecerá las características y requisitos técnicos quedeberán cumplir los bienes a ser reparados, reacondicionados y/o sujetos a mantenimiento. Dichos bienes deberán ser de uso exclusivo, por las empresas mineras autorizadas yregistradas por el Ministerio de Energía y Minas para el desarrollo de las actividades mineras. Asimismo podrán ingresar a reparación los bienes descritos de empresasmineras constituidas en el exterior. ” Artículo 5º.- Modificación del artículo 7º del Reglamento Sustitúyanse el segundo y tercer párrafo del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y ZonaComercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, por los textos siguientes: “Las operaciones efectuadas entre los usuarios señalados en el párrafo precedente y dentro de la ZOFRATACNA, están exoneradas del Impuesto Generala las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, siempre que dichas operaciones sean respecto de las actividades que los usuarios hayan sido autorizados a realizar por laAdministración de la ZOFRATACNA; y, que sean utilizados en la elaboración de bienes que se producen en el caso de servicios prestados al usuario de la ZOFRATACNA. Las operaciones efectuadas con el resto del territorio nacional estarán gravadas con todos los tributos que afecten las ventas, importaciones y prestación de servicios.” Artículo 6º.- Modificación del artículo 9º del Reglamento Sustitúyase el artículo 9º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, porel texto siguiente: “Artículo 9º.- Para gozar de los beneficios establecidos en el Artículo 7º los usuarios de la ZOFRATACNA deberán cumplir con lo siguiente: a) Reunir los requisitos para ser considerado domiciliado en el país de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta,aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias. b) Inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes.c) Fijar su domicilio fiscal en el departamento de Tacna. d) Haber obtenido la calificación de usuario de la ZOFRATACNA, conforme a lo establecido en el presenteReglamento.” Artículo 7º.- Modificación del artículo 10º del Reglamento Sustitúyase el artículo 10º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, por el texto siguiente: “Artículo 10º.- Las mercancías provenientes del exterior que ingresen a la ZOFRATACNA a través de los puertos de Ilo y Matarani, Aeropuerto de Tacna y el MuellePeruano en Arica, podrán ingresar a la Zona Comercial de Tacna, siempre que provengan de los Depósitos Francos ubicados en la ZOFRATACNA, pagandoúnicamente un Arancel Especial. Excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2009, con posibilidad de prórroga a propuesta del PoderEjecutivo, podrán ingresar a la Zona Comercial de Tacna mercancías provenientes de los Depósitos Francos de la ZOFRATACNA que hayan ingresado por el Puesto de Control Fronterizo de Santa Rosa, mediante el trámitedel Régimen Simplificado de Mercancías. En tanto se aprueben los Decretos Supremos, a que se refiere el Artículo 19º de la Ley, el porcentaje delArancel Especial, su distribución, y la lista de mercancías que podrán ingresar a la Zona Comercial de Tacna, es aplicable el Decreto Supremo Nº 021-2003-MINCETURy el Decreto Supremo Nº 124-2003-EF y normas modificatorias y complementarias, respectivamente. Los Ministerios encargados de la aprobación de la relación de bienes susceptibles de ser comercializados en la Zona Comercial de Tacna, previa a dicha aprobación, podrán solicitar las opiniones técnicas correspondientesde los sectores involucrados, entre ellas, la del Comité de Administración de la ZOFRATACNA, a fin de contar con mayores criterios de evaluación. Dichas opinionesserán recibidas en un plazo máximo de 45 días hábiles contados desde la fecha en que es efectuada la solicitud. Las mercancías ingresadas a la Zona Comercial de Tacna se considerarán nacionalizadas sólo respecto a dicha Zona. No constituye venta el ingreso de bienes por parte de un usuario de la ZOFRATACNA a la Zona Comercial de Tacna, cuando aquél tenga la condición de usuario de ambas Zonas.” Artículo 8º.- Modificación del artículo 11º del Reglamento Sustitúyase el artículo 11º del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, porel texto siguiente: “Artículo 11º.- La venta de las mercancías a que se refiere el artículo anterior, dentro de la Zona Comercial de Tacna, estará exonerada del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal e Impuesto Selectivo alConsumo y demás impuestos creados y por crearse que graven las operaciones de venta, siempre que sea efectuada por los usuarios de la Zona Comercial de Tacna a laspersonas naturales domiciliadas en la provincia de Tacna y al turista, que las adquieran para su uso y consumo personal sin fines comerciales y/o empresariales. El monto, cantidad y/o volumen de los bienes al detalle que podrán comprar las personas naturales domiciliadas en la provincia de Tacna y el turista a que se refiere elpárrafo precedente, acogiéndose a una franquicia de compra, serán los establecidos en el Decreto Supremo Nº 202-92-EF o norma que lo modifique o sustituya. Únicamente los turistas que adquieran bienes en la Zona Comercial según lo señalado en los párrafos precedentes podrán trasladarlos al resto del territorionacional. La primera venta de mercancías identificables entre usuarios de la Zona Comercial, está exonerada delImpuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal e Impuesto Selectivo al Consumo y demás tributos que gravan las operaciones de venta de bienesen dicha Zona. Los usuarios de la Zona Comercial de Tacna que realicen las operaciones antes señaladas estarángravados con el Impuesto a la Renta. Para gozar de los beneficios establecidos en el Artículo 20º de la Ley, los usuarios de la Zona Comercial deTacna deberán cumplir con lo siguiente: (i) Reunir los requisitos para ser considerados domiciliados en el país de acuerdo a las normas del Impuesto a la Renta. (ii) Cumplir con inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes. (iii) Ubicar su domicilio fiscal en la Provincia de Tacna del departamento de Tacna. (iv) Haber obtenido la calificación de usuario de la Zona Comercial de Tacna.” Artículo 9º.- Inclusión del artículo 11º-A del Reglamento Inclúyase como artículo 11º-A del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2002- MINCETUR, el texto siguiente: