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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2005 (01/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de enero de 2005 tribuyente se configura el primer día de cada mes al que corresponde la obligación tributaria, y en caso de cual-quier transferencia dicha obligación nacerá el primer día del mes siguiente al que se adquirió la calidad de propie- tario. De otro lado, mediante los artículos 7º y 8°, seseñalan las inafectaciones y se precisan las exonera- ciones, respectivamente; Que, en lo que respecta a la distribución del costo en que incurren las Municipalidades al prestar el servicio público, el artículo 69° de la Ley de Tributación Municipal, establece que las tasas por arbitrios se calcularán enfunción del costo efectivo del servicio a prestar. Ello quiere decir, que el cobro que se traslade a los contribuyentes de un distrito, no deben superar al costo en que incurrela Municipalidad respectiva para prestar el servicio de limpieza y mantenimiento de parques y jardines; Que, la Ordenanza N° 011-2004/MDSB dispone en su artículo 1° los criterios de determinación que intervie- nen en la distribución del monto que demanda mantener los servicios de limpieza pública, parques y jardines co-rrespondiente al período 2005 teniendo en considera- ción total o alternativamente lo siguiente: i) la ubicación de los predios en cada una de las zonas municipales, ii)el uso o actividad desarrollada en el predio; iii) Respecto del Arbitrio de Limpieza Pública será distribuido entre los contribuyentes, de acuerdo con la generación potencialpromedio de residuos sólidos domiciliarios asignados a cada predio; y, iv) Respecto al Arbitrio de Parques y Jardines Públicos será distribuido entre los contribuyen-tes por la cercanía a los parques públicos, y asimismo, en el artículo 10° de la Ordenanza Nº 010-2004/MDSB se ha establecido una delimitación de las zonas munici-pales donde se prestan los diversos servicios; Que, en cuanto al aspecto técnico de la mencionada Ordenanza, las tasas por servicios públicos han sidocalculadas en función al costo efectivo del servicio a prestar. Así, la Municipalidad Distrital de San Bartolo, para efectuar el cobro por el servicio de Limpieza Públi-ca, considera los criterios de ubicación de los predios, uso o actividad desarrollada en el predio, generación potencial promedio de residuos sólidos domiciliarios asig-nados a cada predio y para el caso del Arbitrio de Par- ques y Jardines, utiliza la cercanía de los predios a los parques públicos y uso o actividad desarrollada en elpredio; Que, de acuerdo a la información remitida por la Mu- nicipalidad Distrital de San Bartolo, se verificó que laprestación del servicio de Limpieza Pública, que involu- cra los criterios de ubicación de los predios, uso o acti- vidad desarrollada en el predio, generación potencialpromedio de residuos sólidos domiciliarios asignados a cada predio, genera un costo de S/. 299,665.00. Asimis- mo, el cálculo de la proyección de ingreso estimado,asciende a S/. 271,095.00. Ver Anexos 1 y 3 del Informe del SAT; Que, de igual modo, la prestación del servicio de Par- ques y Jardines, consiste en utilizar la cercanía de los predios a los parques públicos y uso o actividad desa- rrollada en el predio, genera un costo de S/. 253,735.30,siendo el cálculo de su proyección de ingresos poten- ciales de S/. 238,932.00. Ver Anexo 2 y 4 del Informe del SAT; Que, del análisis de la información alcanzada, se de- termina que la recaudación potencial por el servicio de Limpieza Pública, permitirá a la Municipalidad de SanBartolo, financiar para el Ejercicio 2005, el 90.5% de los costos incurridos en la prestación de dicho servicio, con un déficit de S/. 28,570.00 que será financiado con otrosrecursos municipales. Asimismo, la recaudación poten- cial por el servicio de Parques y Jardines, permitirá fi- nanciar el 94.2% de los costos derivados de la presta-ción de este servicio, con un déficit de S/. 14,803.30 que será cubierta con otros recursos municipales. Ver Anexo 5 del Informe del SAT; Que, en lo que se refiere a la publicación de las Orde- nanzas Distritales que aprueben la Tasa por Arbitrios Municipales, es preciso anotar que el artículo 69-A delTUO de la Ley de Tributación Municipal, dispone la obli- gación de las Municipalidades Distritales que conformanla Provincia de Lima de publicar en el Diario Oficial El Peruano sus Ordenanzas hasta el 31 de diciembre delejercicio anterior al de su aplicación; Que, sin perjuicio de ello, debe tenerse presente tam- bién que en aplicación del artículo 40° de la Ley Orgáni-ca de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tribu- taria expedidas por las Municipalidades Distritales en- trarán en vigencia a partir de la publicación del Acuerdode Concejo ratificatorio; por lo que su aplicación antes de la ratificación resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva; Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital aún no ha cumplido con publicar las Ordenanzas N° 010-2004/MDSB y Nº 011-2004/MDSB. En ese sentido,la procedencia de la presente solicitud de ratificación se encuentra condicionada al cumplimiento de las publica- ciones de dichas Ordenanzas en el Diario Oficial El Pe-ruano; ACORDÓ:Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza N° 010- 2004/MDSB, mediante la cual se establece el Marco delRégimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines Públicos y la Ordenanza Nº 011- 2004/MDSB, por medio de la cual se establece el Montode los Arbitrios correspondientes Ejercicio Anual 2005, en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de San Bar- tolo, respectivamente. Con excepción del Arbitrio deno-minado “Servicio de Agua y Alcantarillado”, al no encon- trarse debidamente sustentado. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Ratifi- cación entrará en vigencia, cuando la Municipalidad Dis- trital de San Bartolo cumpla con publicar en el Diario Oficial El Peruano las Ordenanzas Nº 010-2004/MDSB yNº 011-2004/MDSB. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 23931 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G79/G20/G6C/G6F/G73/G20/G69/G6D/G2D /G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 141-MDB Breña, 23 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: El Informe Nº 246- 2004-SGAT-GAR/MDB de fecha 22 de diciembre del 2004 de la Subgerencia de Adminis- tración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, desde la entrada en vigencia del Marco Norma- tivo de los Arbitrios Municipales, aprobado por Ordenan- za Nº 007-99-DA/MDB, se han dictado diversas disposi- ciones municipales que han complementado o modifica-do su texto original; Que, es necesario actualizar e integrar en un solo cuerpo legal el Marco Normativo de los Arbitrios Munici-pales de esta municipalidad, acorde con la normatividad vigente, particularmente lo que dispone la nueva Ley Orgánica de Municipalidades; Con las atribuciones que confiere el Inc. 9) del Ar- tículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los miembros del Concejo Municipal por UNA-