Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2005 (12/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 12 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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terio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00554

matricula Nº CE-10409-PM, de 202.12 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion del recurso hidrobiologico atun y especies afines, con destino al consumo humano directo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero

PRODUCE
Declaran en abandono procedimiento administrativo de autorizacion de incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 302-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 5 de noviembre del 2004

00499

Otorgan autorizacion a personas naturales para la construccion de embarcacion pesquera de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 303-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 9 de noviembre del 2004

Visto el escrito de Registro Nº CE-07884001 del 22 de MORDAZA del 2003, presentado por la empresa INVERSIONES MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante el escrito del visto, la empresa INVERSIONES MORDAZA S.A.C solicita autorizacion de incremento de flota para la embarcacion pesquera denominada "MARANATHA" de matricula Nº CE-10409-PM, con 202.12 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion del recurso hidrobiologico atun y especies afines con destino al consumo humano directo, empleando redes de cerco de 110 mm. de longitud minima de abertura de malla; Que mediante Oficio Nº 6202-2003-PRODUCE/DNEPP-Dch, de fecha 4 de diciembre de 2003, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero solicito a la empresa INVERSIONES MORDAZA S.A.C.que cumpla con presentar la documentacion que acredite que la bodega de la embarcacion sera redisenada para la pesca de atun, y que contara con los equipos de pesca necesarios y con un sistema de refrigeracion (RSW) a bordo y precisar en el formato de caracteristicas tecnicas, la longitud de abertura de malla de la red de cerco en centimetros; Que mediante oficio Nº 1366-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch de fecha 19 de MORDAZA de 2004, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero notifico nuevamente a la recurrente, otorgandole un plazo de diez (10) dias habiles para que cumpla con presentar la documentacion solicitada; Que a la fecha, la recurrente no ha cumplido con presentar la documentacion requerida a traves de los oficios MORDAZA mencionados, habiendose paralizado el procedimiento administrativo por causas imputables al administrado; Que el articulo 191º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por (30) dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero y, mediante el informe Nº 177 2004-PRODUCE/DNEPP y su ampliacion y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y articulo 191º de la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en ABANDONO el procedimiento administrativo de autorizacion de incremento de flota para la embarcacion denominada "MARANATHA" de

Vistos los escritos con Registro Nº CE-08778001 de fechas 27 de MORDAZA, 6 y 15 de setiembre, y 15 de octubre del 2004, presentados por MORDAZA MORDAZA PAZO MORDAZA y su conyuge MORDAZA PAZO ECHE; CONSIDERANDO: Que el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo dispone que las autorizaciones de incremento de flota para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, solo se otorgaran siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente; Que en el MORDAZA de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, la Direccion Regional de Pesqueria de la Region de MORDAZA mediante Resolucion Directoral Nº 047-98-CTARPIURA-DIREPE-DR de fecha 10 de setiembre de 1998 y modificada por Resolucion Directoral N 071-2002-CTARPIURA-DIREPE-DR de fecha 22 de octubre de 2002, otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA PAZO MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MERCEDES ISABEL", de matricula Nº PT010413-CM, con 50.88 m3 de volumen y 11.91 de Arqueo Neto, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto, empleando MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que mediante los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA PAZO MORDAZA y su conyuge senora MORDAZA PAZO MORDAZA solicitan autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion de MORDAZA con una capacidad de bodega de 50.88 m3, via sustitucion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "MERCEDES ISABEL" que se encuentra en condiciones de obsolescencia, para dedicarla a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta para el consumo humano directo e indirecto y sardina para el consumo humano directo; Que el permiso de pesca fue otorgado inicialmente al senor MORDAZA MORDAZA PAZO NUNURA; sin embargo, se ha verificado que en el Certificado Compendioso de Dominio de fecha 10 de setiembre del 2004, consta la inscripcion de la titularidad de la referida embarcacion, a favor del senor MORDAZA MORDAZA PAZO MORDAZA y su conyuge senora MORDAZA PAZO MORDAZA, por lo que procede modificar el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 047-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR de fecha 10 de setiembre de 1998, modificada por Resolucion Directo-

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