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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2005 (12/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G33/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 12 de enero de 2005 ción, así como la organización de trayectorias de forma- ción diversas según las características afectivas, cog-nitivas y las necesidades de los estudiantes. Artículo 6º.- Objetivos Los objetivos de la Educación Básica Especial son: a) Promover y asegurar la inclusión, la permanencia y el éxito de los estudiantes con NEE que puedan inte-grarse a la educación regular. b) Ofrecer una educación de calidad para todas las personas con NEE asociadas a la discapacidad, al talen- to y la superdotación, brindando atención oportuna y ade- cuada tanto en las instituciones educativas de la Educa-ción Básica Regular (EBR), Educación Básica Alternativa(EBA), Educación Técnico-Productiva (ETP), EducaciónComunitaria, así como en los Centros Educativos de Edu-cación Básica Especial (CEBE) que atienden a estudian- tes con discapacidad severa y multidiscapacidad. c) Ampliar y fortalecer los Programas de Intervención Temprana (PRITE) para la atención oportuna a la primerainfancia con discapacidad o en riesgo de adquirirla. Artículo 7º.- Denominación de las instituciones Las instituciones educativas que atienden estudian- tes con NEE se denominan en este reglamento institu-ciones educativas inclusivas. Las instituciones educati-vas que atienden exclusivamente a estudiantes con ne-cesidades educativas especiales asociadas a discapa-cidad severa y multidiscapacidad, se denominan Cen- tros de Educación Básica Especial (CEBE). Artículo 8º.- Servicios La Educación Básica Especial brinda servicios en: a) Instituciones educativas inclusivas Apoyo y asesoramiento a las instituciones educati- vas de otras modalidades y formas educativas que in-cluyen a estudiantes con NEE asociadas tanto a disca-pacidad como a talento y superdotación, proporcionán-doles servicios complementarios y/o personalizados. b) Centros de Educación Básica Especial - CEBE Atiende a los estudiantes con NEE asociadas a disca- pacidad severa y multidiscapacidad y que por la naturalezade las mismas, no pueden ser atendidas en las institucioneseducativas de otras modalidades y formas de educación. TÍTULO SEGUNDO UNIVERSALIZACIÓN DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A LOS ESTUDIANTES CON NEE Artículo 9º.- El Diagnóstico Es un derecho de todos los estudiantes el acceso a un sistema educativo inclusivo, integrador con calidad y equi-dad. Para identificar a la población con NEE en edad es-colar y las barreras que enfrentan para acceder a la edu-cación de calidad, la Dirección Regional de Educación(DRE), en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y con apoyo de los Consejos Participativos Locales y los Consejos Educativos Institu-cionales de las Instituciones Educativas, elabora o actua-liza anualmente el diagnóstico de la realidad educativa. Este diagnóstico tendrá en cuenta las peculiaridades afectivas, cognitivas y pedagógicas, así como las nece- sidades y potencialidades de los estudiantes con NEE y las características de su entorno social, cultural, econó-mico y productivo, identificando las actitudes discrimina-torias y las barreras arquitectónicas de transporte, co-municación e información que agravan su desenvolvi-miento y dificultan su inclusión. Así mismo identificará las necesidades de desarrollo pro- fesional de los docentes y profesionales no docentes paraatender la diversidad del servicio educativo con eficacia, de-finiendo las metas y estrategias específicas para la universa-lización de la atención integral de dichos estudiantes. Artículo 10º.- Plan para la universalización e in- clusión progresiva La DRE tomando en cuenta las orientaciones del Go- bierno Regional, coordina con la Dirección de la UGEL laelaboración de un plan progresivo de universalización para la atención de estudiantes con NEE, que involucremetas y estrategias para su inclusión en el sistema edu-cativo. Dicho Plan forma parte del Plan Regional de re-conversión del sistema educativo, en el Marco de ladescentralización educativa. El Plan incluye el presupuesto, los recursos profe- sionales calificados, los recursos materiales, así comolas medidas prioritarias en el ámbito urbano y rural quegarantice el servicio educativo y las condiciones ade-cuadas para el acceso, las comunicaciones y la elimina-ción progresiva de barreras arquitectónicas públicas y privadas, en el ámbito de su jurisdicción. Artículo 11º.- Formación cultural, físico-deporti- va y artística La formación cultural, físico-deportiva, artística así como la recreación, forman parte del proceso de educa- ción integral de los estudiantes con NEE. Artículo 12º.- Equidad de Género En todas las instituciones educativas que incluyan es- tudiantes con NEE y prioritariamente en aquellas ubica-das en zonas rurales, se deberá asegurar la equidad de género tanto en el acceso como en el logro de los apren- dizajes, eliminando el abuso, maltrato y prácticas de dis-criminación, difundiendo materiales educativos que res-pondan a criterios de equidad de género y recogiendo lossaberes y conocimientos de las niñas, adolescentes y demujeres adultas con discapacidad para promover su par- ticipación e integración en la escuela y comunidad. Artículo 13º.- Matrícula Los estudiantes con NEE, con posibilidades de inte- grarse en las instituciones de EBR, deben ser matricula-dos en éstas en el nivel que corresponda, de acuerdo a las edades normativas establecidas. Aquellos que por diversas razones no accedieron o no terminaron la EBR oEBE, dentro de las edades normativas previstas, debenser matriculados en las instituciones de EBA. Así mismopodrán acceder a la Educación Técnico-Productiva enconcordancia con el artículo 7º del D.S. Nº 022-2004-ED – Reglamento de la Educación Técnico-Productiva. Los estudiantes con NEE asociadas a discapacidad severa o multidiscapacidad podrán matricularse en lasinstituciones educativas de EBE. Artículo 14º.- Ficha Única de Matrícula Los estudiantes con NEE al ingresar al sistema edu- cativo en cualquiera de sus modalidades, reciben unaFicha Única de Matrícula que acompaña al estudianteen todo su proceso formativo. Artículo 15º.- Traslado de matrícula Los requisitos de traslado de estudiantes con NEE son los mismos establecidos en las diferentes modalida-des y niveles, incluyendo el informe psicopedagógico, silo hubiere. Artículo 16º.- Articulación dentro del Sistema Educativo Con la finalidad de facilitar el tránsito de los estudian- tes de la EBE entre modalidades y niveles educativos,cada institución educativa otorgará la certificación quecorresponda, según las diversificaciones y adaptacionescurriculares individuales de cada estudiante, especifican- do los logros de aprendizaje adquiridos de tal manera que puedan ser convalidados con sus equivalentes. La certi-ficación y títulos que brinda la Educación Técnico – Pro-ductiva para los estudiantes con NEE se hará con arreglocon lo establecido en el artículo 7º del Reglamento de laEducación Técnico Productiva D.S. Nº 22-2004-ED. SECCIÓN SEGUNDA POLÍTICA PEDAGÓGICA PARA LA ATENCIÓN DE NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES Artículo 17º.- Objetivos de la Política Pedagógica El Ministerio de Educación elabora los lineamientos de la política pedagógica que tienen por objetivo ofrecer a todoslos estudiantes, incluyendo a los que tienen NEE, el acceso