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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (25/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G37/G31/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de diciembre de 2005 regulados en la presente ordenanza, así se encuentren desocupados o cuando cedan su uso a un tercero bajo cualquier título o modalidad. Excepcionalmente cuando no sea posible identificar al propietario, la calidad de contribuyente la asumirá el poseedor del predio. Artículo 08: CONDICIÓN DECONTRIBUYENTE La condición de contribuyente se configura el primer día hábil de cada mes. Cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio la obligación tributaria para el nuevo propietario, nace a partir del primer día del mes siguiente de ocurrida latransferencia, correspondiendo al transferente efectuar el pago hasta el mes de ocurrida la transferencia. Artículo 09: INAFECTACIONES Se encuentran inafectos a los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y seguridad ciudadana lospredios de propiedad de: a) La Municipalidad de Lince, siempre que el uso de sus predios no esté cedido contractualmente o bajo cualquier otra modalidad, en cuyo caso el pago de las obligaciones recaerá en los que hayan contratado opactado con ella. b) Los gobiernos extranjeros, en condición de reciprocidad, siempre que los predios de su propiedad se destinen aresidencia de sus representantes diplomáticos, o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas, delegaciones o consulados. c) El cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. d) La iglesia católica siempre que destine sus predios a templos, conventos, monasterios y/o museos, de conformidad con el acuerdo de la Santa Sede y el Estado Peruano. e) La Policía Nacional del Perú. Artículo 10: IMPORTES DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA Apruébese los importes de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2006, fijados en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 11: PERIODICIDAD Y RECAUDACIÓN Los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y seguridad ciudadana, del ejercicio 2006 tiene una periodicidad y recaudación mensual. Artículo 12: VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN La obligación de pago de las cuotas vence el último día hábil de cada mes, con excepción de la cuota delmes de enero que tendrá como fecha de vencimiento el 28/02/2006. Con el objeto de brindar facilidades para el pago a los contribuyentes se les concederá tres días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento, en los que se condonará el interés moratorio sólo a aquellos que realicenel pago de la obligación dentro de dicho plazo. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde Distrital, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposicionescomplementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente del Acuerdo de Concejo que la ratifique. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde ANEXO Nº I INFORME TÉCNICO En el distrito de Lince existen registrados al 15 de setiembre del 2005, veintidosmil quinientos treinta y unopredios ( 22,531 ) predios, destinados a casa habitación, comercios, terrenos sin construir, estacionamientos, aires y depósitos, a los cuales la Municipalidad Distrital de Lince le brinda los servicios de Limpieza Pública,Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, cuyos importes a cobrar fueron determinados en función al costo al efectivo de los servicios, los cuales se trabajaronen forma conjunta con las áreas directamente responsables de brindar y/o supervisar cada uno de los servicios públicos, como son: La Gerencia de Serviciosa la Ciudad y la Gerencia de Seguridad DETERMINACIÓN DE LOS IMPORTES A COBRAR POR ARBITRIOS En el aspecto normativo el Decreto Legislativo Nº 776, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 952, establece en su artículo 69º que las tasas por servicios públicos o arbitrios se calcularán dentro del últimotrimestre de cada ejercicio fiscal en función al costo efectivo del servicio a prestar. Para la determinación de la estructura de costos se ha tenido en consideraciónlos criterios establecidos en la Directiva Nº 001-006- 00000001, del servicio de Administración Tributaria - SAT sobre determinación de costos de los servicios yprocedimientos administrativos que dan origen a tributos para efectos de la ratificación de ordenanzas municipales distritales. El Cuadro Nº 01 muestra los costos totalespor servicios de Arbitrios. CUADRO Nº 01 COSTOS DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA - 2006 Limpieza Pública 4´134.260,90 Parques y Jardines 1´466.428,90 Seguridad Ciudadana 2´415,911,60 Del mismo modo se señala en el Decreto Legislativo Nº 776 que para la distribución de los costos de los servicios entre los contribuyentes de una municipalidad se pueden utilizar entre otros criterios validos el uso,tamaño y ubicación del predio. En vista de ello y tomando en consideración el criterio del disfrute efectivo del servicio, criterio más adecuadopara la aplicación de las tasas de arbitrios, así como los parámetros mínimos establecidos por el Tribunal Constitucional en la sentencia del recaída en el expedienteNº 053-2004-AI/TC, que nos permitirán realizar una mejor distribución de los costos del servicio entre nuestros contribuyentes Arbitrios de Limpieza Pública.- Los servicios de Limpieza Pública que se brinda en el distrito de Lince consisten en la limpieza y barrido de calles así como el transporte, descargue y transferenciasde los desperdicios sólidos. Para la determinación del importe de este arbitrio, el costo de este servicio se distribuirá según la ubicacióndel predio y teniendo en consideración la intensidad del servicio gozado y diferenciándose las prestaciones de recolección de basura y barrido de calles en función delos siguientes criterios: - SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE BASURA 1. El Uso del predio será el criterio preponderante, como indicador por su actividad de mayor o menor generación de residuos. contrastado con el número de habitantes, que permitirá una distribución equilibrada conla real generación de basura. 2. El Tamaño del predio, es decir, el área construida expresada en metros cuadrados - BARRIDO DE CALLES 1. La longitud del frente del predio, expresado en metros lineales, para lo cual se ha presumido como frontis la raíz cuadrada del área del terreno de cada predio. La tasa para este servicio esta definida como la raíz cuadrada del área del terreno de cada predio a la cual se