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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (25/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G37/G31/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de diciembre de 2005 /G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 024-MDSA Santa Anita, 27 de octubre de 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE SANTA ANITAPOR CUANTO: El Concejo en Sesión Ordinaria de la fecha; aprobó la siguiente: ORDENANZA RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS EN LA JURISDICCIÓN DISTRITAL DE SANTA ANITA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- ALCANCE La presente Ordenanza regula la determinación y aplicación de los Arbitrios Municipales por la prestación de los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardinesy Serenazgo que se presta a los vecinos de la jurisdicción del distrito de Santa Anita. Artículo 2º.- HECHO GENERADOR Constituye hecho generador la prestación en forma general de los servicios públicos municipales siguientes: a. Servicio de Limpieza Pública: Comprende la organización, gestión y ejecución del servicio derecolección domiciliaria de residuos sólidos, barrido de calles, recojo de maleza, transporte y disposición final de los residuos. b. Servicio de Parques y Jardines Públicos: Comprende la organización, gestión y ejecución delservicio de mejora y mantenimiento de las áreas verdes de parques públicos, plazas públicas y áreas verdes en bermas centrales. c. Servicio de Seguridad Ciudadana: Comprende la organización, gestión y ejecución del servicio deorganización, mantenimiento y mejoramiento de las tareas municipales de vigilancia, control de actividades para la prevención del delito y protección de la poblacióndel distrito. Artículo 3º.- PERIODICIDAD Y FORMA DE PAGO Los Arbitrios Municipales son de periodicidad mensual y su pago se efectuará mensualmente hasta el último día hábil del mes respectivo. Artículo 4º.- SUJETOS OBLIGADOS Están obligados al pago de los arbitrios municipales, en calidad de contribuyentes: a.- Los propietarios de los predios ubicados en la jurisdicción del distrito. b.- Tratándose de predios en condominio, la obligación recae en cada uno de los condóminos en la proporciónque les corresponde. c.- En el caso de predios de propiedad de personas inafectas que son utilizados para fines distintos a los quemotivan la inafectación al pago de los arbitrios, la obligación de pago recae en el conductor del predio. Artículo 5º.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Son responsables solidarios los adquirentes de los predios respecto a las obligaciones de pago de losarbitrios que tenga pendiente el transferente, relacionado con el predio materia de la transferencia. Artículo 6º.- OBLIGACIÓN POR LOS PREDIOS QUE SE REGISTREN O MODIFIQUE EN SUS CARACTERISTICASLos predios que se adquieran o se concluya su construcción durante el Ejercicio Fiscal les corresponde el cálculo, determinación y obligación de pago de los arbitrios a partir del mes siguiente de producido el hecho. Tratándose de predios que se registren como nuevos, la obligación de pago se inicia a partir del mes siguiente de producida la adquisición, fusión o subdivisión del predio. Artículo 7º.- INAFECTACIONES Y BENEFICIOS ESPECIALES a.- Se encuentran inafectos al pago de los arbitrios municipales los predios dedicados a cumplir sus finesespecíficos de propiedad de: - La Municipalidad de Santa Anita - Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú b.- Tendrán un descuento del 50% en el monto del arbitrio determinado conforme a lo establecido en el Capítulo II de la presente Ordenanza las personas siguientes: - Los pensionistas que mantienen vigente el beneficio de deducción en la base imponible establecida para el Impuesto Predial. - Las personas mayores de 60 años o personas discapacitadas, propietarias de un solo inmueble, destinado exclusivamente a casa habitación y que lohabite. Dicho beneficio se otorgará en forma automática, previa presentación de la solicitud respectiva, materia de verificación y reconocimiento del mismo. Artículo 8º.- EXONERACIONES GENÉRICAS Las exoneraciones genéricas de tributos otorgados o que se otorguen por disposición legal u Ordenanza no comprende a los arbitrios regulados por la presente Ordenanza. El otorgamiento de exoneraciones debe ser expreso. CAPÍTULO II DETERMINACIÓN DEL MONTO DE LOS ARBITRIOS Artículo 9º.- PRINCIPIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS ARBITRIOS El monto de los arbitrios municipales se determina distribuyendo el costo total del servicio correspondiente entre todos los responsables u obligados, teniendo en consideración los principios siguientes: a.- Determinación y asignación del costo total por segmento o categoría de usuarios. b.- Determinación de los arbitrios individuales, mediante la distribución del costo asignado a cada segmento o categoría, entre los predios que comprende,de manera tal que se refleje en cada uno de ellos la demanda real o potencial del servicio público municipal. c.- Aplicación del carácter general de los arbitrios, teniendo en consideración que el servicio prestado se pone a disposición de la generalidad de los vecinos. Artículo 10º.- BASE IMPONIBLE La base imponible de los Arbitrios está constituida por el costo total del servicio público correspondiente. Artículo 11º.- DETERMINACIÓN DE LOS ARBITRIOS El monto anual de los Arbitrios Municipales se determina distribuyendo el costo total del servicio entre los contribuyentes, responsables de los predios afectos,aplicando la metodología siguiente: Artículo 12º.- DISTRIBUCIÓN DEL COSTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA Y CÁLCULO DEL ARBITRIO El costo individual o arbitrio por Limpieza Pública que corresponde a cada contribuyente se obtiene de la suma de los costos individuales por barrido de calles y por recojo domiciliario de residuos sólidos. Para ladeterminación de cada uno de ellos se procede aplicando los criterios y tabla siguientes: a.- Barrido de Calles: El costo se distribuirá de acuerdo al tamaño del predio en términos de longitud del frente del predio.