Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2005 (06/01/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 6 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 284081

De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 239 -2004-MML/CMAEO y por la Comision Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 1832004-MML-CMAL; y, CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 736-2004-MML/CEPRI LIMAGG el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada - CEPRI MORDAZA, comunican que al haberse incrementado ostensiblemente en los ultimos meses sus labores, se ha generado la necesidad de atender diversos requerimientos de orden legal formulados por el area tecnica del mismo, los que no estan relacionados a proyectos especificos, sino mas bien tienen que ver con las competencias, organizacion interna, procedimientos administrativos, haciendose necesario contar con un servicio de asesoria legal externa permanente, servicio que debe ser brindado por un Estudio Juridico Especializado en legislacion sobre promocion de la inversion privada, derecho administrativo y derecho municipal principalmente, requiriendo para ello se proceda con las acciones correspondientes, a fin de que mediante Acuerdo de Concejo se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion y se autorice la contratacion del referido servicio. Que, asimismo, a efectos de que el tramite que solicita CEPRI MORDAZA proceda, adjuntan el Informe Nº 003-2004MML/CEPRI LIMA-GO e Informe Nº 110-2004-MML/CEPRI MORDAZA -GL de las Gerencias de Operaciones y Legal del CEPRI MORDAZA que sustentan la solicitud de exoneracion por Servicios Personalisimos para la contratacion del Estudio "Benites, De Las MORDAZA, Forno & Ugaz Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada - BDF& U S.CIVIL DE R.L."; asi como el Informe Nº 1573-2004-MML-OGAJ de la Oficina General de Asuntos Juridicos en el que se efectua observaciones solicitando la ampliacion de los informes tecnico y legal emitidos por el CEPRI LIMA. Que, para efectos del tramite requerido, y en merito a la solicitud de ampliacion de los informes tecnico y legal, efectuada por la Oficina General de Asuntos Juridicos, CEPRI MORDAZA, responde mediante Oficio Nº 907 y 988-2004-MML/ CEPRI LIMA-GG adjuntando el Informe Nº 153-2004-MML/ CEPRI LIMA-GL de la Gerencia Legal y el Informe Nº 0092004-MML/CEPRI LIMA-GO de la Gerencia de Operaciones. Que, en el informe ampliatorio de la Gerencia Legal de CEPRI MORDAZA se expone, en relacion a la evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador a que se refiere el Articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado, que el Estudio MORDAZA, De Las MORDAZA, Forno & Ugaz Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, objetivamente cuenta con las siguientes caracteristicas que lo distinguen de otros eventuales postores: a) Tiene experiencia comprobada en asesoria legal en materia de promocion de la inversion privada municipal, ambito que ha cobrado especial relevancia a partir del MORDAZA de descentralizacion que el MORDAZA viene desarrollando recientemente. En tal sentido, mencionan seguidamente algunos procesos de promocion de la inversion privada municipal en los que el Estudio indicado ha participado o viene participando: - Servicio de asesoramiento legal externo integral durante el MORDAZA de Licitacion Publica Especial Internacional Nº 001-2004-MML, para el otorgamiento en concesion de la ejecucion de la infraestructura de las plantas y explotacion del servicio de revisiones tecnicas vehiculares para MORDAZA Metropolitana. En este caso, el servicio fue prestado al CEPRI MORDAZA y ha concluido, habiendose suscrito el Contrato de concesion respectivo (abril a setiembre 2004). - Asesoria externa en el MORDAZA de saneamiento legal y entrega en concesion de la Empresa Municipal Fronteriza de Agua Potable y Alcantarillado de Tumbes - EMFAPATUMBES S.A. En este caso el servicio se viene prestando a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION). (agosto de 2004 a la fecha). Que, en relacion a las necesidades del servicio de CEPRI MORDAZA, estas no solo pasan por aspectos especificos de los proyectos, sino tambien por aspectos mas generales pero importantes para la consolidacion del MORDAZA de promocion de la inversion privada municipal, como son entre otros, los aspectos normativos. Al respecto el Estudio MORDAZA cuenta con especiales caracteristicas que lo distinguen

de otros potenciales postores porque ha desarrollado las siguientes actividades de consultoria: a) Elaboracion del Regimen procedimental para la autorizacion municipal de funcionamiento de terminales terrestres interprovinciales de pasajeros y/o mercancias en la Municipalidad Provincial de Huancayo. En este caso, el servicio fue prestado a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION) y a la Municipalidad Provincial de Huancayo en el MORDAZA de la promocion de la inversion privada promovido por dicha comuna para contar con Terminales Terrestres Municipales (2003). Consideramos pertinente precisar, que CEPRI MORDAZA viene conduciendo un concurso de proyectos integrales destinado a dotar a MORDAZA Metropolitana de Terminales Terrestres Municipales por lo que la experiencia del Estudio de Abogados, resulta sumamente valiosa en dicha materia. b) Servicio de consultoria consistente en la elaboracion de un Anteproyecto del Reglamento de la Ley Nº 28059, Ley de Promocion de la Inversion Descentralizada. Este Anteproyecto ha dado origen al Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM. En este caso el servicio fue prestado a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION). Que, el informe ampliatorio de la Gerencia de Operaciones concluye que la Gerencia Legal de CEPRI MORDAZA, sustenta tecnicamente y legalmente la contratacion de los Servicios Personalisimos del referido Estudio Juridico, detallando objetivamente las caracteristicas que lo distinguen, en virtud del cual, esta comision solicita una ampliacion de informacion respecto a la disponibilidad presupuestal que permita en caso de aprobarse la exoneracion solicitada el financiamiento de la contratacion del mismo. Que, de la revision de los informes ampliatorios emitidos por el CEPRI MORDAZA, la Oficina General de Asuntos Juridicos con Memorando Nº 1663-2004-MML-OGAJ del 01.12.2004 senalan que dichos informe ampliatorios precisan las caracteristicas de personalisimo que los distinguen de otros eventuales postores. Que, mediante Oficio Nº 1048-2004-MML/CEPRI LIMAGG del 13.12.2004, la Gerencia General del CEPRI MORDAZA adjunta el Oficio Circular Nº 2004-09-082-MML/DMA-OGF emitido por la Oficina General de Finanzas en donde senalan que se ha previsto, en el Presupuesto 2005 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, una asignacion presupuestaria en el Centro de Costo 11009 de Promocion de la Inversion Privada la suma de S/. 1,000,000 por concepto de Bienes, Servicios y Otros Gastos, monto que cubre los honorarios previstos por el servicio anuales ascendentes a S/.164,934.00 de Nuevos Soles aproximadamente en el que se incluye el Impuesto General a las Ventas. Que, de acuerdo a lo expuesto, se puede apreciar, que el Estudio MORDAZA, De Las MORDAZA, Forno & Ugaz Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, no solo cuenta con experiencia en asesoria legal especializada en los procesos de promocion de la inversion privada, llevados a cabo en el ambito nacional, sino tambien en el ambito de los Gobiernos Locales, A esto se le debe anadir su experiencia en el diseno y elaboracion de normas que actualmente rigen el MORDAZA de promocion de la inversion privada municipal y cuya adecuada aplicacion permitira dar consistencia a los procedimientos vinculados a las nuevas modalidades de promocion de la inversion privada municipal establecidas en la Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, tales como los contratos de gerencia, de riesgo compartido (joint venture), asociacion en participacion, especializacion de servicios (outsourcing), entre otras. Por otro lado, en cuanto a la disponibilidad presupuestal, se debe senalar que existe en el presupuesto del ejercicio 2005, la asignacion presupuestal que permitira la contratacion del Estudio. Que, el inciso h) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que: "Estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para "Servicios Personalisimos" de una persona natural o juridica. Que, se consideran como "Servicios Personalisimos" y se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion aquellos contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio" (articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley Nº 26850).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.