Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2005 (12/01/2005)


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NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, miercoles 12 de enero de 2005

Que, la mencionada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos y el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia de la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director de la Direccion de Titulacion y Saneamiento Legal del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT. Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de la Direccion de Titulacion y Saneamiento Legal del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 00568 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0023-2005-AG MORDAZA, 11 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se crea el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT; Que, por Resolucion Ministerial Nº 1091-2004-AG, se designo al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de la Oficina de Administracion del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos y el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia presentada por el CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Director de la Oficina de Administracion del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT. Articulo 2º.- Designar al CPC Wiliams MORDAZA Ferreyra MORDAZA como Director de la Oficina de Administracion del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 00569

La solicitud de la Asociacion de Productores de Frutales Exoticos de la MORDAZA Central - ProFrutex, de fecha 6 de enero de 2004, referida a la autorizacion del ingreso de plantas de MORDAZA procedentes de Ecuador, por un puesto de control cuarentenario diferente a los aprobados para tal fin; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 0322003-AG - "Reglamento de Cuarentena Vegetal", establece que el ingreso del material sujeto a cuarentena posentrada solo podra ingresar a traves del puerto y aeropuerto del Callao, Aduana Postal de MORDAZA y otras que el SENASA autorice mediante Resolucion del Organo de Linea correspondiente; Que, el material en cuestion procede de Ecuador y sera destinado a la siembra inmediata en el predio aprobado por el SENASA en el departamento de MORDAZA, siendo necesario que se evite demoras en su ingreso por lo perecible del material; por ello, el MORDAZA via aerea o maritima, al ser prolongado y requerir trasbordo, se torna desventajoso para mantener la calidad del material e incrementa el costo del envio, siendo la mejor opcion el transporte terrestre ingresando a traves del Puesto de Control Cuarentenario de Aguas Verdes de Tumbes; Que, la referida Asociacion se ha comprometido a cumplir con todos los requisitos fitosanitarios exigidos en el respectivo Permiso Fitosanitario de Importacion para plantas de MORDAZA procedentes de Ecuador, garantizando que el material se importe al MORDAZA con el minimo riesgo de introduccion de plagas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 02495-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso de envios de plantas de MORDAZA procedentes de Ecuador, a traves del Puesto de Control Cuarentenario de Aguas Verdes - Tumbes, a la Asociacion de Productores de Frutales Exoticos de la MORDAZA Central - ProFrutex, la que seguira su cuarentena posentrada en el departamento de Junin. Articulo 2º.- A su llegada al MORDAZA, cada envio debera ser sometido a los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, cumpliendo con los dictamenes emitidos por el Inspector de Cuarentena Vegetal. Articulo 3º.- Para efectos de la importacion, los envases deberan ser acondicionados de tal forma que facilite la inspeccion fitosanitaria. Asimismo, el material debera venir en contenedores o camiones encarpados por los cinco lados, precintados por el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria - SESA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General (e) 00470

Autorizan ingreso de envios de plantas de MORDAZA procedentes de Ecuador, a traves del Puesto de Control Cuarentenario de Aguas Verdes - Tumbes, a la Asociacion de Productores de Frutales Exoticos de la MORDAZA Central ProFrutex
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA - SENASA DIRECCION GENERAL DE SANIDAD VEGETAL RESOLUCION DIRECTORAL Nº 010-2005-AG-SENASA-DGSV MORDAZA, 7 de enero de 2005

EDUCACION
Establecen disposiciones aplicables a procesos de revalidacion de Institutos Superiores Tecnologicos
DECRETO SUPREMO Nº 001-2005-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Capitulo IV del Reglamento de Creacion, Autorizacion y Revalidacion de Funcionamiento de Instituciones de Educacion Superior No Universitaria de Formacion Tec-

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