TEXTO PAGINA: 30
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de enero de 2005 mientos para la elaboración y aprobación del cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las entidades dela administración publica, cuya finalidad es generar la aprobación de un CAP que contenga una correcta defi- nición de los cargos acorde con la estructura Orgánicade la Entidad y con los diseños y estructura de la Admi- nistración Pública que establece la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión Pública con elObjetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos. Que, mediante Ley Nº 28220 se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional que a la fecha de la entrada en vigencia de la citada Ley, se encuentren prestando ser-vicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad, así mismo el artículo 5º de la mencionada Ley dispone la expedición de normas complementarias. Que, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 009- 2004-SA, Reglamento de la Ley Nº 28220 establece que la acción de nombramiento de médicos cirujanos, re-quiere previa a su ejecución que las plazas a ser cubier- tas estén implementadas y presupuestadas en el Pre- supuesto analítico de Personal de acuerdo a los cargosdel cuadro para asignación de Personal de los estableci- mientos y organismos públicos descentralizados del Ministerio de Salud y unidades ejecutoras que compo-nen las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacio- nal. Así mismo el artículo 10º del aludido reglamento establece que los cargos de Cuadro para Asignación dePersonal y plazas del Presupuesto Analítico de Personal a ser implementados para el nombramiento señalados en la Ley deberán aplicarse de acuerdo a los estableci-mientos de salud y unidades orgánicas en donde pres- tan servicios y están contratados los profesionales mé- dicos cirujanos. Que, la Dirección General de Planeamiento Estraté- gico del Ministerio de Salud mediante Circular Nº 0181- 2004-OGPE-OEO/ MINSA de fecha 19 de noviembredel 2004 expidió las disposiciones complementarias para la elaboración y aprobación de los cuadros para asigna- ción de Personal e implementación de la Ley de nombra-mientos de médicos cirujanos contratados. Que, la Dirección Regional de Salud a presentado su Cuadro para Asignación de Personal, por lo que el Go-bierno Regional Tumbes, en función a su capacidad nor- mativa y reguladora que le otorga el artículo 45º, de la Ley Nº 27867 y en concordancia con el Decreto Supre-mo Nº 043-2004-PCM y Ley Nº 28220, en Sesión Ordi- naria de Consejo Regional Tumbes desarrollada en la ciudad de Tumbes el día 10 de diciembre del 2004 me-diante Acuerdo Nº 122-2004-GOB-REG-Tumbes-CR-P aprobó por unanimidad el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional Sectorial de Salud deTumbes correspondiente al año 2004. Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado y en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 37º literal a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley 27867 modificada por la Ley Nº 27902 en atención a lo aprobado el Consejo Regional de Tum-bes. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIEN- TE: Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asigna- ción de Personal de la Dirección Regional Sectorial de Salud de Tumbes de acuerdo al siguiente detalle y que forma parte en (21) folios de la Presente. SEDE ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN DE RED Cargos Ocupados 89 Cargos Ocupados 177 Cargos Previstos 37 Cargos Previstos 56 —— —— Total 126 Total 233 Artículo Segundo.- Autorizar a la Secretaría Gene- ral del Gobierno Regional Tumbes, la publicación de la presente Ordenanza Regional.Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Or- denanza Regional a la Dirección Regional Sectorial deSalud Comuníquese a la señora Presidenta del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los trece días del mes de diciembre del dos mil cuatro. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tumbes a los trece días del mes de diciembre del año 2004. ROSA IRIS MEDINA FEIJOO Presidente Regional 23939 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G32/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D /G4D/G44/G53/G42/G2C/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G42/G61/G72/G74/G6F/G6C/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 417 Lima, 17 de diciembre de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre de 2004, Oficio Nº 001-090-000001855 emitido por el Servicio de Administración Tributaria -SAT, que adjunta el expediente de la Municipalidad Dis- trital de San Bartolo, sobre ratificación de la Ordenan- za Nº 012-2004-MDSB, mediante la cual se establecela Tasa por Estacionamiento Vehicular en Playa y en Zona Urbana de su circunscripción durante el período comprendido entre el 17 de diciembre de 2004 hastael 3 de abril de 2005. De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 233-2004-MML/CMAEDO; CONSIDERANDO:Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los artículos 74º y 195º de la Constitu-ción Política establecen la facultad de las Municipalida- des para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el artículo 60º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Tributación Municipal establece la potes- tad municipal para crear, modificar y suprimir tributos, es decir, contribuciones y tasas, encontrándose dentro deestas últimas las tasas de estacionamiento vehicular. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, lasOrdenanzas en materia tributaria expedidas por las Mu- nicipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Mu- nicipalidades Provinciales de su circunscripción para suentrada en vigencia. Que, la Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, dispuso un nuevo procedimiento para la ratifi-cación de las Ordenanzas Tributarias, cuya Sexta Dis- posición Final indica que serán de aplicación para la tramitación de los procedimientos de ratificación de Or-denanzas Tributarias Distritales vigentes a partir del año 2005, por lo que corresponde que la presente solicitud, según lo establecido en dicha Ordenanza.