Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2005 (25/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 25 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Modifican el Art. 10º y la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 143-MDL
ORDENANZA Nº 149-MDL Lince, 6 de diciembre del 2005 VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 035-2005-MDL-CALCEA de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economia y Administracion, sobre modificacion de la Ordenanza Nº 143-MDL; CONSIDERANDO: Que, el 17 de agosto del 2005 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 053-2004-AI/ TC, cuyos lineamientos constituyen cosa juzgada y de obligatorio cumplimiento por las municipalidades del MORDAZA, bajo responsabilidad y las sanciones de Ley; Que mediante Ordenanza Nº 142-MDL publicada el 27 de setiembre del 2005, el Concejo Distrital de Lince en cumplimiento a lo senalado por el Tribunal Constitucional ha resuelto que la Gerencia de Rentas y las Gerencias involucradas procedan a la evaluacion de las ordenanzas en materia tributaria emitidas por la Municipalidad a efecto de determinar si existen vicios de inconstitucionalidad que ameriten la aplicacion del fallo del Tribunal Constitucional y exponga el Informe Tecnico para que sea considerado por el Concejo; Que, el 15 de octubre del 2005 se aprobo la Ordenanza Nº 143-MDL que establece el MORDAZA Legal del Regimen Tributario y los Importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana del Ejercicio 2006 en el distrito de Lince; en el MORDAZA de la Ordenanza Nº 142-MDL publicada el 27 de setiembre del 2005 y lo ordenando por la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 053-2004-AI/ TC; Que, mediante Oficio Nº 004-090-00001928 el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, hace llegar el Requerimiento Nº 004-078-00000084, en el cual se indica que la Ordenanza Nº 143-MDL no establece disposicion alguna que exprese la aprobacion de los MORDAZA de Estructura de costos ( los cuales deberan seguir los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-006-00000001), asi como los MORDAZA de estimacion de ingresos, asimismo indica que la 2da.Disposicion Transitoria y Final de la referida Ordenanza debe establecer que su vigencia regira a partir del 1ero. de enero del 2006; en atencion a ello, dichas modificaciones deben ser incluidas en la Ordenanza materia de ratificacion; Que el Articulo 10º de la Ordenanza Nº 143-MDL, establece la aprobacion de los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, MORDAZA y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2006, fijados en los Anexos integrantes de la Ordenanza, por lo que resulta necesario modificar dicho Articulo Nº 10º aplicando el criterio establecido en el Requerimiento Nº 004-078-00000014, asi como la 2da.Disposicion Transitoria y Final de la referida Ordenanza; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 - y la MORDAZA IV del TUO del Codigo Tributario aprobado por D. S.Nº 135-99-EF, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por Mayoria, se aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICA EL ARTICULO 10º Y LA MORDAZA DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL DE LA ORDENANZA Nº 143-MDL Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo 10º de la Ordenanza Nº 143-MDL de fecha 15 de octubre del 2005, por el siguiente texto: "Articulo 10: Apruebese los MORDAZA de la Estructura de Costos de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y m Seguridad Ciudadana, los MORDAZA de estimacion de ingresos y sus importes, para el ejercicio

del ano 2006, fijados en los Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza" Articulo Segundo.- Modificar la MORDAZA Disposicion Transitoria y final de la Ordenanza Nº 143-MDL por el siguiente texto: "La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia 1 de enero del 2006, previa ratificacion por Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANEXO Nº I INFORME TECNICO En el distrito de Lince existen registrados al 15 de setiembre del 2005, veintidosmil quinientos veinte y cuatro predios ( 22,524 ) predios, destinados a MORDAZA habitacion, comercios, terrenos sin construir, estacionamientos, aires y depositos, a los cuales la Municipalidad Distrital de Lince le brinda los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, cuyos importes a cobrar fueron determinados en funcion al costo efectivo de los servicios, los cuales se trabajaron en forma conjunta con las areas directamente responsables de brindar y/o supervisar cada uno de los servicios publicos, como son: La Gerencia de Servicios a la MORDAZA y la Gerencia de Seguridad COSTOS DE LOS SERVICIOS En el aspecto normativo el Decreto Legislativo Nº 776, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 952, establece en su articulo 69º que las tasas por servicios publicos o arbitrios se calcularan dentro del ultimo trimestre de cada ejercicio fiscal en funcion al costo efectivo del servicio a prestar. Para la determinacion de la estructura de costos se ha tenido en consideracion los criterios establecidos en la Directiva Nº 001-00600000001, del servicio de Administracion Tributaria - SAT sobre determinacion de costos de los servicios y procedimientos administrativos que dan origen a tributos para efectos de la ratificacion de ordenanzas municipales distritales. El Cuadro Nº 01 muestra los costos totales por servicios de Arbitrios.
CUADRO Nº 01 COSTOS DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA - 2006 Limpieza Publica Parques y Jardines Seguridad Ciudadana 4´134.260,90 1´466.428,90 2´415,911,60

Del mismo modo se senala en el Decreto Legislativo Nº 776 que para la distribucion de los costos de los servicios entre los contribuyentes de una municipalidad se pueden utilizar entre otros criterios validos el uso, tamano y ubicacion del predio. En vista de ello y tomando en consideracion el criterio del disfrute efectivo del servicio, criterio mas adecuado para la aplicacion de las tasas de arbitrios, asi como los parametros minimos establecidos por el Tribunal Constitucional en la sentencia del recaida en el expediente Nº 053-2004-AI/TC, que nos permitiran realizar una mejor distribucion de los costos del servicio entre nuestros contribuyentes Arbitrios de Limpieza Publica.Los servicios de Limpieza Publica que se brinda en el distrito de Lince consisten en la limpieza y barrido de calles asi como el transporte, descargue y transferencias de los desperdicios solidos. Cuenta para ello con

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